Acuerdo de Consejo Regional N.° 100-2025_11NOV2025
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
RCQ'
CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Per
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
né
NO 100-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-C
Tumbes, 11 de noviembre de 2025 VISTO: En la Sesión Ordinaria NO 012-2025, de fecha 11 de noviembre de 2025, se trató en la estación orden del día: el OFICIO NO 495-2025/GOBlERNO REGIONAL cual Regional el el conocimiento las Gobernador UMBES-GR, mediante pone en acciones inmediatas adoptadas, así como las medidas preliminares orientadas a la declaración de nulidad de oficio del Procedimiento de Selección No Competitivo de la IOARR por emergencia denominada: "REPARACIÓN DE CALZADA EN LA RUTA
R240102, TRAMO: HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2 EMP. TU-104, DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, DEPARTAMENTODE TUMBES" (CUI No
2686886).
CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de Ia Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano
normativo y fiscalizador
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en
que
sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, el artículo 390 de acotada Ley, establece lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente
Reglamento;
Que, mediante OFICIO NO 495-2025/GOBlERNO REGIONAL TUMBES-GR, de fecha 10 de noviembre, el Gobernador Regional de Tumbes remite información sobre las acciones adoptadas y las medidas preliminares para la nulidad de oficio Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 100-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD del Procedimiento de Selección
"REPARACIÓN DE CALZADA,
No Competitivo de la IOARR por emergencia EN EL (LA) RUTA R240102 TRAMO: HOSPITAL
REGIONAL JAMO 11-2-EMP. TU-104 DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, DEPARTAMENTO DE TUMBES" (CUI NO 2686886) el cual adjunta las iguientes referencias documentales:
Memorando Múltiple N.0 060-2025/GOB.REGaTUMBES-GR-VGR, de fecha 03 de
noviembre de 2025, mediante el cual la Gobernadora Regional (e) dispone al Gerente General Regional (e) y al Gerente Regional de Infraestructura la adopción de acciones orientadas a la declaración de nulidad de oficio del contrato y de los actos administrativos derivados del Procedimiento de Selección No Competitivo Directa-007-2025-GRT-DRSTC-DEC-1 así como el inicio de las acciones legales y administrativas que correspondan; ,
Con Memorando N.0 3966-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRl-GR,de fecha 04 de noviembre de 2025, mediante el cual el Gerente Regional de Infraestructura comunica al Director Regional (e) de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones la disposición de iniciar acciones legales y administrativas vinculadas a la declaración de nulidad de oficio del referido procedimiento; Asimismo, con Oficio N.0 00714-2025/GOB.REG.TUMBES-GRl-DRSTC-DR, de fecha 07 de noviembre de 2025, el Director Regional (e) de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones informa a la Gobernadora Regional (e) y, en su numeral III, detalla las medidas adoptadas para sustentar la procedencia de la nulidad del procedimiento, Medida en Trámite: A la fecha, se viene trabajando los informes técnicos y el Informe Legal de la revisión. Estos informes son fundamentales, para identificar los vicios de nulidad insubsanable o cualquier irregularidad que contravenga el ordenamiento legal, y que configuren las causales estrictamente legales que ampare la declaración de la Nulidad de Oficio del procedimiento antes señalado, según lo ordenado.
Es de resaltar que la declaración de nulidad no fundamentada en razones estrictamente legales puede tornar en arbitraria dicha decisión administrativa, por lo que nuestra tarea es identificar los vicios que configuren cualquiera de las causales de nulidad señaladas en la Ley NO 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Determinación de Responsabilidades: Las acciones para la determinación de responsabilidades administrativas, conforme al punto 2 del Memorando de la referencia, se iniciarán tan pronto se formalice la declaración de nulidad y se tengan los resultados de los informes técnicos y el informe legal. Que en la sesión extraordinaria NO 23-2025, de fecha 04 de noviembre del 2025, el Director Regional (e) de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones, manifestó expresamente la existencia de diversos actos y/o vicios en el otorgamiento de la Buena Pro del citado procedimiento, los cuales constituirían causal para la declaración de nulidad; Que, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria de la fecha, tras el debate de los Consejeros Regionales y la evaluación integral de la documentación remitida, se acordó RATIFICAR el oficio NO 047-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-SECP-PCOl, de Av. La Marina NO 200
Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
Reo,
CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 100-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD fecha
de
Infraestructura,
2025, emitido por la Comisión Ordinaria de remitido al Gobernador Regional de Tumbes, mediante el cual se
noviembre del
recomienda al Gobernador Regional de Tumbes, iniciar las acciones necesarias para la declaración de nulidad de oficio del Procedimiento de Selección No Competitivo de la IOARR por emergencia "REPARACIÓN DE CALZADA, EN EL (LA) RUTA R240102 TRAMO: HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2-EMP. TU-104 DISTRITO DE TUMBES, PROVINCIA DE TUMBES, DEPARTAMENTO DE TUMBES" (CUI NO 2686886); recomendándose, además, adjuntar el Acta de la Sesión Extraordinaria NO 23-2025, y que se actúe conforme a lo manifestado en dicha acta, en tal sentido, la propuesta fue sometida a votación, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO.
RATIFICAR el oficio NO 047-2025/GOB.REG.TUMBESfecha 03 de noviembre del 2025, emitido por la Comisión de CR-SECP-PCOI, Ordinaria de Infraestructura, mediante el cual se recomienda al Gobernador Regional de Tumbes iniciar las acciones necesarias para la declaración de nulidad de oficio del Procedimiento de Selección No Competitivo de Ia IOARR por emergencia: "REPARACIÓN DE CALZADA EN LA RUTA R240102, TRAMO HOSPITAL REGIONAL JAMO 11-2 EMP. TU-104" (CUI NO 2686886). Asimismo, adjuntar el Acta de la Sesión Extraordinaria NO 23-2025, en la que se detalla la existencia de diversos actos y/o vicios en el otorgamiento de la Buena Pro, disponiéndose que se actúe conforme a lo señalado en dicha acta.
ARTÍCULO SEGUNDO.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes
REGíSTRESE, COMUNíQUESE Y ARCHÍVESE.
CONSE$ERO
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7874498-100-2025_11nov2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9622137/7874498-acuerdo-consejo-regional-100-2025_11nov2025.pdf