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105 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 105_02Setiembre2024

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Cay “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Neuse Conmemoración de las heroicas Batallas de Junin y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 105-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 02 de setiembre de 2024

VISTO:

¿el cuarto punto de agenda: “Tratamiento del pedido de aprobación de apertura de investigación y aprobación del PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE

os la Sesión Extraordinaria N° 024-2024, de fecha 02 de setiembre del 2024, se trató %

) 3... FISCALIZACIÓN DE LOS CONSEJEROS REGIONALES DEL DEPARTAMENTO

DE TUMBES (PTAF), ELABORADO POR MIEMBROS DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL PERIODO 2024, denominado: “Realizar la acción de fiscalización de los presupuestos irregulares en la ejecución de servicios en 23 postas medicas adscritas a la Dirección Regional de Salud Tumbes, desarrolladas en el segundo semestre del año 2023”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N* 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)";

Que, los artículos 188° y192° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional;

Que, la Ley N° 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el artículo 15%, inciso k de la Ley N° 27867, de la forma como sigue “Son atribuciones del Consejo Regional: (...) k Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización””;

Que, de la misma forma, el artículo 3% de la Ley ut supra modifico la Primera Disposición Complementaria Final, precisando lo que a la letra dice: “PRIMERA.

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A CONSEJO REGIONAL

IS “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Lumet Conmemoración de las heroicas Batallas de Junin y Ayacucho”

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Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales. Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren el numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de ¿Municipalidades, y el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de obiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera: (...) b) El monto de os recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de ‘i apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscalización. c) De requerirse la habilitación de mayores recursos para asegurar el financiamiento de la función de fiscalización, tanto de las municipalidades como de los gobiernos regionales, que los señalados en los literales a y b, durante la fase de ejecución presupuestal, dichos gobiernos regionales y gobiernos locales quedan exceptuados de las restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, solo para habilitar recursos para la referida función de fiscalización. d) Los consejos regionales y concejos municipales aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente. e) Los regidores municipales y consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República””:;

Que, citada Ley en su Única Disposición Complementaria Final, ha establecido lo que sigue: “DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA: “Modificaciones en el presupuesto del año fiscal 2023 Con la finalidad de asegurar la asignación de recursos para la función fiscalizadora, objeto de las modificaciones previstas en la presente ley, se autoriza, para el año fiscal 2023, a los gobiernos regionales y gobiernos locales, a fin de que realicen modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para asignar los montos mínimos señalados en los literales a y b de la disposición complementaria final primera modificada por esta ley”;

Que, por otro lado, la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI, que aprobó "Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización", aprobada con Resolución de Contraloría N° 266-2022-CG del 03 de agosto de 2022, señala en el numeral 6.6

  • Obligaciones del Titular de la Entidad en el Proceso de presentación del Balance

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ee “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Coma Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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Semestral, que el Titular de la Entidad, durante el desarrollo del proceso de

presentación del Balance Semestral sobre los recursos destinados al fortalecimiento

de las labores de fiscalización, tiene como una de sus obligaciones: "c) Asegurar que

la entidad cumpla con las disposiciones sobre la asignación de los recursos

destinados al fortalecimiento de la función de fiscalización, previstos en la Ley N° 31433;

