Acuerdo de Consejo Regional N.° 095-2025_24OCT2025
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
SisGeDo
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peru
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 095-2025/GOBREG.TUMBES-CR-C
CONSEIO REGIONAL Doc. Expo
R/zc 2 c q3
Tumbes, 24 de octubre del 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria N0021-2025, de fecha 24 de octubre del' 2025, se debatió el punto de agenda: Tratamiento del pedido de aprobación de apertura de investigación y Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) elaborado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico Periodo 2025, sobre: "FiscaIizar presuntas irregularidades en la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes: 1) Fiscalizar la legalidad de designación ylo encargatura del Director de la Dirección de Infraestructura Hidráulica de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, presuntamente financiada por Proyecto de Inversión Pública de la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 2) Fiscalización del cumplimento de los requisitos establecidos en la Ley N031145, respecto a la entrega del título a favor del señor Segundo Palacios Riofrio, realizada por la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 3) Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniforme a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios", formulado con ei Oficio N0048-2025-GOB.REG.TUMBES-CR- CODE- P-DAR.
CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el
artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece 10 que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)"; Que, los artículos 1880 yl 920 de la Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, la Ley NO 27867* Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, el inciso a) del artículo 160 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, modificado por la Ley NO 31433, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: Proponer normas y acuerdos regionales; Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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Que, conforme 10 dispone el artículo 390 de la Ley Ut Supra, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o
institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley NO 31812, Ley que modifica la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los
consejos regionales y concejos municipales, modificó el inciso k. del artículo 150 de la Ley NO 27867, de la forma como sigue "Son atribuciones del Consejo Regional: (...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de
fiscalización";
Que, de la misma forma, el artículo 30 de la Ley Ut Supra, modifico la Primera Disposición Complementaria Final, precisando 10 que a la letra dice: "PRIMERA. Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales. Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren el numeral 22 del artículo 90 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y eI literal k del artículo 150 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera: (...) b) EI monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los qobiernos reqionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la qenérica de qasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del plieqo. EI reqistro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación el sequimiento de los recursos asiqnados para la función de fiscalización. c) De requerirse la habilitación de mayores recursos para asequrar el financiamiento de la función de fiscalización, tanto de las municipalidades como de los gobiernos reqionales, que los señalados en los literales a y b, durante la fase de ejecución presupuestal, dichos qobiernos reqionales y qobiernos locales quedan exceptuados de las restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, solo para habilitar recursos para la referida función de fiscalización. d) Los
consejos reqionales V concejos municipales aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el proqrama de acciones de fiscalización, con arreqlo a los montos asiqnados seqún los literales a V b y los procedimientos señalados en la normativa viqente. e) Los regidores
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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municipales y consejeros reqionales están obliqados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República": Que,
mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 014-2025/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, el Pleno del Consejo Regional de Tumbes aprobó eI Programa de Acciones de Fiscalización (PAF), alcanzado con el Oficio NO 0022025/GOB.REG.TUMBES-CR, por los señores consejeros regionales Sammy Edward Cruz Peña, Diego Alemán Ramírez, Romario Rai Prescott Núñez, Boris Regino Pardo Vinces, Jenrry Mario Risco Castillo y Miguel' Bustamante Farias; Que, mediante Oficio N0048-2025-GOB.REG.TUMBES-CR-CODE-P-DAR, de fecha 20 de octubre del 2025, el Consejero Regional Ing. Diego Alemán Ramírez, Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, solicitó al Consejero Delegado del Consejo Regional de Tumbes se apruebe el inicio de fiscalización y aprobación del Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) elaborado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico Periodo 2025, denominado "Fiscalizar presuntas irregularidades en la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes: 1) Fiscalizar la legalidad de designación ylo encargatura del Director de la Dirección de Infraestructura Hidráulica de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, presuntamente financiada por Proyecto de Inversión Pública de la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 2) Fiscalización del cumplimento de los requisitos establecidos en la Ley N031145, respecto a la entrega del título a favor del señor Segundo Palacios Riofrio, realizada por la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 3) Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniforme a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios"; Que, en la Sesión Extraordinaria NO 021-2025, de fecha 24 de octubre de 2025,
correspondiente al tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del el Presidente de la Comisión Ordinaria presente Acuerdo de Consejo de Desarrollo Económico, Ing. Diego Alemán Ramírez, encargó el sustento del citado P TAF al Secretario de Va referida Comisión, Tec. Sammy Cruz Peña, quien, con la autorización correspondiente, expuso el pedido de aprobación para el inicio de la actividad de fiscalización y del Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF), luego del debate respectivo, fue sometido a votación, siendo aprobado por mayoría, registrándose un voto en contra del Consejero Regional Miguel Bustamante Farías. Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; ,
SE ACORDÓ POR MAYORIA:
ARTÍCULO PRIMERO.
APROBAR ei inicio de la fiscalización sobre "Fiscalizar presuntas irregularidades en la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes: 1) Fiscalizar la legalidad de designación y/o encargatura del Director de la Dirección de Infraestructura Hidráulica de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, presuntamente financiada por Proyecto de Inversión Pública de la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 2) Fiscalización del cumplimento de los requisitos establecidos en la Ley N031145, respecto a la entrega del título a favor del señor Segundo Palacios Riofrio, realizada por la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 3) Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniforme a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios"; el mismo que será desarrollado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Tumbes.
ARTÍCULO SEGUNDO.
APROBAR ei Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) elaborado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico Periodo 2025, sobre "Fiscalizar presuntas irregularidades en la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes: 1) Fiscalizar la legalidad de designación y/o encargatura del Director de la Dirección de Infraestructura Hidráulica de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, presuntamente financiada por Proyecto de Inversión Pública de la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 2) Fiscalización del cumplimento de los requisitos establecidos en la Ley N031145, respecto a la entrega del título a favor del señor Segundo Palacios Riofrio, realizada por la Dirección Regional de Agricultura de Tumbes. 3) Fiscalizar la legalidad de la entrega de uniforme a personal terceros en la Dirección de Forestal y Fauna Silvestre y Asuntos Ambientales Agrarios; el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional.
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ARTÍCULO TERCERO.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de el Consejo Regional en Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
GOBIERNO REG$ONAL TUMBES
V
FIERRERA REGIONAL
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7938402-095-2025_24oct2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9702992/7938402-acuerdo-consejo-regional-095-2025_24oct2025.pdf