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068 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 068_14Jun2024

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 068-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 14 de junio del 2024 VISTO:

En la Sesión Extraordinaria N° 018-2024, de fecha 14 de junio del 2024, se trató el segundo punto de agenda, “Tratamiento del Informe N° 002-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, del 13 de junio del 2024, sobre la investigación realizada al “Concurso Externo Publico N° 001-2023-CCP/DIRESAT por Cobertura de Plazas Vacantes y Presupuestadas del Personal Administrativo y Personal Asistencial de la DIRESA Tumbes - Periodo 2023”,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680 — Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 5), del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, señala que es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal”;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13°, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Y en su Artículo 39° señala que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el numeral 3) del artículo 132° de la Ley 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General, precisa que a falta de plazo establecido por Ley expresa las actuaciones deben producirse de la siguiente forma: “Para emisión de Dictámenes, peritajes, informes y similares: dentro de siete días después de solicitados”; pudiendo ser prorrogados a tres días más si la diligencia requiere el traslado fuera de su sede o la asistencia de terceros, Y en su numeral 4), señala: “Para actos de cargo del administrado requeridos por la autoridad, como entrega de información, respuesta a las cuestiones sobre las cuales deban pronunciarse: dentro de los diez días de lo solicitado”;

Que, el inciso b), del artículo 11° de la Ley 27806 — Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que el acceso a la información publica se sujeta a procedimientos: “La entidad de la Administración Publica a la

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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 068-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

cual se haya presentado la solicitud de información deberá otorgarla en un plazo no mayor de siete (7) días útiles; plazo que se podrá prorrogar en forma excepcional por cinco (5) días útiles adicionales, de mediar circunstancias que hagan inusualmente difícil reunir la información solicitada. En este caso, la \ entidad deberá comunicar por escrito, antes del vencimiento del primer plazo, las razones por las que hará uso de tal prórroga, de no hacerlo se considera denegado el pedido. En el supuesto de que la entidad de la Administración Pública no pasea la información solicitada y de conocer su ubicación y destino, esta circunstancia deberá ser puesta en conocimiento del solicitante”;

Que, el numeral 5), del artículo 37° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con la Ordenanza Regional N° 003- 2015/GOB.REG.TUMBES-CR, prescribe que los consejeros regionales tienen la atribución de solicitar la concurrencia del Gerente General Regional. Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Gerentes de Proyectos Especiales o a cualquier otro funcionario o servidor público a informar al pleno del Consejo Regional sobre asuntos de su gestión y competencia; debiendo presentar sus informes escritos dentro del plazo de setenta y dos (72) horas contadas desde la fecha en que le son formalmente solicitados;

Que, el inciso n), del artículo 15°, de citado reglamento interno, señala que, los consejeros regionales tienen derecho a solicitar los informes que estimen necesarios al Gerente General Regional a los Gerentes Regionales, a los Directores Regionales Sectoriales y a los Gerentes, directores, o Jefes de los Proyecto Especiales o de Unidades Ejecutoras, así como a la Administración Pública Regional y obtener respuesta oportuna; asimismo, en su artículo 108% prescribe que: "El Consejo Regional a través del Consejero Delegado, o las Comisiones a través de su Presidente, puede citar o solicitar que cualquier funcionario o servidor del pliego, así como de otros organismos del sector público y privado presenten informes u opiniones por escrito o personalmente ante el Consejo Regional o la Comisión

¿gar infor. correspondiente. La negativa a otorge: ‘.Jcymacién constituye falta disciplinaria sancionada de acuerdo al Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento, y ser pasible de acción penal de ser el caso";

Que, el artículo 115°, del mismo reglamento interno señala que la Comisión de Desarrollo Social se pronuncia sobre asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, referidas a la finalidad, misión y las funciones especificas regionales relacionadas a la comisión;

Que, la Segunda Disposición Transitoria, Complementaria y Final de mencionado Reglamento ha establecido que los funcionarios regionales que sean requeridos por los miembros del Consejo Regional o por las comisiones de Consejeros Regionales, están obligados a presentar los informes que se les solicite dentro de los plazos que señala el presente Reglamento, en forma obligatoria bajo apercibimiento y responsabilidad sin mediar autorización alguna, y con conocimiento del Gerente o jefe del Área al que pertenezcan";

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 068-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Que, mediante el INFORME N° 002-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, del 13 de junio de 2024, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, presentaron ante el Consejero Delegado del Consejo Regional sus conclusiones y recomendaciones, sobre el Concurso Externo Público N* 001-2023-CC P/DIRESAT por Cobertura de Plazas Vacantes y Presupuestadas del Personal Administrativo y “iPersonal Asistencial de la Diresa Tumbes - Periodo 2023, siendo estas las siguientes:

