Acuerdo de Consejo Regional N.° 107-2025_21NOV2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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ACUERDO DE CONSEJO
NO 107-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-Cb Tumbes, 21 de noviembre de 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 024-2025, de fecha 21 de noviembre de 2025, se debatió los puntos de agenda: Tratamiento de la problemática en el pago de los trabajadores locadores de servicio de la Dirección Regional de Salud de Tumbes; Tratamiento de la problemática en el pago de los trabajadores locadores de servicio del Hospital Regional JAMO 11-2; Tratamiento de la problemática en el pago de los Hospital Regional trabajadores locadores de servicio de la Unidad de Seguros —
JAMO 11-2.
ONSIDERANDO: de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley NO 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización; Ley N027867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante el cual se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ue,
Que, la Ley N027783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, de conformidad con Ia Ley N027867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 390 de la citada Ley, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con el artículo 70, inciso 5), del Reglamento Interno del Consejo Regional, corresponde Solicitar la concurrencia del Gerente General Regional, Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Gerentes de Proyectos Especiales, o a cualquier otro funcionario o servidor público a informar al pleno del Consejo Regional sobre asuntos de su gestión y competencia; debiendo presentar sus informes escritos dentro del plazo de setenta y dos (72) horas contados desde la fecha en que le son formalmente solicitados; Que, mediante Oficio NO 336-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 19 de noviembre de 2025, se invitó al Director Regional de Salud de Tumbes, Dr. Harold Leoncio Burgos Herrera, a participar en la sesión convocada para tratar los referidos
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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puntos de agenda, solicitándose su asistencia junto con el Jefe de la Oficina de Administración, el Jefe de la Oficina de Logística y el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos; Asimismo, mediante Oficio NO 337-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR,de fecha 19 de noviembre de 2025, se invitó al Director Ejecutivo (e) del Hospital Regional JAMO 11-2 Tumbes, Dr. Harold Leoncio Burgos Herrera, requiriéndose igualmente su sistencia acompañado del Jefe de la Oficina de Administración, Jefe de la Oficina e Logística, Jefe de la Oficina de Recursos Humanos y la Jefa de la Unidad de Seguros del mencionado nosocomio; Que, a través de Oficio NO 339-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR,de fecha 19 de noviembre de 2025, se cursó invitación al Director de la UDR SIS Tumbes para participar en la sesión destinada al análisis de los citados puntos de agenda; Que, mediante Oficio NO 3317-2025-GRTUMBES-GRDS-DIRESA-DR-DG,de fecha
20 de noviembre de 2025, el Director Regional de Salud, Dr. Harold Leoncio Burgos Herrera, solicitó al Consejero Delegado del Consejo Regional, Roberto Alan Ríos Herrera, la reprogramación de la citación previamente efectuada, señalando que, debido a múltiples actividades programadas tanto en la Dirección Regional de Salud como en el Hospital Regional JAMO 11-2, le resultaba imposible asistir a la Sesión Extraordinaria convocada; lo solicitó se disponga su reprogramación;
por
que
Durante el desarrollo de la sesión, el Consejero Regional Boris Pardo Vinces recalcó la importancia de la asistencia del mencionado Director de Salud, señalando que este viene solicitando reprogramaciones de manera reiterada, sin un sustento que las justifique. Asimismo, indicó haber recibido a grupos de trabajadores de la Unidad de Seguros SIS entre otros trabajadores de mencionados nosocomios de citados nosocomios, quienes manifestaron que se viene incumpliendo con el pago de sus remuneraciones, encontrándose varios meses sin percibirlas. En ese sentido, enfatizó la necesidad urgente de atender estas demandas, dada su gravedad y el impacto que generan en el personal afectado; Seguidamente, el Director de la UDR SIS Tumbes, Carlos Alberto Infante Carrillo, precisó que dichas deudas no guardan relación con la institución a la cual representa, toda vez que el SIS es un organismo independiente que no forma parte ni depende del Pliego del Gobierno Regional ni de la Dirección Regional de Salud de Tumbes. Agregó que la IJDR SIS Tumbes es una unidad desconcentrada del Ministerio de Salud, por lo que las obligaciones económicas generadas en los nosocomios mencionados no tienen vinculación alguna con el SIS; Por lo que, luego del debate correspondiente y ante la inconcurrencia de los funcionarios invitados, quienes no asistieron a la citación ni presentaron la justificación y/o el sustento administrativo y legal correspondiente, se recomendó al Pleno del Consejo Regional exhortar al Gobernador Regional de Tumbes a tomar las acciones correctivas y preventivas respecto de los funcionarios que no asistieron
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NO 107-20251GOB.REG.TUMBES-CR-CD a la citación sin sustento administrativo y legal, toda vez que se estaría vulnerando el artículo 70, inciso 5), del Reglamento Interno del Consejo Regional;
Que, estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; así como por el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, se aprobó por unanimidad la petición efectuada por el Consejero Regional Boris Pardo Vinces; SE ACORDÓ POR UNAMINIDAD
ARTÍCULO PRIMERO.
EXHORTAR al Gobernador Regional de Tumbes, Ing.
Segismundo Cruces Ordinola, a tomar las acciones correctivas y preventivas contra los funcionarios que no asistieron a la citación ni presentaron la justificación y/o sustento administrativo y legal correspondiente, toda vez que se estaría vulnerando el artículo 70 inciso 5) del Reglamento Interno del Consejo Regional, siendo los siguientes funcionarios: e
Jefe de la Oficina de Administración
Hospital Regional Jamo 11-2
CPC. Aquiles García Tripul
Jefe de la Oficina de Logística
Hospital Regional Jamo 11-2
CPC. Carlos Armando Silva Marchan Jefe de la Oficina de Recursos Humanos
Hospital Regional Jamo 11-2
Abg. Neiver Ruth Risco Mogollón Jefa de la Unidad de Seguros
Hospital Regional JAMO 11-2;
Dra. Yessica Mariela Gonzales Torres
Jefe de la Oficina de Administración
Dirección Regional de Salud
CPC- Carlos Javier Seminario Gonzales •
Jefe de la Oficina de Logística
Dirección Regional de Salud
Mag. Alex T imana Chávez Jefe de la Oficina de Recursos Humanos Abog. Teresa del Socorro Vinces Carrasco
ARTÍCULO SEGUNDO.
Dirección Regional de Salud
PUBLICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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