Acuerdo de Consejo Regional N.° 108-2025_21NOV2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía
ACUERDO DE CONSEJO REGIONA
NO 108-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-
Tumbes, 21 noviembre de 2025
VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 024-2025, de fecha 21 de noviembre de 2025, se debatió el punto de agenda referido al: Tratamiento del Oficio Circular NO 180CCPDH, relativo al "Encuentro Binacional por el Mes de la Erradicación de la
Violencia".
Mediante proveído, el Gobernador Regional solicita la autorización para al viajar Cantón Huaquillas Ecuador, el día jueves 27 de noviembre de 2025, junto a
los siguientes funcionarios: Gobernador Regional de Tumbes Segismundo Cruces Ordinola; Gerente Regional de Desarrollo Social Manuel Edgardo Acosta Aldana; Sub Gerente de Inclusión Social Martha Escalante Yarasca; y el Director Regional de Educación Pedro Rujel Atoche.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley NO 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley NO Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las ales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica administrativa en los asuntos de su competencia; —
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su sus competencia; Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su artículo 130 que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas; asimismo, el literal a) del artículo 150 señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 390 señala que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional
o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su articulo 30 numeral 32, señala que el Consejo Regional ejerce Ia función normativa a través de
la dación o aprobación, modificación y derogación de normas de carácter regional, regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno que Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento;
Av. La Marina NO 200
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Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 108-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional NO 346-2024/GOB. REG. TUMBESGR, del 08 de julio del 2024, se aprobó la Directiva NO 007-2024/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS EN EL PLIEGO GOBIERNO
REGIONAL TUMBES"; la misma que en su numeral 7.12. ha precisado que "En concordancia con lo que establece la Ley de presupuesto del Sector Público vigente quedan prohibidos los viajes al exterior a los servidores y funcionarios públicos con cargo a recursos públicos excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción y de importancia para el Gobierno Regional Tumbes, en estos casos dicha autorización será a través de Acuerdo del Consejo Regional. El acuerdo de excepción es publicado en el Diario Oficial El Peruano"; Que, el numeral 7.13 de citado dispositivo legal, señala que: "El Gobernador/a Regional, Funcionarios/as y demás servidores que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gasto a la Institución deberán utilizar pasajes en la categoría conómica o similar y si se opta por otra categoría superior de pasaje, quién viaja eberá asumir obligatoriamente con cargo a su propio peculio la diferencia del costo el pasaje, salvo utilización de beneficios que signifiquen costo y que otorguen los medios de transportes. Se exceptúa de la obligatoriedad de utilizar pasajes en la categoría económica o similar, en caso de viaje urgente y no hubiera pasajes disponibles en aquella categoría, lo que podrá suplirse con la constancia que expedirá la respectiva Agencia de Viajes o con una Declaración Jurada del viaje"; Que, el numeral 7.15 de citada Directiva, establece que: "Los viajes en comisión de
servicio por excepción al exterior del país del Gobernador/a Regional, funcionarios/as y servidores/as serán autorizados por Acuerdo del Consejo del Gobierno Regional
Regional
Tumbes. El mismo que será publicado en el Diario Oficial El
Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica";
Que, mediante Oficio Circular NO 180-CCPDH, de fecha 10 de noviembre de 2025, y Presidente del Consejo de Protección de Derechos del Cantón Huaquillas, Abog. Luis Florentino Farez Reinoso, invita al Gobernador Regional de Tumbes, Ing. Segismundo Cruces Ordinola; al Gerente Regional de Desarrollo Social, Manuel Edgardo Acosta Aldana; a la Subgerente de Inclusión Social, Martha Escalante Yarasca; y al Director Regional de Educación, Pedro Rujel Atoche, a el Alcalde
participar en el Primer Evento Binacional en Conmemoración del Día Internacional de la Erradicación de la Violencia contra la Mujer. Dicho evento reviste especial trascendencia por cuanto se enmarca en el firme propósito de promover y consolidar una cultura de respeto, paz y pleno ejercicio de los derechos humanos en la región fronteriza. El evento se llevará a cabo el jueves 27 de noviembre de 2025, a las 14:30 horas, en el Salón Auditorio Municipal "Juan Núñez Pertas";
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"Año de la Recuperación y Consolidación de Ia Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 108-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, mediante Oficio NO 331-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 19 de noviembre de 2025, se citó al Gerente General Regional, Econ. Wilmer Benites Porras, a fin de abordar el punto de agenda referido al Oficio Circular NO 180-CCPDH concerniente a la autorización de viaje al Cantón Huaquillas Ecuador;
Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria, al abordarse el punto de agenda señalado en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Gerente General Regional hizo uso de la palabra manifestando no haber tenido conocimiento
del referido oficio, toda
vez que según se aprecia en el documento físico este solo presenta proveídos de distintas oficinas, sin que haya sido derivado para la emisión del informe técnico correspondiente, en consecuencia, dejó a criterio del Consejo
Regional resolver sobre la autorización solicitada;
Seguidamente, el Consejero Delegado del Consejo Regional, Roberto Alan Ríos Herrera, hizo uso de la palabra señalando que el expediente administrativo había
sido revisado, advirtiéndose que no contaba con la documentación sustentatoria necesaria para una adecuada evaluación. En tal sentido luego de las intervenciones, deliberaciones y el debate correspondiente, se propuso devolver el citado expediente
oficina solicitante, a fin que subsane la omisión advertida por el Pleno del Consejo Regional (informe técnico), propuesta que fue aprobada por unanimidad; a la
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión
Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; SE ACORDÓ POR MAYORÍA:
ARTICULO PRIMERO.
DEVOLVER el expediente administrativo a la oficina solicitante, a fin de que se subsane la omisión advertida por el Pleno del Consejo Regional (informe técnico).
ARTÍCULO SEGUNDO.
PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal institucional del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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