Acuerdo de Consejo Regional N.° 081_12Jul2024
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CONSEJO REGIONE:
Pa GOBIERNO REGIONAL TUMBES| 17735333 CONSEJO REGIONAL Exp. | /5 7933
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 081-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 12 de julio de 2024
VISTO:
En la Sesión Extraordinaria N° 019-2024, de fecha 12 de julio del 2024, se trató el segundo punto de agenda: “Tratamiento del Dictamen N° 003-2024/GOB. REG. 2%, TUMBES-CO!, relativo a la aprobación de la donación de 440 GLN de combustible y “NPetróleo Diesel), Y 62 GLN de combustible (GASOLINA) ambos de procedencia xtranjera, la misma que tiene un valor en dólares de 2,345.56 (USD), adjudicados or la Superintendencia Nacional De Aduanas Y De Administración Tributaria - / SUNAT a favor de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones Tumbes”, formulado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Infraestructura,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)";
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13° establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 15% de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, por otro lado, el artículo 39° de la Ley ut supra, señala lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";
Que, siguiendo ese orden, el artículo 21% de acotada ley establece que son atribuciones del Gobernador Regional ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su artículo 16°, inciso c) señala que son obligaciones de los Consejeros Regionales de Tumbes, “integrar las comisiones ordinarias, investigadoras y especiales”. En su artículo 103°, precisa que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas el Consejo
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Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden ser ordinarias, investigadoras y especiales”;
Que, la Resolución Gerencial General Regional N° 000117 — 2023/GOB. REG. TUMBES-GGR, aprobó la Directiva N° 003-2023/GOB. REG. TUMBES-GGR- \GRPPAT-SGDI-SG, denominada: “Procedimientos para la Gestión de las Donaciones en el Pliego del Gobierno Regional Tumbes;
Que, mediante RESOLUCIÓN DE OFICINA N° 000014-2024-SUNAT/3J0300, de fecha 16 de febrero del 2024 la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT adjudico a favor de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones Tumbes la mercancía referente a 440 GLN DE COMBUSTIBLE (PETROLEO DIESEL) Y 62 GLN DE COMBUSTIBLE (GASOLINA), ambos de procedencia extranjera, con un valor de S$2,345.56 (Dos Mil Trecientos Cuarenta y Cinco con 56/100 dólares) con Documento de Salida N° 019222024- 000015, con un peso total de 1,581.600 kg, y cantidad total de 502.000 galones. A ello, a través del ACTA DE ENTREGA 019312024-000047 SUNAT, de fecha 29 de febrero del 2024, se hace efectiva la entrega de dicha donación al sector antes citado;
Que, a través del INFORME N° 00055-2024/GOB. REG. TUMBES-DRSTC-DR-OAUABAST, de fecha 03 de abril del año 2024, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento
- CPC. Yony Farfán Estrada, alcanzo al Jefe de la Oficina de Administración — Econ. Luis Alberto Peña Rodríguez, el Informe Técnico respecto a la donación de 440 GLN DE COMBUSTIBLE (PETROLEO DIESEL) Y 62 GLN DE COMBUSTIBLE (GASOLINA), ambos de procedencia extranjera, con un valor de S$2,345.56), indicando que mencionada donación permitirá la entidad poner operativas sus unidades móviles, a efectos de poder movilizar al personal y materiales a las zonas donde se vienen ejecutando los servicios en busca de los objetivos y metas establecidas;
Que, a través del INFORME N° 00076-2024/GOB. REG. TUMBES-DRSTC-OAL, de fecha 16 de abril del 2024, el Asesor Legal Externo de la DRSTC — Abog. Daniel Castillo Castillo, informo al Director Regional de Transportes y Comunicaciones Tumbes — Mg. Abog. Nick Rojas Prescott, sobre el trámite para la aceptación de donación de bienes muebles que se encuentran en territorio nacional relacionado a 440 galones de combustible (PETRÓLEO DIESEL) y 62 galones de combustible (GASOLINA) ambos de procedencia extranjera con un valor de S$2,345.56. Asimismo, recomienda elevar los actuados a través de la Gerencia General Regional al Consejo Regional, con la finalidad que tome conocimiento y efectúe la deliberación respectiva, tomando el Acuerdo de Consejo Regional que corresponda, conforme a la DIRECTIVA N° 003-2023/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada “PROCEDIIENTOS PARA LA GESTION DE LAS DONACIONES EN EL PLIEGO GOBIERNO REGIONAL TUMBES;
