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071-2025 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 071-2025_04AGOSTO2025

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CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Doc.

CONSEJO REGIONAL

ZS 23

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 071-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 04 de agosto del 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 015-2025, de fecha 04 de agosto del 2025, se debatió el punto de agenda: Tratamiento del pedido de Reconsideración del Acuerdo de Consejo Regional No 061-2025/GOB.REGaTUMBES-CR-CD, que desaprobó ei Dictamen No 008-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS, formulado por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Abog. Romario Rai Prescott Núñez

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley N 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, el artículo 20 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal",

Que, el artículo 130 de la mencionada Ley, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, el inciso a) del artículo 150 señala que el Consejo Regional

tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, la Ley NO 31433, que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, en el inciso a) del artículo 160 establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: Proponer normas y acuerdos regionales;

Que, el literal o) del artículo 210 de acotada Ley, señala que son atribuciones del Gobernador Regional: Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional; Av. La Marina NO 200 — Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 071-2025/GOBnREG.TUMBES-CR-CD

Que, de conformidad con el artículo 390 de citada Ley, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su articulo 30, numeral 32, señala que el Consejo Regional ejerce la función normativa a través

de la dación o aprobación, modificación y derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio

cumplimiento. Por su parte, el artículo 1030, precisa que: "Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden ser ordinarias, investigadoras y especiales"; ue, citada normatividad en el artículo 1 1 10, señala que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, cuenta con la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social. A su turno, el artículo 1150 de mencionado normativo, señala que

cuerpo

Comisión Ordinaria de Desarrollo Social se pronuncia sobre asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, referidas a la finalidad, misión y las funciones específicas regionales de citada comisión; la

Que, la Directiva N 001-2020-EF/54.01, denominada "Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos-RAEE", tiene por objeto regular los procedimientos para la gestión de los bienes muebles estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE, a fin de prevenir impactos negativos en el ambiente y garantizar la trazabilidad del manejo de bienes calificados medio

corno RAEE; Que,

mediante Acuerdo de

Consejo

Regional

NO

062-2025/GOB.REG.

TUMBES-CR-CD, de fecha 18 de julio del 2025, se aprobó la reconsideración del Acuerdo de Consejo Regional NO 061-2025/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, y consecuentemente sea agendado en una próxima Sesión de Consejo Regional, a fin de contar con la participación del Jefe de la Oficina de Control Patrimonial y equipo técnico, para el sustento respectivo; Que, en el desarrollo de la Sesión Extraordinaria, la asistente de la Oficina de Control Patrimonial, Sra. Yamilet Baca Feijoo, sustentó que el procedimiento llevado a cabo se realizó de conformidad con 10 establecido en la Directiva N" 001-2020-EF/54.01, denominada "Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)", dejando constancia que se solicitó la presencia del Órganode Control Institucional para que participe del sorteo como veedor, expresando que ellos no

Av. La Marina NO 200

Tumbes

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participan de este tipo de actos administrativos. Dicho sorteo se realizó de manera virtual con las 14 empresas participantes, un miembro designado por la Jefa de la Oficina Regional de Administración y la Oficina de Control Patrimonial, quedando conforme todas las empresas una vez culminado el proceso. Por su parte, el Consejero Regional, Abog. Romario Rai Prescott Núñez, realizó la consulta si una vez concluido el sorteo, existe un plazo para que una de las empresas pueda hacer algún acto de apelación, a 10 que la servidora agregó que no existe ningún plazo y que más bien se podría tener algún problema por parte de la empresa ganadora dado que ellos han cumplido en participar en este procedimiento; Que, por su parte, el Consejero Regional, Ing. Diego Alemán Ramírez, manifestó que en la región Tumbes existen diversos institutos y centros de educación técnico productivo que tienen la especialidad de electrónica, realizando la consulta del por qué no se le pudo donar a estas instituciones para que puedan hacer sus prácticas con sus alumnos, a lo que la servidora señaló que no se puede dado que estos bienes ya son residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, la única disposición que tienen es ser donados a sistemas de manejo RAEE que poseen un plan de manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente, ello debido al alto grado de contaminación que poseen, descartando que el Consejo Regional de Tumbes vaya a tener algún problema legal en caso de aprobarse, aunado a que se cuenta con la opinión legal que indica que todo eI procedimiento administrativo se ha realizado en concordancia con la Directiva NO 001-2020-EF/54.01 el mismo que después de un arduo debate, fue aprobado por mayoría, con cinco votos a favor y dos votos en contra; ,

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional NO 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR; ,

SE ACORDO POR MAYORIA:

ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR ei DICTAMEN NO 008-2025/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, sobre ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN DE DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO (2,231), BIENES MUEBLES PATRIMONIALES CALIFICADOS COMO RESIDUOS DE APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS (RAEE), A FAVOR DE RECICLAJE Y TECNOLOGIA PERU SAC-RECYTEC, formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tumbes.

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR ei Acuerdo de Consejo Regional al Gobernador Regional de Tumbes, para conocimiento y acciones respectivas, de

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NO 071-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD conformidad con los procedimientos normatividad legal vigente.

ARTÍCULO TERCERO.

administrativos

detallados

en

la

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de

Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

RNO REGION

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7937295-071-2025_04agosto2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9701493/7937295-acuerdo-consejo-regional-071-2025_04agosto2025.pdf