Acuerdo de Consejo Regional N.° 069-2025_01AGOSTO2025
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O REGIONAL TUMBES
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NSEJO REGIONAL
despierta, siente y emoclonate
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 069-2025/GOBREG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 01 de agosto de 2025 VISTO: En la Sesión Ordinaria NO 009-2025, de fecha 01 de agosto del 2025, se debatió el pedido formulado por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Abog. Romario Rai Prescott Núñez, respecto a la aprobación del
009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS, sobre DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA REGIÓN TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DIA DE LA JUVENTUD. Dictamen
NO
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley NO 27867 mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos
públicos de su competencia;
Que, mediante la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que "EI Consejo Regional es un órgano normativo y
fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, eI artículo 380 de la citada Ley, señala que las Ordenanzas Regionales
norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo, el artículo 390 de la misma Ley, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 600 de acotada Ley, establece como Funciones en materia de
desarrollo social e igualdad de oportunidades 10 siguiente: inciso "a) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales", inciso "f) Promover una cultura de paz e igualdad de Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 069-20251GOB.REG.TUMBES-CR-CD oportunidades", inciso "h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y
vulnerabilidad";
Que, la Ley NO 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud y su modificatoria, en su artículo V del Título Preliminar, sobre los Principio de Participación establece que, "EI Estado promueve la participación de los jóvenes en la vida política, económica, cultural y social de la Nación. Promueve la
participación organizada de la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del Gobierno Local, Regional y Nacional",
Que, mediante Decreto Supremo NO 013 2019-MINEDU, se aprobó la Política Nacional de Juventudes, señala en su artículo 20 que, "La Política Nacional de Juventud es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias". Asimismo, en su Objetivo Prioritario 6 (OP6) señala la priorización de "Incrementar la participación ciudadana de la población joven"; Que, a través del Informe Técnico NO 001-2025/GOB.REG.TUMBES-GRDSSGJ-SG, de fecha 09 de abril de 2025, la Sub Gerente de Juventudes, alcanzó la Propuesta de Ordenanza Regional al Gerente Regional de Desarrollo Social, mediante la cual sustenta la declaratoria de la semana de la juventud en el Departamento de Tumbes, durante los días del 18 al 23 de septiembre del 2025,
manifestando que el desarrollo de las actividades por la ejecución de la semana de la juventud, originan efectos jurídicos (obligaciones) que deben ser avalados por la norma que lo ordena o crea los procedimientos administrativos, por lo que concluye: Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, evalúe y haga suya la
propuesta para que mediante Ordenanza Regional se DECLARE COMO SEMANA DE LA JUVENTUD EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES, DURANTE LOS DÍAS DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, 10 cual una vez avalada lo remita al responsable administrativo de la Sede Regional (Gerencia General Regional), para que requiera a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica la opinión legal correspondiente, sobre la viabilidad de citada propuesta;
Que, con Informe NO 570-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDS-GR, de fecha 22 de abril del 2025, el Gerente Regional de Desarrollo Social remite al Gerente General Regional, la DECLARATORIA DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD DURANTE LOS DÍAS DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, a fin que se solicite la opinión legal correspondiente a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y continuar con el tramite respectivo; Que, con Informe NO 479-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 29 de mayo del 2025, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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legal, al Gerente Regional de Desarrollo Social, señalando, PRIMERO: Que, se ha procedido a realizar observaciones en el extremo de los artículos del proyecto NO Informe 001de mediante Técnico Ordenanza presentado 2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-SGJ-SG, de fecha 09 de abril del 2025, sin alterar su fin, las mismas que se han precisado en el presente, debiendo ser validadas por la Sub Gerencia de Juventudes previamente, por los fundamentos expuestos en el presente informe. SEGUNDO: Que, considerando una propuesta viable que deberá ser aprobada mediante Ordenanza Regional, se recomienda, que el expediente administrativo sea remitido al Consejo Regional, a través de la Gerencia General Regional con la finalidad que se proceda a la evaluación del "Proyecto de Ordenanza Regional que Declare la Semana de la Juventud en el Departamento de Tumbes durante los días del 18 al 23 de Septiembre de cada año", en virtud a los informes técnicos sustentados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Juventudes; Que, mediante Informe NO 118-2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-SGJ-SG, de fecha 02 de junio del 2025, la Sub Gerente de Juventudes alcanza al Gerente General Regional, el levantamiento de las observaciones, optando por validar la propuesta de la reestructuración formulada por la Oficina Regional de Asesoría
quedando la parte resolutiva de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO. DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA REGIÓN DE TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DÍA DE LA JUVENTUD, y de este modo, sensibilizar a toda la población tumbesina sobre el rol crucial que desempeñan los jóvenes en el desarrollo y progreso de nuestro departamento. Durante esta semana, se impulsará la creación de diversos espacios y la realización de actividades específicas que beneficien directamente Jurídica,
a la población juvenil de la región.
Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, ha elaborado el Dictamen NO 009-2025/GOB.REG.
TUMBES-CR-CODS, sobre DECLARAR OFICIALMENTE
LA JUVENTUD EN LA REGIÓN DE TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DÍA DE LA JUVENTUD, concluyendo LA "SEMANA DE
en 10 siguiente:
CONCLUSIONES: Se cuenta con la documentación sustentatoria que motiva la emisión de la Ordenanza Regional, sobre DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA REGIÓN TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DÍA DE LA JUVENTUD.
Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 069-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional NO 03-2015/GOB. REG.TUMBES-CR;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR, ei DICTAMEN NO 009-2025/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, sobre DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA REGIÓN TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DÍA DE LA JUVENTUD, formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo
Social.
ARTÍCULO SEGUNDO.
ARTÍCULO TERCERO.
EMÍTASE la Ordenanza Regional correspondiente.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
Ajos HERRERA
REGIONAL
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7937266-069-2025_01agosto2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9701427/7937266-acuerdo-consejo-regional-069-2025_01agosto2025.pdf