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092-2025 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 092-2025_24OCT2025

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana'%

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

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noc,

NO 092-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

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Tumbes, 24 de octubre de 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 21-2025, de fecha 24 de octubre de 2025, se debatió el punto de agenda: Tratamiento del Oficio NO 042-2025/GOB.REG.TUMBES-CRCOPPYAT-BRPV formulado por el Consejero Regional, Ing. Boris Regino Pardo Vinces, donde se solicita la aprobación del Dictamen NO 008-2025/GOB.REG.TUMBES-

COPPYAT,

denominado

TECNOLÓGICOS".

"ACEPTACIÓN

DE

DONACIÓN

DE

EQUIPOS

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley NO 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo Título IV, sobre Descentralización; Ley NO

XIV

27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y

administrativa en los asuntos de su competencia;

fie*

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, mediante la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del

Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno

Regional;

Que, de conformidad con el artículo. 390 de la Ley Ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

literal o) del artículo 210 de acotada Ley, señala que son atribuciones del Gobernador Regional Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional; Que, el

Que, la Directiva NO 0006-2021-EF/54.01 aprobada con Resolución Directoral NO 00152021-EF/54.01, "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento", en su artículo 80 numeral 8.2, señala que el donatario es la Entidad u Organización de la Entidad que aprueba y recibe la donación para beneficio propio de terceros. Numeral 8.3 Los beneficiarios de la donación pueden ser Entidades u Organizaciones de las Entidades, personas naturales, empresas públicas u otras organizaciones que recibirán los bienes donados para su uso o para el cumplimiento de los fines institucionales de la Entidad u Organización de la Entidad; Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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NO 092-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Que, mediante el artículo 90 de citado cuerpo normativo, se establece el trámite para la aceptación de donación de bienes muebles que se encuentran en el territorio nacional, de la Directiva en mención, su numeral 9.3 La OCP, en coordinación el o unidad

con

órgano

orgánica a la cual se asignen los bienes muebles materia de donación y con el responsable de la gestión de almacenamiento y distribución, cuando corresponda, elabora el Informe Técnico correspondiente, pronunciándose sobre la procedencia de aceptar la donación. Dicho Informe Técnico sustenta como mínimo, 10 siguiente: (...) d) Que los bienes objeto de donación no estén catalogados como mercancíaprohibida, e) EI donatario acepta la donación, mediante resolución del Titular de la Entidad u Organización de la Entidad, o a quien este delegue. Dicha resolución contiene como mínimo la descripción del bien mueble, su valor, el beneficiario y dispone la incorporación del bien mueble al patrimonio, cuando corresponda. Luego de emitida la resolución, se suscribe el Acta de Entrega Recepción ( —

Que,

la

Directiva

NO

003-2023/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGD1-SG,

denominada "Procedimientos para la gestión de las donaciones en el Pliego del Gobierno Regional de Tumbes", respecto a la donación y adjudicaciones nacionales, en el numeral 8.1.1. establece 10 siguiente: "(...) Para el procedimiento de aprobación y aceptación de donaciones o adjudicaciones nacionales, de carácter asistencial o educacional, de bienes gestionados a través de las Gerencias, Oficinas Regionales, agencia regional de cooperación técnica internacional y fomento de las inversiones; así como, Dirección Regionales Sectoriales y otras unidades de organización del Gobierno Regional, se realizan las acciones: a) Coordinaciones con el donante y documento del Gobierno Regional solicitando la donación o adjudicación, b) Documento del donante o adjudicatario detallando la donación o adjudicación, c) Presentar documento a Gerencia General Regional, Direcciones Regionales Sectoriales u otras unidades de organización de la Entidad Regional, para iniciar el trámite de aceptación de la donación, d) Acuerdo de Consejo Regional mediante eI cual se acepta la donación y autoriza al Gobernador Regional, disponga la asignación y entrega de los bienes donados de conformidad con los procedimientos administrativos;de conformidad con 10 establecido en el artículo 150 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, asimismo, conforme a 10 fijado en el artículo 700 del Decreto Legislativo NO 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, concordante con 10 establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final Legislación Especial para la gestión de bienes de actos de aprobación muebles patrimoniales en el y procedimientos marco del Sistema Nacional de Abastecimiento. EI citado Acuerdo de Consejo Regional, contiene como mínimo la descripción del bien mueble, su valor y dispone la incorporación del bien mueble al patrimonio, así como la suscripción del Acta de Entrega-

Recepción

Que, con Carta BIN N0095-2025, recepcionado con fecha 20 de febrero de 2025, el Director Ejecutivo Nacional del Plan Binacional Perú Ecuador, se dirig al señor Segismundo Cruces Ordinola (Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes), manifestando que el Plan Binacional aportará en calidad de donación equipos informáticos, así como el dron que fue asignado temporalmente en el mes de setiembre —

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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de 2024, equipos que contribuirán a facilitar el trabajo de los profesionales a cargo del

