Acuerdo de Consejo Regional N.° 064_03Jun2024
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(A) 3isGeDo a GOBIERNO REGIONAL TUMBES | /ad3zor CONSEJO REGIONAL EPT
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 064-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 03 de junio del 2024 VISTO:
En la Sesión Ordinaria N° 06-2024 del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, del 03 de junio de 2024, del pedido formulado por Consejero Regional Roberto Alan Ríos Herrera, sobre el “Tratamiento del INFORME N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, de fecha 30 de mayo del 2024, formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, con asunto: TOMAR MEDIDAS CORRECTIVAS”.
pS ESOO
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley N.* 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Titulo IV, sobre Descentralización; Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 14°, Inciso b) penúltimo párrafo, establece que el Consejo Regional para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas organiza su trabajo en Comisiones;
Que, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante INFORME N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, del 30 de mayo del 2024, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social informaron al Consejero Delegado, sobre tomar medidas correctivas referente al proceso investigatorio relacionado a los “Servicios generados en las Instituciones Educativas del Departamento de Tumbes, en los que se hayan implementado Malla Raschel”; en dicho informe se arribó a las conclusiones y recomendaciones siguientes:
CONCLUSIONES: Los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social arriban a las siguientes conclusiones:
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
PR GOBIERNO REGIONAL TUMBES
CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 064-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
La existencia de presumible responsabilidad por parte del Gerente Regional de Infraestructura por la falta de seguimiento para que los proveedores Coronado Palomeque y Mónica Lysset Moran Díaz, cumplan con realizar las acciones correctivas en los servicios efectuados en el año 2022, en las instituciones educativas “I.E. N°138 Eduardo Ávalos Bustamante” y la “I.E. 051 Virgen de Fátima”, considerando la función básica establecida en el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tumbes que establece “Es responsable de conducir, administrar, evaluar y monitorear el cumplimiento de los procedimientos, normas, directivas y términos contractuales de la ejecución física de proyectos, estudios, supervisiones, mantenimiento y otros de los programas y/o proyectos de infraestructura, contenidos en el programa de inversión y los planes de desarrollo, infraestructura vial, saneamiento, transportes, comunicaciones y telecomunicaciones en la Región Tumbes”.
Laexistencia de presunta responsabilidad de los proveedores Coronado Palomeque y Mónica Lysset Moran Díaz quienes ejecutaron los servicios en el año 2022, de instalación de malla raschel en las instituciones educativas “I.E. N138 Eduardo Ávalos Bustamante” y la “LE. 051 Virgen de Fátima”, con deficiencias o vicios ocultos, donde pese a ser notificados para que levanten las observaciones y efectúen las medidas correctivas en reiterativas oportunidades hicieron caso omiso a los requerimientos efectuados, lo que presumiblemente hace inferir la existencia de responsabilidad conforme lo establece el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley de Contrataciones del Estado Ley N30225, ya que el contratista es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos por un plazo no menor de un (1) año contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad. Y teniendo en cuenta que a los proveedores en el mes de marzo de 2023 se les puso de conocimiento de la existencia de las deficiencias de los servicios brindados se encontraban dentro del periodo de garantía consignados en las respectivas ordenes de servicio; sin embargo, no efectuaron las acciones correctivas.
RECOMENDACIONES:
La Comisión Ordinaria de Desarrollo Social solicita eleve el presente informe con todos los actuados conteniendo quinientos veintiún (521) folios al Pleno del Consejo Regional de Tumbes, con el fin que luego de ser evaluado y tratado, sea aprobado junto con las siguientes recomendaciones:
- Recomendar al Gobernador Regional de Tumbes se efectúen las medidas disciplinarias contra el personal de la Gerencia de Infraestructura del Gobierno Regional de Tumbes, por presumiblemente no realizar acciones idóneas e inmediatas contra los proveedores Mónica Lysset Moran Díaz y Agustín Coronado Palomeque, para que corrijan los defectos de la ejecución de los servicios “Colocación de Malla Raschel en Patio y Plataforma Deportiva de la 1.E. 051 Virgen de Fátima, del distrito, provincia y departamento de Tumbes” y “Instalación de cobertura de Malla Raschel en la 1.E. 138 Eduardo Ávalos Bustamante, del distrito, provincia y departamento de Tumbes”, considerando que al momento que se les puso de conocimiento de los hechos se encontraban dentro del periodo de garantía.
