Acuerdo de Consejo Regional N.° 090_13Agosto2024
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ona * “Ano del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 090-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 13 de agosto del 2024
En la Sesión Extraordinaria N° 022-2024 del Pleno del Consejo Regional del // Gobierno Regional de Tumbes, del 13 de agosto de 2024, del tratamiento del Informe N° 007-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 17 de julio del 2024, sobre el informe final con relación al Informe de Acción Posterior N° 10539-2024.CG/GRTB-AOP. “CONCURSO PUBLICO DE MERITOS N* 001-2019-GRT-GR-GGR, PARA CUBRIR POR CONTRATO DETERMINADO LA PLAZA ORGANICA DE DIRECTOR DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO Ill DE LA GERENCIA GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley N.* 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 14”, Inciso b) penúltimo párrafo, establece que el Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas organiza su trabajo en Comisiones;
Que, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante INFORME N* 007-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-CRCOFA-P-RRPN, del 17 de julio del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, alcanzaron al Consejero Delegado, el informe final sobre el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 10539-2024.CG/GRTBAOP. “CONCURSO PUBLICO DE MERITOS N* 001-2019-GRT-GR-GGR, PARA CUBRIR POR CONTRATO DETERMINADO LA PLAZA ORGANICA DE DIRECTOR DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO Ill DE LA GERENCIA GENERAL
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REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES”., en dicho informe se arribó a las conclusiones y recomendaciones siguientes:
CONCLUSIONES: Los miembros de esta Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción arriban a las siguientes conclusiones:
El Gobernador Regional de Tumbes, teniendo en cuenta la recomendación expuesta por la Gerencia Regional de Control de Tumbes, a través del Informe de Acción de Oficio Posterior N° 10539- 2024-CG/GRTB-AOP, de fecha 23 de abril del 2024, ha emitido el Oficio N° 582-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, de fecha de 15 de julio del 2024, el cual ha derivado el Memorando N° 301- 2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, de fecha 26 de abril de 2024, a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), a fin de que en uso de su facultad, establecida en la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGS, “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057”, en el numeral 8.1, establece que la Secretaria Técnica, apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario, teniendo en cuenta que una de sus funciones esenciales es precalificar y documentar todas las etapas del procedimiento administrativo disciplinario, asistiendo a las autoridades instructoras y sancionadoras del mismo, por lo cual se dicta como medida adoptada iniciar la investigación para determinar presuntas responsabilidades administrativas, de acuerdo al marco Legal, respetando el Debido Proceso y la Legalidad.
De la misma forma, la citada autoridad ha solicitado mediante Memorando N° 0341-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, en la que dispone como medida correctiva adoptada que, en futuros procesos de convocatoria de Concursos Públicos de Méritos para la contratación de personal, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N* 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa y del Sector Público, y del Decreto Legislativo N* 1057- Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, se considere la PRUEBA DE ACTITUD y/o Conocimientos, tal como lo establece el artículo 30° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM-Reglamento de la carrera Administrativa, y la EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS o HABILIDADES TECNICAS como lo dispone el artículo 1° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N* 330-2017-SERVIR-PE, a fin de no vulnerar la normativa legal vigente, la misma que deberá dar cumplimiento con la única finalidad de evitar observaciones posteriores por parte de los Órganos de Control de la Contraloría General de la República, Bajo Apercibimiento.
Por otro lado, la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Sancionador, informo mediante Oficio N° 023- 2024/GOB. REG. TUMBES-ORH-ST-PAD, de fecha 16 de julio del 2024, que en virtud de su potestad investigadora establecida en DIRECTIVA N° 02-2015-SERVIR/GPGSC REGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE LA LEY N* 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL, se encuentra dentro del plazo Legal (1 año, desde
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recibido el documento), para realizar el análisis, indagaciones preliminares, por lo que, se encuentra analizando el Informe de Acción de Oficio Posterior N° 10539-2024-CG/GRTB-AOP, para poder emitir el informe de precalificación.
- La Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción ha cumplido con el acto de fiscalización encomendada, la cual se ah materializado en el presente informe y colige que el mismo debe ser remitido a la Gerencia Regional de Control de Tumbes, para conocimiento y acciones pertinentes en el marco de sus funciones y de la normativa legal vigente.
RECOMENDACIONES:
La Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción, solicita eleve al Pleno del Consejo Regional de Tumbes, el presente informe con todos los actuados conteniendo setenta y dos (72) folios, con el fin que luego de ser evaluado y tratado, sea aprobado junto con las siguientes recomendaciones:
Remitir el presente informe con todo lo actuado a la Gerencia General de Control de Tumbes, para conocimiento y acciones pertinentes.
Recomendar al Gobernador Regional de Tumbes, ordene a quien corresponda, actuar bajo el principio de legalidad, la uniformidad, la imparcialidad y la igualdad de oportunidades.
Se recomienda al, Jefe de Recursos Humanos, actuar con mesura y responsabilidad en las acciones que tome para seleccionar al personal.
Recomendar a la responsable de la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Sancionador, que una vez, concluido el Procedimiento Administrativo, en cumplimiento al Memorando N*301-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, alcance sus informes (Informe de Precalificación), a la Gerencia General de Control de Tumbes, para conocimiento y acción que corresponda.
Que, en el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, del tratamiento del pedido consignado en el visto en el presente Acuerdo de Consejo Regional, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción — Abog. Romario Rai Prescott Núñez, dio lectura a las conclusiones y recomendaciones del INFORME N° 007-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-CR-COFA-PRRPN; luego del cual solicito al Pleno del Consejo Regional la aprobación del mismo, en el cual después de un arduo debate fue aprobado por unanimidad;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;
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SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. — APROBAR el INFORME N° 007-2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-CR-COFA-P-RRPN, del 17 de julio del 2024, sobre el informe final con relación al Informe de Acción Posterior N° 10539- 2024.CG/GRTB-AOP. “CONCURSO PUBLICO DE MERITOS N* 001-2019- GRT-GR-GGR, PARA CUBRIR POR CONTRATO DETERMINADO LA PLAZA ORGANICA DE DIRECTOR DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO lll DE LA GERENCIA GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES.
ARTÍCULO SEGUNDO. — REMITIR el presente informe con todo lo actuado a la Gerencia General de Control de Tumbes, para conocimiento y acciones pertinentes.
ARTÍCULO TERCERO. - RECOMENDAR al Gobernador Regional de Tumbes, ordene a quien corresponda, actuar bajo el principio de legalidad, la uniformidad, la imparcialidad y la igualdad de oportunidades.
ARTÍCULO CUARTO. - RECOMENDAR al Jefe de Recursos Humanos, actuar con mesura y responsabilidad en las acciones que tome para seleccionar al personal.
ARTÍCULO QUINTO. - RECOMENDAR al responsable de la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Sancionador, que una vez, concluido el Procedimiento Administrativo, en cumplimiento al Memorando N°301- 2024/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, alcance sus informes (Informe de Precalificación), a la Gerencia General de Control de Tumbes, para conocimiento y acción que corresponda.
ARTÍCULO SEXTO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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