Centro de Gobierno Digital, cuyo objetivo es garantizar una gestión eficiente de la información y sostener el proceso de transformación digital del territorio de la región Tumbes; para 10 cual se requiere formalizar la donación, donde se adjunta propuesta de Acta para su revisión y posterior suscripción; Mediante Infome Técnico N0002-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORA-OT1-KVCO recepcionado con fecha 11 de marzo de 2025, la Jefa de la Oficina de Tecnología de la Información alcanza a la Jefa de la Oficina Regional de Administración el informe técnico para la aceptación de equipos ofrecidos en donación al Gobierno Regional Tumbes, concluyendo que de la revisión de las especificaciones técnicas, los equipos son adecuados y compatibles con los objetivos del Centro de Gobierno Digital, dado que cumplen con los estándares requeridos para las actividades institucionales, y considera pertinente la aceptación de los equipos tecnológicos ofrecidos en donación, asimismo, recomienda proceder con la formalización de la aceptación de citados equipos así como coordinar con las áreascorrespondientes para su correcta implementación y utilización en los proyectos del Centro de Gobierno Digital; Que, con Informe N00163-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, recepcionado con fecha 17 de marzo de 2025, el jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, alcanza opinión legal sobre aceptación de donación de equipos tecnológicos; donde opina que es

viable ACEPTAR la DONACIÓN de un dron (RPAS) y dos (02) equipos informáticos,

por parte del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, a favor del Gobierno Regional Tumbes, para implementar y poner en marcha el Centro de Gobierno Digital, garantizando una gestión eficiente de la información, así como la obtención y procesamiento de datos, mapeo y otros, para la toma de decisiones en materia de ordenamiento territorial, gestión del riesgo de desastres, en la región de Tumbes. Además, recomienda remitir el presente informe a la Oficina de Control Patrimonial de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, para que en el marco de 10 dispuesto en el artículo

90, numeral 9.3 y 9.5 de la Directiva NO 0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el del Sistema Nacional de Abastecimiento",

marco

proceda a recabar la información restante que estipula el artículo antes citado y se emita el informe técnico, correspondiente. Mediante

Informe

Técnico N0012-2025/GOB.REG.TUMBES-ORA-OCP-VHSR recepcionado con fecha 20 de junio de 2025, el Jefe de la Oficina de Control Patrimonial alcanza a la Jefa de la Oficina Regional de Administración el informe técnico, donde dentro de sus conclusiones señala: a) La Oficina de Control Patrimonial, pronuncia la procedencia de aceptar la donación de un (01) dron (RPAS), dos (02) servidores y dos (02) monitores por un valor total de doscientos cuarenta y seis mil ciento cincuenta y 00/100 (S/. 246,150.00) entregados en el marco del proyecto Territorios Digitales y Confiables con la Secretaria de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, en conformidad con la normativa b) EI Alta de los Bienes Muebles Patrimoniales se efectúa a través del registro en el Módulo de Patrimonio SIGA MEF del Acuerdo de Consejo Regional que acredita la causal de donación, conforme a 10 dispuesto en el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17" de la Directiva N0006-2021-EF/54.01 Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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"Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema 8.1.16 de la Directiva N 0003Nacional de Abastecimiento y numeral 2023/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGD1-SG "Procedimientos para la gestión de las donaciones en el Pliego Gobierno Regional Tumbes". Por tanto, concluye la procedencia de aceptar la donación. Asimismo, establece como recomendación trasladar el expediente a la Gerencia General Regional, para que sea elevado al Consejo Regional para la emisión del Acuerdo de Consejo Regional correspondiente; la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha elaborado ei DICTAMEN NO 008-2025/GOB.REG.TUMBES-COPPyAT, tomando en consideración los informes técnicos y legales, para la "Aceptación de Donación de Equipos Tecnológicos" a favor del Gobierno Regional de Tumbes. Que,

debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión traordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, ey Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo de aprobado Regional Tumbes, por la Ordenanza Regional NO 03tando a 10

2015/GOB.REG.TUMBES-CR;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO

PRIMERO. APROBAR ei DICTAMEN NO 008-2025/GOB.REG. TUMBES-COPPyAT, "Aceptación de Equipos Tecnológicos", formulado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional a favor del Gobierno Regional de Tumbes.

ARTÍCULO SEGUNDO.

de la Región Fronteriza Perú

ACEPTAR la donación efectuada por ei Plan Binacional Ecuador

--

Capítulo Perú a favor del Gobierno Regional de

Tumbes de los siguientes bienes: NO

DENOMINACIÓ

MARCA

MODELO

VEHÍCULO

MATRICE

AEREO NO

RTK

TRIPULADO

NO SERIE

CARACTER STICAS

IZNBK4QOXOOCO

DJI

ZENMUSE

Gris/Negro

MONTO TOTAL EN SOLES S/ 84,150.oo

Negro

s/ 76,280.oo

COLOR PI,

Estación móvil D-RTK2, estación de carga BS60 M300, DJI Batería DJI

DRONE

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Fact.

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ARTÍCULO TERCERO. NOTIFICAR, ei presente Acuerdo de Consejo Regional, al

Gobernador Regional de Tumbes, para conocimiento y acciones respectivas, disponiéndole efectúe la asignación y entrega de los bienes donados de conformidad con los procedimientos administrativos detallados en la normatividad legal vigente.

ARTÍCULO CUARTO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo en ei

Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

ve

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

HERRERA CONSEJERO REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7938316-092-2025_24oct2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9702856/7938316-acuerdo-consejo-regional-092-2025_24oct2025.pdf