SA Que, la Directiva antes mencionada, señala en el numeral 7, inciso 7.1 - Proceso de Presentación del Balance Semestral, y en el numeral 7.1.3, que: “Comprende el conjunto de actividades realizadas en cada etapa para la presentación del Balance Semestral sobre la utilización del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los regidores municipales y los consejeros regionales; indicando en el punto. 7.1.3 Registro de información y firma del Balance Semestral.- La información a ser reportada en Balance Semestral, es acumulativa en cada semestre y correspondiente a la gestión del concejo municipal y consejo regional asumida. El Balance Semestral comprende la siguiente estructura de información: i. Información General: Datos de identificación de la entidad, del Titular, los regidores municipales y consejeros regionales, del Encargado del registro de información, del periodo semestral a reportar, así como del “Presupuesto Anual Asignado para la Fiscalización”, y el “Presupuesto Certificado para la Fiscalización”. li. Planificación de la Fiscalización: Información de los acuerdos del concejo municipal y consejo regional sobre fiscalización o de la fiscalización individual, según corresponda; así como el detalle de las actividades de fiscalización. ¡ii Ejecución del Gasto de Fiscalización: Información sobre la ejecución de los recursos otorgados para las actividades de fiscalización realizadas, así como el sustento correspondiente. iv. Resultados de la Fiscalización: Informes, actas u otros documentos resultantes de la ejecución de las actividades de fiscalización; así como el registro de los logros, dificultades y recomendaciones. Para el registro de la citada información en el aplicativo informático, se tiene en consideración las siguientes actividades: a) Registro de información del Balance Semestral. + Información General: El Funcionario Responsable registra en el aplicativo informático, la información de identificación de la entidad, del Titular, de los regidores municipales o consejeros regionales que realizan la labor de fiscalización, así como del Encargado del registro de información, conforme a la estructura del Balance Semestral, debiendo mantener la información actualizada y con el debido sustento. Además, registra el periodo semestral a reportar. Asimismo, registra información general presupuestal sobre el “Presupuesto Anual Asignado para la Fiscalización”, que corresponde al total de la asignación presupuestaria anual destinada para el fortalecimiento de la función de fiscalización; así como el “Presupuesto Certificado para la Fiscalización”, que se refiere al detalle de cada certificación presupuestal específica otorgada a los regidores municipales y consejeros regionales para los gastos de fiscalización, debiendo mantener la información actualizada y registrar su evidencia. El regidor municipal o consejero regional, que participe de una fiscalización individual o como responsable del registro de una comisión, consigna el periodo semestral a reportar y

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os) “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Xona Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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sus datos generales en el aplicativo informático, de no haber sido registrados por el Funcionario Responsable.» Planificación de la Fiscalización: El regidor municipal o consejero regional, en caso participe siendo responsable del registro de información como integrante de una comisión, o sea responsable de una fiscalización individual, registra la siguiente información, debidamente sustentada: - Información de los acuerdos de fiscalización del concejo municipal y consejo regional (N° de acuerdo, fecha, descripción del acuerdo de fiscalización, datos de los integrantes de la comisión, entre otros.), o de la fiscalización individual (fecha, descripción del asunto de fiscalización, nombre del consejero regional o regidor municipal, entre otros). - Información de las actividades de fiscalización (tema de la fiscalización, datos del consejero regional o regidor municipal responsable del registro de dicha actividad, y los plazos establecidos para su realización, en lo que corresponda). + Ejecución del Gasto de Fiscalización: Respecto a la ejecución del gasto, el regidor municipal o consejero regional, registra, adjuntando las evidencias correspondientes y por cada actividad de fiscalización, el detalle del gasto, describiendo la información sobre las órdenes de compra, ordenes de servicio, encargo interno, viáticos, pasaje y gastos de transportes, y otros gastos por rendir, según corresponda. « Resultados de la Fiscalización: Finalmente, sobre los resultados, el regidor municipal o consejero regional registra, por actividad de fiscalización, lo siguiente: Los Informes, actas u otros documentos resultantes de la ejecución de la labor de fiscalización, además registra los logros, dificultades y recomendaciones relativos a la fiscalización individual a su cargo o como responsable del registro de una comisión El regidor municipal o consejero regional puede coordinar con el Encargado del registro de información, para que lo asista y ayude con el ingreso de la misma, y dentro del plazo señalado. El Encargado del registro de información, debe coordinar con los regidores municipales y consejeros regionales de las comisiones, así como con las unidades orgánicas competentes, a fin de que le proporcionen la información veraz y suficiente para el registro del Balance Semestral, el cual, una vez culminado queda a disposición de los respectivos regidores municipales o consejeros regionales para su revisión. De no estar conformes con los datos registrados a través del aplicativo informático, los regidores municipales o consejeros regionales proceden a devolver el registro del Balance Semestral a través del citado aplicativo informático al Encargado del registro de información, para que realice la modificación, rectificación o complementación de información. El Encargado del registro de información una vez que modifica, rectifica o complementa la información, pone a disposición de los respectivos regidores municipales o consejeros regionales, para la revisión y firma en los rubros que correspondan (Ejecución del Gasto y Resultados), antes del vencimiento del plazo máximo de envío. Para dicha actividad, el funcionario responsable brinda las facilidades necesarias a los regidores municipales, consejeros regionales y a los Encargados del registro de información a fin de que cumplan con el desarrollo del proceso, promoviendo que cumplan con el registro de información. b) Suscripción del Balance Semestral. Una vez revisado el contenido de la información registrada, el regidor municipal o el consejero regional, según corresponda, procede a la firma en las secciones de Ejecución del Gastos de

