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062-2026 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 062-2026_15ABRIL2026

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL

despierta, siente y emocionate

"Año de la Esperanza y eI Fortalecimiento de la Democracia"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 062-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Doc.

030 3 21

Tumbes, 15 de abril del 2026 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 12-2026, de fecha 15 de abril del 2026, se debatió el punto de agenda referido al Tratamiento del pedido de aprobación de apertura de investigación y Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) elaborado por el Consejero Regional Ing. Diego Alemán Ramírez, sobre: "FISCALIZAR LA LIQUIDACIÓN TÉCNICA FINANCIERA DE LA OBRA: "CONSTRUCCIÓN DEL MURO DE CONTENCIÓN EN EL IESTP CMVO ZORRITOS", solicitado con ei Oficio NO 022-2026/GOB. REG. TUMBES-CR-DAR.

ONSIDERANDO: ue, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece 10 que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (...)"

Que, conforme a los artículos 1880 y 1920 de la Constitución Política del Perú, la descentralización constituye una política permanente del Estado orientada al desarrollo integral del país, siendo competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo social y garantizar la adecuada prestación de los servicios públicos en su jurisdicción; Que, el artículo 130 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador, encargado de ejercer funciones de control político sobre la gestión del Gobierno Regional y sus

órganos desconcentrados;

Que, el inciso a) del artículo 160 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, modificado por la Ley NO 31433, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: Proponer

normas y acuerdos regionales;

Que, conforme 10 dispone el artículo 390 de la citada Ley, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley NO 31812, Ley que modifica la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el inciso k. del artículo 150 de la Ley NO 27867, de la forma como sigue "Son atribuciones del Consejo Regional: (..a) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en eI presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los Av. La Marina NO 200 -Tumbes

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NO 062-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y eI apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalizacion ,

Que, de la misma forma, el artículo 30 de la Ley Ut Supra, modificó la Primera Disposición Complementaria Final, precisando 10 que a la letra dice: "PRIMERA. Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales

y consejos regionales. Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren el numeral 22 del artículo 90 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el literal k del artículo 150 de la Ley 27867, Ley Orgánica de b) EI monto de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera:

os recursos incor orados anualmente en el resu uesto institucional de ertura PIA de los obiernos re ionales no uede ser inferior al uno or ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la qenérica de gasto bienes V servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del plieqo. EI reqistro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de la función de fiscalización. c) De requerirse la los recursos asignados para habilitación de mayores recursos para asequrar el financiamiento de la función de fiscalización, tanto de las municipalidades como de los gobiernos reqionales, que los señalados en los literales a V b, durante la fase de ejecución presupuestal, dichos qobiernos reqionales y qobiernos locales quedan exceptuados de las restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestarias en eI nivel funcional proqramático, solo para habilitar recursos para la referida función de fiscalización. d) Los consejos regionales V concejos municipales aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el proqrama de acciones de fiscalización, con arreqlo a los montos asignados según los literales a V b y los procedimientos señalados en la normativa viqente. e) Los regidores municipales V consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 001-2026/GOB. REG. TUMBESCR-CDe el Pleno del Consejo Regional de Tumbes aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF), formulado con ei Oficio NO 001-2026/GOB.REG.TUMBESCR, por los señores consejeros regionales Roberto Alan Ríos Herrera, Sammy Edward Cruz Peña, Romario Rai Prescott Núñez, Boris Regino Pardo Vinces, Jenrry Mario Risco Castillo y Miguel Bustamante Farias; Que, mediante Oficio No 022-2026/GOB. REG. TUMBES-CR-DAR, de fecha 14 de abril del 2026, el Consejero Regional Ing. Diego Aleman Ramírez solicitó al Consejero Delegado del Consejo Regional de Tumbes, la aprobación de apertura de investigación y Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización de los Consejeros Regionales (PTAF) denominado: "FISCALIZAR LA LIQUIDACIÓN TÉCNICAAv. La Marina NO 200 — Tumbes

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FINANCIERA DE LA OBRA: "CONSTRUCCIÓN DEL MURO DE CONTENCIÓN EN EL IESTP CMVO ZORRITOS"; Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, al tratarse el punto de agenda señalado en el Visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el citado Consejero Regional sustentó las razones que justifican la aprobación y apertura del referido PTAF; Que, en ese contexto, resulta pertinente que el Consejo Regional, en ejercicio de su función fiscalizadora, disponga el inicio de la actividad de fiscalización correspondiente, a efectos de garantizar la transparencia, legalidad y correcta

gestión de los recursos públicos;

Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; ,

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR ei inicio de la investigación sobre Fiscalización sobre: FISCALIZAR LA LIQUIDACIÓN TÉCNICA FINANCIERA DE LA OBRA:

"CONSTRUCCIÓN

DEL MURO

DE

CONTENCIÓN

ZORRITOS"; el mismo que será desarrollado Aleman Ramírez. ARTÍCULO SEGUNDO.

EN

el Consejo

EL IESTP CMVO Regional Ing. Diego

APROBAR ei Plan de Trabajo de la Actividad de Regional Ing. Diego Aleman Ramírez, sobre: (PTAF) FISCALIZAR LA LIQUIDACIÓN TÉCNICA FINANCIERA DE LA OBRA:

Fiscalización

el Consejo

"CONSTRUCCIÓN DEL MURO DE CONTENCIÓN EN EL IESTP CMVO ZORRITOS"; el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTÍCULO TERCERO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHíVESEa REG

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TUMBES

Av. La Marina NO 200 — Tumbes


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/8027713-062-2026_15abril2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9824467/8027713-acuerdo-consejo-regional-062-2026_15abril2026.pdf