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 2
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 064-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Recomendar al Gerente Regional de Infraestructura supervisar periódicamente - dentro del plazo de garantía - los servicios que se ejecuten, a fin de verificar la calidad del servicio y su estado.
Recomendar que se ponga de conocimiento a Secretaría Técnica de Procedimientos Disciplinarios, para que evalúe la pertinencia de iniciar las acciones disciplinarias contra el personal de la Gerencia Regional de Infraestructura por las presuntas omisiones incurridas; asimismo, luego de ello dentro de un plazo razonable se nos informe que acciones o medidas disciplinarias se efectuaron.
Recomendar que se ponga de conocimiento al Órgano de Control Interno para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.
Recomendar que se ponga de conocimiento de los hechos a la Contraloría General de la República para que se inicien las acciones legales que correspondan.
Que, en el desarrollo de la Sesión Ordinaria de la fecha, del tratamiento del pedido consignado en el visto en el presente Acuerdo de Consejo Regional, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social — Roberto Alan Ríos Herrera, dio lectura a las conclusiones y recomendaciones del INFORME N° 003- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS; luego del cual solicito al Pleno del Consejo Regional la aprobación del mismo, en el cual después de un arduo debate fue aprobado por unanimidad;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el INFORME N° 003-2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social.
ARTÍCULO SEGUNDO. — RECOMENDAR al Gobernador Regional de Tumbes se efectúen las medidas disciplinarias contra el personal de la Gerencia de Infraestructura del Gobierno Regional de Tumbes, por presumiblemente no realizar acciones idóneas e inmediatas contra los proveedores Mónica Lysset Moran Díaz y Agustín Coronado Palomeque, para que corrijan los defectos de la ejecución de los servicios “Colocación de Malla Raschel en Patio y Plataforma Deportiva de la I.E. 051 Virgen de Fátima, del distrito, provincia y departamento de Tumbes” y “Instalación de cobertura de Malla Raschel en la I.E. 138 Eduardo Ávalos Bustamante, del distrito, provincia y departamento de Tumbes”,
Av. La Marina N° 200 - Tumbes 3
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 064-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
considerando que al momento que se les puso de conocimiento de los hechos se encontraban dentro del periodo de garantía.
ARTÍCULO TERCERO. - RECOMENDAR al Gerente Regional de Infraestructura supervisar periódicamente - dentro del plazo de garantía - los servicios que se ejecuten, a fin de verificar la calidad del servicio y su estado.
ARTÍCULO CUARTO. - RECOMENDAR que se ponga de conocimiento a Secretaría Técnica de Procedimientos Disciplinarios, para que evalúe la pertinencia de iniciar las acciones disciplinarias contra el personal de la Gerencia Regional de Infraestructura por las presuntas omisiones incurridas; asimismo, luego de ello dentro de un plazo razonable se nos informe que acciones o medidas disciplinarias se efectuaron.
ARTÍCULO QUINTO. - PONER de conocimiento al Órgano de Control Interno del Gobierno Regional de Tumbes para que efectué las acciones que correspondan dentro de sus competencias.
ARTÍCULO SEXTO. - RECOMENDAR que se ponga de conocimiento de los hechos a la Contraloría General de la República para que se inicien las acciones legales que correspondan.
ARTÍCULO SEPTIMO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
EN GOBIERNO/REGIONAL TUMBES y
Tc. SAMMY irc UZ PEÑA
CONSEJERO REGIONAL
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 4
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