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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Fiscalización y Resultados de Fiscalización, que puede ser realizado dentro de plazo máximo de presentación del Balance Semestral y se generan dos (2) Constancias con Código de Barras que acredita el envío a la Contraloría de dichas secciones. Finalmente, el Encargado del registro de información debe verificar que dichas secciones cuenten con todas las firmas de los regidores municipales o consejeros regionales que correspondan. El Balance Semestral con sus anexos suscrito digitalmente queda registrado en el aplicativo informático;

Que, mediante Oficio N° 17-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-COPPAT-MBF, del 23 de agosto del 2024, suscrito por el Consejero Regional Miguel Bustamante Farias ~ Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanzo al Consejero Delegado del Consejo Regional de Tumbes el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF), elaborado por miembros de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Periodo 2024 sobre “Investigación de Presupuesto irregulares en la ejecución de servicios en 23 postas medicas adscritas a la Dirección Regional de Salud de Tumbes, desarrolladas en el segundo semestre del año 2023, de acuerdo al siguiente orden:

Ne SERVICIO LUGAR MONTO Si. 1 Mant. Correctivo | C.S. Aguas Verdes 25,622.24 2 Mant. Correctivo | C.S. Puerto Pizarro 26,441.18 13 Mant. Correctivo | C.S. Lechugal | 34,597 T 4 | Mant. Correctivo | P.S. Cerro Blanco | 23,486.44 15 |] Mant. Correctivo | PS. Casa Blanqueada | 20,227 6 | Mant. Correctivo | P.S. Garbanzal | 22,813 | 7_ | Mant. Correctivo | P.S. Zorritos | 20,982 | 8 | Mant. Correctivo | PS. Oidor | 25,490

(9 | Mant. Corrective | P.S. Cancas 20,157.51

10 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Virg.Cisne 34,803.56 11 | Mant. Correctivo | P.S. Acapulco 31,704 12 | Mant. Correctivo | P.S. Zarumilla 34,401.41 13 | Mant. Correctivo | P.S. Pocitos 14,165.38 14 | Mant. Correctivo | P.S. Grau 13,824.37 15 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Común 34,523 16 | Mant. Correctivo | C.S. Pampas de Hospital | 34,522 | 17 | Mant. Correctivo | P.S. San Isidro 22,777.61 | [18 | Mant. Correctivo | P.S. Porvenir 34,431.89 | | 19 | Mant. Correctivo | C.S, Papayal 21,627.26 | | 20 | Mant. Correctivo | P.S. Bocapán 10,596.61 | [21 | Mant. Correctivo | P.S. Uña de Gato 34,431,89 22 | Mant. Correctivo | P.S. La Choza 22,389.40 23 | Mant. Correctivo | P.S. Loma Saavedra 52,075.29

Que, en el tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Regional Miguel Bustamante Farias — Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sustento la necesidad de contar con la aprobación de la ejecución de citada fiscalización y de su respectivo Plan de Trabajo de Actividad

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Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

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de Fiscalización (PTAF), lo mismo que luego del debate fue aprobado por unanimidad; no obstante, previo a dicho acto fue corregido el nombre de mencionada actividad por el siguiente: “Investigar sobre la ejecución presupuestal para el desarrollo de servicios en 23 postas medicas adscritas a la Dirección Regional sde Salud de Tumbes (...)”

Ve A Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Fury Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° RE 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el inicio de la Investigación a la ejecución presupuestal para la ejecución de servicios en 23 postas medicas adscritas a la Dirección Regional de Salud de Tumbes, desarrolladas en el segundo semestre del año 2023, de acuerdo al siguiente orden:

Ne SERVICIO LUGAR MONTO Si.

