Acuerdo de Consejo Regional N.° 098_20Agosto2024
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Doc.
CONSEJO REGIONAL SALE ZZ ATL
" “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 098-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 20 de agosto de 2024
OS n la Sesión Extraordinaria N* 023-2024, de fecha 20 de agosto del 2024, se trató el
“fArimer punto de agenda: Informe del Gobernador Regional de Tumbes, del Gerente fegional de Desarrollo Económico, de la Directora Regional de Vivienda, Gonstrucci6n y Saneamiento de Tumbes, del Director Regional de Agricultura de Tumbes, del Gerente Regional de Infraestructura, del Jefe de la Oficina Regional de Administración, sobre el accidente de tránsito ocurrido en la participación a la III Cumbre Nacional de Gobernadores Regionales 2024 “Hambre Cero”, llevado a cabo en la ciudad de Huaraz.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 28607, Ley de Reforma de los Artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú, la misma que en su Artículo 191* establece que, la estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y Atribuciones que les señala la ley;
Que, el artículo 13% de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley 29053, publicada el 26 de junio del 2007, señala: "El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional, le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales; y en su artículo 14* inciso b, establece que: "El Consejo Regional se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo a lo que establece su Reglamento. (...) A través del portal electrónico del Gobierno Regional se difunde a la ciudadanía la agenda y las actas de las sesiones";
Que, el artículo 15° inciso k de la Ley ut supra, establece que el Consejo Regional tiene la atrición de: "Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; y en su artículo 16° inciso a y d, precisan que, los consejeros regionales tiene el derecho de proponer normas y acuerdos regionales y, de asistir a las sesiones del Consejo Regional y Comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N* 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su artículo 7 numeral 5, señala
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
«Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 098-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Ayue es atribución de Consejo Regional solicitar la concurrencia del Gerente General
¿Negional, Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Gerentes de
oyectos Especiales, o a cualquier otro funcionario o servidor público a informar al
eno del Consejo Regional sobre asuntos de su gestión y competencia; debiendo
hresentar sus informes escritos dentro del plazo de setenta y dos (72) horas contados
Que, el artículo 15° inciso I) y p) de citado Reglamento Interno, establece que son derechos de los Consejeros Regionales los siguientes: "Obtener el respeto y las consideraciones que le corresponden como representantes regionales elegidos por el pueblo, así como ser reconocidos y respetados por parte de las autoridades políticas, administrativas, policiales y militares, atendiendo a la jerarquía del Consejo Regional"; y "Formular peticiones de cualquier clase, en particular para incluir temas en la agenda";
Que, mediante el Oficio Múltiple N° 054-2024/GOB.REG. TUMBES-CR-SCR, de fecha 16 de agosto del 2024, se le cito a la Sesion Extraordinaria N° 023-2024, al Gerente Regional de Infraestructura Ing. Lenin Avila Silva, para el tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional;
Que, a través del Oficio N° 633-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRIGR, de fecha 20 de agosto, ingresado a la Secretaria del Consejo Regional despues de a ver iniciado la presente Sesion de Consejo, el Gerente Regional de Infraestructura justifica inasistencia a la Sesión Extraordinaria N° 023-2024, manifestando estar realizando coordinaciones con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial respecto a los temas para la participación del Gobernador en el V Consejo de Estado Regional (CER) — Arequipa — Perú;
Que, en el tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, ante la inconcurrencia del Gerente Regional de Infraestructura Ing. Lenin Ávila Silva a la Sesión Extraordinaria N° 023-2024 de la fecha, los Consejeros Regionales Abog. Romario Rai Prescott Núñez y Tc. Sammy Edward Cruz Peña formularon una propuesta al Pleno del Consejo Regional, para ratificar el Acuerdo de Consejo Regional N° 040-2023/GOB.REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 14 de abril del 2023, donde se le recomienda al Gobernador Regional de Tumbes evalué la remoción del actual Gerente Regional de Infraestructura, debido a que presuntamente viene obstaculizando la labor fiscalizadora del Consejo Regional de Tumbes, ante las faltas consecutivas que citado funcionario viene incurriendo, encontrándose inconsistencias en las justificaciones emitidas a este Órgano;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos.
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Ano del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 098-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTICULO PRIMERO. — RATIFICAR el Acuerdo de Consejo Regional N° 040- 2023/GOB.REG. TUMBES-CR-CD, del 14 de abril del 2023, en el cual se recomienda al Gobernador Regional de Tumbes evalué la remoción del actual Gerente Regional de Infraestructura, debido a que presuntamente viene obstaculizando la labor fiscalizadora del Consejo Regional de Tumbes, ante las faltas consecutivas que citado funcionario viene incurriendo, encontrándose inconsistencias en las justificaciones emitidas a este órgano.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
ca GOBIERNO(R AN TUMBES
Tc. SAMMY q PEÑA
CONSEJERA REGIONAL
Av. La Marina N° 200 - Tumbes 3
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7860806-098_20agosto2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9604387/7860806-acuerdo-consejo-regional-n098_20agosto2024.pdf