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Que, mediante el OFICIO N* 00226-2024/GOB. REG. TUMBES-DRSTC-DR, de fecha 18 de abril del 2024, el Director Regional de Transportes y Comunicaciones — A Mg. Abog. Nick Rojas Prescott alcanzo al Gerente General Regional — Mg. Cpc. Juan
a Sinchi Osorio, el expediente de donación, con la finalidad de que se proceda a
on el trámite respectivo y posteriormente, sea elevado al Pleno del Consejo egional para su aprobación correspondiente mediante Acuerdo de Consejo Regional;
Que, a través del ACTA DE SESION DE COMISION N° 018-2024, de fecha 02 de mayo del 2024, los Consejeros Regional integrantes de la Comisión Ordinaria de Infraestructura, se constituyeron a las instalaciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones para verificar el estado de la donación de 440 GLN DE COMBUSTIBLE (PETROLEO DIESEL) Y 62 GLN DE COMBUSTIBLE (GASOLINA), ambos de procedencia extranjera, con un valor de S$2,345.56., adjudicados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, mediante la RESOLUCIÓN DE OFICINA N° 000014-2024- SUNAT/3J0300, de lo cual se constató la existencia de dicha donación en su totalidad;
Que, mediante INFORME N° 007-2024/GOB. REG. TUMBES- DRSTC-DR-OAUABAST-UCP, de fecha 24 de mayo del 2024, el Jefe de la Unidad de Patrimonio — CPC. Juan E. Seminario Gonzales, alcanzo al Jefe de la Oficina de Administración de la DRSTC el INFORME TECNICO respecto a la donación de 440 GLN DE COMBUSTIBLE (PETROLEO DIESEL) Y 62 GLN DE COMBUSTIBLE (GASOLINA), ambos de procedencia extranjera, con un valor de S$2,345.56), indicando que mencionada donación permitirá la entidad poner operativas sus unidades móviles, a efectos de poder movilizar al personal y materiales a las zonas donde se vienen ejecutando los servicios en busca de los objetivos y metas establecidas;
Que, a través del INFORME N° 00123-2024/GOB. REG. TUMBES-DRSTC-OAL, de fecha 28 de mayo del 2024, el Asesor Legal Externo de la DRSTC — Abog. Daniel Castillo Castillo, alcanzo al Director Regional de Transportes y Comunicaciones Tumbes — Mg. Abog. Nick Rojas Prescott, el informe legal complementario de trámite para la aceptación de donación de bienes muebles que se encuentran en territorio nacional relacionado a 440 galones de combustible (PETRÓLEO DIESEL) y 62 galones de combustible (GASOLINA) ambos de procedencia extranjera con un valor de S$2,345.56. Asimismo, recomienda elevar los actuados a través de la Gerencia General Regional al Consejo Regional, con la finalidad que tome conocimiento y efectúe la deliberación respectiva, tomando el Acuerdo de Consejo Regional que corresponda, conforme a la DIRECTIVA N° 003-2023/GOB. REG. TUMBES-GGRGRPPAT-SGDI-SG, denominada “PROCEDIIENTOS PARA LA GESTION DE LAS DONACIONES EN EL PLIEGO GOBIERNO REGIONAL TUMBES:, teniendo en
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cuenta que las opiniones de los informes técnicos y del informe legal SON FAVORABLES;
Que, mediante OFICIO N° 038-2024/GOB. REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 30 Nide mayo del 2024, el Jefe (e) de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica — Mg. Abog. Nick Rojas Prescott alcanzo al Consejero Regional — Diego Alemán Ramírez, informe £3/Hlegal sobre la donación de Mercancía de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria a favor de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones, en el cual opina lo siguiente:
PRIMERO: TÉNGASE por cumplidos los requisitos, y el procedimiento señalado en la DIRECTIVA N° 003-2023/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada “PROCEDIIENTOS PARA LA GESTION DE LAS DONACIONES EN EL PLIEGO GOBIERNO REGIONAL TUMBES”, para la aceptación de donación de combustible realizada con RESOLUCION DE OFICINA N° 000014-2024-SUNAT/3J0300, de fecha 16 de febrero del 2024, por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT.
SEGUNDO: RECOMENDAR al Consejo Regional, la aceptación de la indicada donación.