1 Mant. Correctivo | C.S. Aguas Verdes 25,622.24 2 Mant. Correctivo | C.S. Puerto Pizarro 26,441.18 3 Mant. Correctivo | C.S. Lechugal 34,597 | 4 Mant. Correctivo | P.S. Cerro Blanco 23,486.44 | 5 Mant. Correctivo | P.S. Casa Blanqueada 20,227

16 Mant. Correctivo | P.S. Garbanzal 22,813

17 | Mant. Correctivo | PS. Zorritos 20,982

18 Mant. Correctivo | P.S. Oidor 25,490

[9 | Mant. Correctivo | P.S. Cancas 20,157.51

| 10 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Virg.Cisne 34,803.56

[11 | Mant. Correctivo | P.S. Acapulco 31,704 12 | Mant. Correctivo | P.S. Zarumilla | 34,401.41 13 | Mant. Correctivo | P.S. Pocitos [14,165.38 14 | Mant. Correctivo | P.S. Grau | 13,824.37 15 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Común 1 34,523 16 | Mant. Correctivo | C.S. Pampas de Hospital | 34,522 17 | Mant. Correctivo | P.S. San Isidro 122,777.61 18 | Mant. Correctivo | P.S. Porvenir | 34,431.89 19 | Mant. Correctivo | C.S. Papayal 21,627.26 20 | Mant. Correctivo | P.S. Bocapán 10,596.61 | 21 ¡ Mant. Correctivo | P.S. Uña de Gato 34,431,89 | 22 | Mant. Correctivo | P.S. La Choza 22,389.40 | 23 | Mant. Correctivo | P.S. Loma Saavedra 52,075.29 |

ARTÍCULO SEGUNDO. ~ APROBAR el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONSEJEROS REGIONALES DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES (PTAF), ELABORADO POR MIEMBROS DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y

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ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL - PERIODO 2024, denominado: “Investigación a la ejecución presupuestal para la ejecución de servicios en 23 postas medicas adscritas a la Dirección Regional de Salud de Tumbes, desarrolladas en el segundo semestre del año 2023, de acuerdo al siguiente orden:

N° SERVICIO LUGAR | MONTO CIA

1 Mant. Correctivo | C.S. Aguas Verdes | 25,622.24

2 Mant. Correctivo | C.S. Puerto Pizarro | 26,441.18

3 Mant. Correctivo | C.S. Lechugal | 34,597

4 | Mant. Correctivo | P.S. Cerro Blanco | 23,486.44

5 | Mant. Correctivo | P.S. Casa Blanqueada | 20,227

6 | Mant. Correctivo | P.S. Garbanzal 22,813

7 Mant. Correctivo | P.S. Zorritos 20,982

8 Mant. Correctivo | P.S. Oidor 25,490

9 Mant. Correctivo | P.S. Cancas 20,157.51

10 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Virg.Cisne 34,803.56

11 | Mant. Correctivo | P.S. Acapulco 31,704

12 | Mant. Correctivo | P.S. Zarumilla 34,401.41

13 | Mant. Correctivo | P.S. Pocitos _| 14,165.38 |

14 | Mant. Correctivo | P.S. Grau | 13,824.37 |

15 | Mant. Correctivo | C.S. Mental Común | 34,523 |

16 | Mant. Correctivo | C.S. Pampas de Hospital | 34,522 |

17 | Mant. Correctivo | P.S. San Isidro 22,777.61 |

18 | Mant. Correctivo | P.S. Porvenir 34,431.89 |

19 | Mant. Correctivo | C.S. Papayal 21,627.26 |

20 | Mant. Correctivo | P.S. Bocapan 10,596.61

21 | Mant. Correctivo | P.S. Uña de Gato 34,431,89

22 | Mant. Correctivo | P.S. La Choza 22,389.40

23 | Mant. Correctivo | P.S. Loma Saavedra 52,075.29

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

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Te. SAMMY EX WARD CRUZ PEÑA CONSESHRO REGIONAL

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