Acuerdo de Consejo Regional N.° 110-2025_21NOV2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONA
"Año de la Recuperación y Consolidación de la E onomía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO RE IONAL
NO 110-2025/GOB.REG.TUMB
SisGeDo
S-CR-CD Expe e
O
Tumbes, 21 de noviembre de 2025 VISTO: En la Extraordinaria NO 024-2025, de fecha 21 de novi mbre de 2025, se debatió I punto de agenda referido al tratamiento de los dos (O ) Informes elaborados por Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, relativos a I investigación del Plan de rabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) d nominado "Fiscalizar los
Procesos de Selección para las Contrataciones de Com ras Menores y/o Iguales a UIT, efectuadas por el Hospital Regional JAMO II 2 Tumbes y la Dirección Regional de Salud de Tumbes, durante el Año 2025", a robado mediante Acuerdo de Consejo Regional N.0 059-2025/GOB. REG. TUMBE -CR-CD.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Est do, Ley N.0 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N.O 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus odificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, aut nomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Desc ntralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacid d efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar lo asuntos públicos de su competencia;
Que, mediante la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, en su artículo 140, Inciso b) penúltimo párrafo, establece que e Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normati as organiza su trabajo en Comisiones; Que, de conformidad con el artículo 390 de la Ley ut supr señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgan sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma in titucional; ,
Que, la Ley NO 31812, Ley que modifica la Ley 27867, L y Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipali ades, la misma que para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fis alizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el artículo 50, inciso k de la Ley NO 27867, de la forma como sigue "Son atribuciones del onsejo Regional: k Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupue tario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoy profesional necesarios el de de ejercicio fiscalización"; para sus actividades
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Tumbes
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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 110-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 059-2025/GOB.REG.TUMBESCR-CD, de fecha 18 de julio del 2025, se aprobó por unanimidad lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR el inicio de la fiscalización sobre "Fiscalizar los Procesos de Selección para las Contrataciones de Compras Menores y/o Iguales a UIT, efectuadas por el Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes y la Dirección de egional Salud Tumbes, durante el Año 2025"; el mismo que será desarrollado or los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo egional de Tumbes ARTÍCULO SEGUNDO. APROBAR el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) elaborado los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social Periodo 2025, sobre "Fiscalizar los Procesos de Selección para las Contrataciones de Compras Menores y/o Iguales a 8 UIT, efectuadas por el Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes y la de Dirección Regional Salud Tumbes, durante el Año 2025"; el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional;
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Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N0097-2025/GOB.REG.TUMBES-CRCD, de fecha 24 de Octubre del 2025, se otorga la AMPLIACIÓN de 15 días hábiles de la investigación llevada a cabo por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, aprobado con Acuerdo de Consejo Regional N0059-2025/GOB.REG.TUMBES-CRCD, sobre la investigación denominada "FISCALIZAR LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LAS CONTRATACIONES DE COMPRAS MENORES Y/O IGUALES A 8 UIT, EFECTUADAS POR EL HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2 TUMBES Y LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TUMBES, DURANTE EL AÑO 2025", Dicha ampliación se computará a partir del día 18 de octubre del 2025, la misma que no irrogará presupuesto público adicional, Que, mediante Informe NO 002-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS-P-RRPN, de fecha 07 de noviembre del 2025, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado el Informe final de actividades relacionadas a "FISCALIZAR DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LAS CONTRATACIONES DE COMPRAS MENORES Y/O IGUALES A 8 (JIT, EFECTUADAS POR EL HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2 TUMBES Y LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TUMBES, DURANTE EL AÑO 2025"; correspondiente a la evaluación de fiscalización de cada uno de los servicios y compras desarrolladas en la Dirección Regional de Salud de Tumbes; Que, a través de Informe NO 003-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS-P-RRPN,de fecha 07 de noviembre del 2025, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, alcanzaron al Consejero Delegado el Informe final de actividades relacionadas a "FISCALIZAR DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LAS CONTRATACIONES DE COMPRAS MENORES Y/O IGUALES A 8 (JIT, EFECTUADAS POR EL HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2 TUMBES Y LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD TUMBES, DURANTE EL AÑO 2025"; relativo a la evaluación de fiscalización de cada uno de los servicios y compras desarrolladas en el Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes;
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Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de Ia fecha, al abordarse el punto de agenda señalado en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Romario Rai Prescott Núñez, expuso el contenido de los Informes de Comisión NO 002 y 003, ambos de fecha 07 de noviembre del 2025. Durante el debate, los señores consejeros ormularon algunas apreciaciones respecto del contenido de los citados informes y, uego de las intervenciones y deliberaciones correspondientes, dichos informes fueron sometidos a votación, siendo aprobados por unanimidad; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos.
27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional NO 032015/GOB.REG.TUMBES-CR; ,
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTíCULO PRIMERO. APROBAR los informes elaborados por los integrantes de
la Comisión Ordinaria de
Desarrollo Social, detallados en las consideraciones del de presente Acuerdo Consejo Regional, siendo estos los siguientes: INFORME N0002-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS-P-RRPN
(evaluación de fiscalización en la Dirección Regional de Salud de Tumbes)
INFORME N0003-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS-P-RRPN (evaluación de fiscalización en el Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes)
ARTÍCULO SEGUNDO.
REMÍTASE un ejemplar del Informe NO 002-2025/GOB.
REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN junto a la documentación sustentatoria, al Presidente de la Junta de Fiscales del Departamento de Tumbes, para que con mayor criterio lo remita a la Fiscalía correspondiente, quien en el marco de sus funciones y normas legales realicen las acciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO.
REMÍTASE un ejemplar del Informe NO 002-2025/GOB.
REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN junto a la documentación sustentatoria, a la
Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Tumbes, para que inicie las acciones correspondientes conforme a sus facultades legales.
ARTÍCULO CUARTO.
REMÍTASE copia del Informe NO 002-2025/GOB. REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN, e ÍNSTESE al Gobernador Regional de Tumbes, Ing. Segismundo Cruces Ordinola, a implementar mecanismos de control interno que permitan prevenir la ocurrencia de situaciones adversas, en el marco de las
atribuciones conferidas por ley.
ARTíCULO QUINTO.
REMÍTASE copia del Informe NO 002-2025/GOB. REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN al Director Regional de Salud de Tumbes, a fin de
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que, en el marco de sus atribuciones, proceda a individualizar a los funcionarios que presuntamente habrían incurrido en las faltas administrativas expuestas en el presente informe.
RTíCULO SEXTO.
ÍNSTESE al Director Regional de Salud de Tumbes, al umplimiento de las recomendaciones señaladas en el presente Informe de iscalización, a fin de garantizar la adopción de las acciones correctivas necesarias dentro del ámbito de sus competencias.
Se recomienda que la entidad revise los procedimientos de contratación observados en el presente informe de fiscalización, a fin de determinar las responsabilidades administrativas correspondientes y garantizar la correcta clasificación de las contrataciones según su naturaleza (bien o servicio), conforme a lo dispuesto por el marco normativo vigente. Se recomienda que la entidad disponga la evaluación técnica del servicio determine las acciones correctivas y responsabilidades administrativas correspondientes, y establezca mecanismos de control más rigurosos para la verificación de la conformidad de los servicios de mantenimiento, asegurando que los recursos públicos sean utilizados de manera eficiente, efectiva y conforme a la normativa vigente.
ejecutado,
Se recomienda que la entidad realice la verificación física y documental de los bienes adquiridos, determinando si su adquisición formaba parte del alcance técnico del servicio contratado o si debieron tramitarse mediante un procedimiento de compra independiente. se sugiere reforzar los mecanismos de control previo y de clasificación del objeto contractual para garantizar la correcta aplicación de la normativa de contrataciones del Estado.
ARTÍCULO SÉPTIMO.
REMÍTASE copia del Informe NO 003-2025/GOB.
REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN, al Gobernador Regional de Tumbes, Ing. Segismundo Cruces Ordinola, para conocimiento y los fines pertinentes, en el marco de las atribuciones conferidas por ley.
ARTÍCULO OCTAVO.
REMÍTASE un ejemplar del Informe NO 003-2025/GOB. REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN junto a la documentación sustentatoria, al Presidente de la Junta de Fiscales del Departamento de Tumbes, para que con mayor criterio lo remita a la Fiscalía correspondiente, quien en el marco de sus funciones y normas legales realicen las acciones correspondientes, con el fin de ampliar las investigaciones y determinar las responsabilidades incurridas por los
funcionarios y/o servidores de la entidad.
ARTÍCULO NOVENO.
REMÍTASE un ejemplar del Informe NO 003-2025/GOB.
REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN junto a la documentación sustentatoria, a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Tumbes, para que inicie las acciones correspondientes conforme a sus facultades legales.
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NO 110-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
REMÍTASE un ejemplar del Informe NO 003-2025/GOB. REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN junto a la documentación sustentatoria, a la Oficina de Control Interno (OCI) del Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes, para que evalúe la existencia de posibles responsabilidades administrativas o funcionales por omisión de control o incumplimiento de las normas de salubridad en las
ARTÍCULO DÉCIMO.
contrataciones menores o iguales a 8 UIT,
REMÍTASE copia del Informe NO 003-2025/GOB. REG. TUMBES-CR- CODS-P-RRPN al Director Ejecutivo de Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes, Dr. Harold Burgos Herrera, a fin que:
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.
Proceda a individualizar a los funcionarios que presuntamente habrían incurrido en actos de omisión, rehusamiento y demora de actos funcionales,
generando el retraso en el desarrollo de la presente investigación.
En el ámbito de sus competencias, disponga las acciones de supervisión y
control sanitario sobre los procesos de adquisición de alimentos destinados al consumo humano, verificando el cumplimiento del Decreto Legislativo N.0 1062 Ley de Inocuidad de los Alimentos, y las disposiciones emitidas por SENASA y DIGESA. al Titular del Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes, de implementar manera inmediata un Reglamento Interno de Inocuidad Agroalimentaria, que establezca la obligatoriedad de exigir el Certificado Sanitario de SENASA y los Registros Sanitarios vigentes de DIGESA a todos los proveedores que suministren productos de origen animal o vegetal destinados a programas alimentarios o servicios hospitalarios.
Recomiéndese
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.
RECOMIÉNDESE al Titular del Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes, implementar de manera inmediata un Reglamento Interno de Inocuidad Agroalimentaria, que establezca la obligatoriedad de exigir el Certificado Sanitario de SENASA y los Registros Sanitarios vigentes de DIGESA a todos los proveedores que suministren productos de origen animal o vegetal destinados a programas alimentarios o servicios hospitalarios.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
CO
REGIONAL
CONSUERO
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