Que, en ese orden, los miembros de la Comisión Ordinaria de Infraestructura formularon el Dictamen N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-CO!I, sobre aprobación de la donación de 440 Gin de combustible (Petróleo Diesel) y 62 Gin de combustible (Gasolina) ambos de procedencia extranjera, la misma que tiene un valor en dólares de 2,345.56 (USD), adjudicados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT a favor de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones Tumbes", recomendando lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el DICTAMEN N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-COI, formulado por la Comisión Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APRUÉBESE la donación de 440 Galones de combustible (petróleo diésel) y 62 Galones de combustible (Gasolina), ambos de procedencia extranjera, donados por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, a través de la RESOLUCIÓN DE OFICINA N° 000014-2024-SUNAT/3J0300, y ACTA DE ENTREGA 019312024-000047 SUNAT, a favor de la DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TUMBES”, según el siguiente
detalle: ACTA DE | aACTADE | Numero pe acta | PES Jestapo| canr. | um | DESCRIPCIÓN DELA | VALOR de CEN) KG MERCANCIA US$ 1 | D19402024- | 049.0205-2024-000008 | 640.000 | NUEVO | 200.000 CAL romana | 948.00 2 | 019402024 | 019-0300-2024-000020 | 288.000 | NUEVO | 90.000 | GAL e Dee ee. | 4288 a | 019102024 | 019-0300-2024-000020 | 11.200 | NUEVO | 4.000 | GAL COMBUSTIBLE GASOLINA DE | 18:32 a | 019102024 | 019.0300-2024-000029 | 480.000 | NUEVO | 150.000 | GAL COMBUSTIBLE DIESEEDE, | 1687
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019102023- COMBUSTIBLE “GASOLINA” 5 | dorso | O19-0400-2023-000076 | 117.600 | NUEVO 42.000 |GAL lo enencia extRaNERa | 192.36
019-0400-2023-000079 | 44.800 | NUEVO | 16.000 | GAL | promebeneia exa suero. | 7328
6 019102023- 001589
TOTAL 2,345.56
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional, a la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones Tumbes, para conocimiento y acciones respectivas. Exhortándole que citada donación debe ser utilizada para los fines pertinentes, en cumplimiento a la normatividad legal vigente.
ARTÍCULO CUARTO. - DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite a la lectura y aprobación del acta correspondiente.
Que, en el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, después del tratamiento del segundo punto de agenda expuesto en el Visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Tumbes aprobó el Dictamen N° 003- 2024/GOB. REG. TUMBES-COI por unanimidad;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el DICTAMEN N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-COI, formulado por la Comisión Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APRUÉBESE la donación de 440 Galones de combustible (Petróleo Diésel) y 62 Galones de combustible (Gasolina), ambos de procedencia extranjera, donados por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, a través de la RESOLUCIÓN DE OFICINA N° 000014-2024-SUNAT/3J0300, y ACTA DE ENTREGA 019312024- 000047 SUNAT, a favor de la DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES TUMBES”, según el siguiente detalle:
[| acta DE RECEPCIÓN | NUMERO DE ACTA PESO ESTADO | CANT. | UNI cage ‘A “ae SIA (ORIGEN) 4 | 019102024- | 445.9905.2024-000006 | 640.000 | NUEVO | 200.000] GAL | “YES RToRNA | 948.00 000048 a ál Ñ * s ECUATORIANA :
019102024- COMBUSTIBLE DIESEL DE
2 000045 019-0300-2024-000020 | 288.000 | NUEVO | 90.000 | GAL | erocevencia extranjera | 426.6 019102024- COMBUSTIBLE GASOLINA DE
3 000044 019-0300-2024-000029 | 11.200 | NUEVO | 4.000 | GAL | procenenciaextransera | 18-32
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019102024-
COMBUSTIBLE DIESEL DE
4 | 19102024 | 019.0300-2024-000029 | 480.000 | NUEVO | 150.000 GAL | psogeoeNcinextaawera | 887 5 | 019102023- | 019.0400-2023-000076 | 117.600 | NUEVO | 42.000 | GAL _COMBUSTIBLE"GASOLINA’ | 192.36 e | O1910202%- | 019.0400-2023-000079 | 44.800 | NUEVO | 16.000 | GAL ¿SoMBUSTIBLE GASOLINA, | 73:28
TOTAL 2,345.56
ARTÍCULO TERCERO. — NOTIFICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional, a la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones Tumbes, para conocimiento y acciones respectivas. Exhortándole que citada donación debe ser utilizada para los fines pertinentes, en cumplimiento a la normatividad legal vigente.
ARTÍCULO CUARTO. — DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del
trámite a la lectura y aprobación del acta correspondiente.
ARTÍCULO QUINTO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
NS UMBES
Tc. SAMMY al PEÑA
CONSEJERD REGIONAL
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