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086 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 086_05Agosto2024

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES;;:]737/752

CONSEJO REGIONAL tp. 1/¿0 83567

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 086-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 05 de agosto del 2024 VISTO:

En la Sesión Ordinaria N° 08-2024, de fecha 05 de agosto del 2024, del tratamiento del pedido formulado por el Consejero Regional Ing. Diego Alemán Ramírez, sobre: “DECLARAR DE NECESIDAD PUBLICA E INTERES REGIONAL LA CONSTRUCCION DEL CENTRO CIVICO DE ANDRES ARAUJO MORAN”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)";

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 establece que: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional”; y en su artículo 15° inciso a), establece que es una atribución del Consejo Regional: “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;

Que, por otro lado, el artículo 39° de la Ley ut supra, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, siguiendo ese orden, el artículo 2° de citada Ley, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el literal 0) del artículo 21° de acotada Ley señala que, son atribuciones del Gobernador Regional Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional;

Av. La Marina N° 200 - Tumbes 1

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

. “Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 086-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 003-2021/GOB. REG. TUMBESCR-CD, de fecha 26 de enero del 2021, se acordó por unanimidad lo siguiente:

ARTÍCULO PRIMERO. —- DECLARAR de Necesidad Publica e Interés Regional la formalización de la adjudicación del predio Área de Estacionamiento N° 02, para la futura construcción de la Municipalidad Distrital de Andrés Araujo Moran;

(..)

Que, en el desarrollo de la Sesion Ordinaria de la fecha, del tratamiento del pedido sobre: “DECLARAR DE NECESIDAD PUBLICA E INTERES REGIONAL LA CONSTRUCCION DEL CENTRO CIVICO DE ANDRES ARAUJO MORAN”, el Consejero Regional Diego Alemán Ramírez, sustento el motivo por el cual debía aprobarse dicho pedido, y la importancia que este tendría en el sector de Andrés Araujo Moran.

Aunado a ello, en dicha sesión, se les cedió el pase a unos moradores del sector de Andrés Araujo Moran, quienes en breves minutos expusieron la importancia de aprobar este pedido formulado por el Ing. Diego Aleman Ramirez. Asimismo, en el debate correspondiente, el Consejero Alemán manifestó que ya se cuenta con un Acuerdo de Consejo Regional N* 003-2021, mediante el cual se declara de Necesidad Publica e Interés Regional la formalización de la adjudicación del predio Área de Estacionamiento N° 02, para la futura construcción de la Municipalidad Distrital de Andrés Araujo Moran,

Bajo ese contexto, el Consejero Regional Diego Alemán Ramírez, propone modificar y mejorar el pedido antes expuesto, quedando de la siguiente manera: Ratificar el artículo primero del Acuerdo de Consejo Regional N* 003-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 26 de enero del 2021, donde se declara de Necesidad Publica e Interés Regional la Construcción del Centro Cívico de Andrés Araujo Moran, en el terreno que actualmente se encuentra disponible ubicado frente al parque del avión, el mismo que después de un arduo debate fue aprobado por mayoría;

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;

Av. La Marina N° 200 — Tumbes 2

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la . Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 086-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

SE ACORDÓ POR MAYORIA:

ARTÍCULO PRIMERO. - RATIFICAR el artículo primero del Acuerdo de Consejo Regional N* 003-2021/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 26 de enero del 2021, Declárese de Necesidad Publica e Interés Regional la Construcción del Centro Cívico de Andrés Araujo Moran, en el terreno que actualmente se encuentra disponible ubicado frente al parque del avión.

ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

GOBIERNO RÉOJONAL TUMBES

DOS Te. SAMMY sian PENA

CONSEJER® REGIONAL

Av. La Marina N° 200 — Tumbes 3


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7860643-086_05agosto2024 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9604161/7860643-acuerdo-consejo-regional-n086_05agosto2024.pdf