CONCLUSIONES:

Que sobre los 7 expedientes evaluados respecto al "Concurso Externo Público N° 001-2023- CC P/DIRESAT por Cobertura de Plazas Vacantes y Presupuestadas del Personal Administrativo y Personal Asistencial de la Diresa Tumbes - Periodo 2023" ya existió una investigación, donde la Contraloría General de la República estableció que existe un hecho irregular; y esta Comisión también inicio una investigación por los mismos hechos, sujetos y fundamentos, hecho actuaciones que afectarían el principio de ne bis in idem que está comprendido en el derecho fundamental al debido proceso previsto en el numeral 3 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú.

  • La Comisión al analizar y evaluar los diez expedientes de los postulantes, no identificó anomalía e irregularidad alguna en el procedimiento, ni respecto al cumplimiento de los requisitos, es por ello que válidamente fueron declarados aptos, siendo ello así esta Comisión respecto a los expedientes analizados no encuentra defecto alguno que podría motivar a iniciar acción contra los integrantes del Comité Evaluador. Sin peruicio, de ello la Procuraduría Pública Regional del Gobiemo Regional de Tumbes debería realizar una evaluación integral de los expedientes para que emita conclusiones y recomendaciones sobre el "Concurso Externo Público N° 001- 2023-CC P/DIRESAT por Cobertura de Plazas Vacantes y Presupuestadas del Personal Administrativo y Personal Asistencial de la Diresa Tumbes Periodo 2023".

RECOMENDACIONES:

  1. Solicitar al Pleno del Consejo Regional la aprobación del presente informe, con todos los actuados conteniendo 960 folios.

  2. Remitir el Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, con todo lo que contiene al Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes a fin de que se tome las acciones necesarias que corresponden de acuerdo a Ley.

  3. Encargar al Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes remita el presente Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, con todos los actuados

fe Contes conteniendo 960 folios, al Órgano de Zc.wiro Institucional del Gobierno Regional de Tumbes +: para que el marco de sus funciones, atribuciones y competencias inicien las acciones que correspondan.

  1. Remita el presente Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, con todos los actuados conteniendo 960 folios a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Tumbes para que en el marco de sus funciones, atribuciones y competencias realice una evaluación integral de los expedientes para que emita conclusiones y recomendaciones sobre la totalidad de los expedientes de los postulantes aptos del presente concurso externo público N° 001-2023-CP/DIRESAT por cobertura de plazas vacantes y presupuestadas del personal administrativo y personal asistencial de la DIRESA tumbes - periodo 2023

Que, en el debate de la Sesión Extraordinaria de la fecha, del tratamiento del punto de agenda visto en el presente Acuerdo de Consejo Regional, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social - Roberto Alan Rios Herrera solicito al Secretario del Consejo Regional, de lectura a las conclusiones y recomendaciones del INFORME N* 002-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS., asimismo, sustento la necesidad de contar con la aprobación de citado informe. En ese sentido, después de un arduo debate dicho informe se aprobó por unanimidad;

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3 conclu:

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 068-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03- 2015/GOB.REG.TUMBES-CR;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el Informe N° 002-2024/GOB. REG. TUMBESCR-CODS, del 13 de junio del 2024, formulado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, sobre la investigación realizada al “Concurso Externo Publico N° 001-2023-CCP/DIRESAT por Cobertura de Plazas Vacantes y Presupuestadas del Personal Administrativo y Personal Asistencial de la DIRESA Tumbes — Periodo 2023”.

ARTÍCULO SEGUNDO. - REMITIR el Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBESCR-CODS, con todo lo que contiene al Gobernador Regional de Tumbes — Ing. Segismundo Cruces Ordinola a fin de que se tome las acciones necesarias que corresponden de acuerdo a Ley.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR al Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes remita el Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBESCR-CODS, con todo lo actuado, conteniendo 960 folios, al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Tumbes, para que el marco de sus funciones, atribuciones y competencias inicien las acciones que correspondan.

ARTÍCULO CUARTO. - REMITIR el Informe N° 002-2024/GOB.REG. TUMBESCR-CODS, con todo lo actuado, conteniendo 960 folios, a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Tumbes, para que en el marco de sus funciones, atribuciones y competencias emita gue e; siones y recomendaciones sobre la totalidad de los expedientes de los postulantes aptos del presente Concurso Externo Público N° 001-2023-CP/DIRESAT, por cobertura de plazas vacantes y presupuestadas del personal administrativo y personal asistencial de la DIRESA Tumbes - Periodo 2023.

ARTÍCULO QUINTO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

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CONSEJERO REGIONAL

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