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058-2026 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 058-2026_15ABRIL2026

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Reo,

CONSEJO REGIONAL

desp4erta, siente y emocionate

SisGeDo

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 058-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

CONSEJO Doc. EXP.

C)

038 / 3 Lh

Tumbes, 15 de abril de 2026 VISTO: REGIO

En la Sesión Extraordinaria NO 012-2026 del Consejo Regional de Tumbes, de fecha 15 de abril de 2026, se trató como punto de agenda el Informe de la irectora Regional de Salud de Tumbes, sobre los siguientes temas: • • • •

Mantenimiento de las ambulancias. Falta de personal médico. Limpieza y seguridad en los diferentes centros de salud. Estado situacional del programa de abate. Estado situacional leptospirosis en nuestra región, otros.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece 10 que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, eI artículo 390 de acotada Ley, establece lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o

institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente Reglamento; Que, mediante Oficio NO 199-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 14 de abril de 2026, se citó a la Directora Regional de Salud de Tumbes, Mg. Obst. Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES (BTMBES CONSEJO REGIONAL

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"Año de la Esperanza y el Fortalecimientode la Democracia"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 058-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Lisseth Roxana Chacaltana Crisanto, a fin de que brinde el informe correspondiente sobre los temas señalados en el Visto; Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, la Directora Regional de Salud,

acudió acompañada del Jefe de la Oficina de Transportes y del Jefe de la Oficina de Logística, donde informó sobre el estado situacional de las ambulancias, señalando que la mayoría se encuentran operativas y otras en mantenimiento; asimismo, indicó que dos (02) ambulancias se encontrarían retenidas en un taller mecánico debido a deudas pendientes de pago; Que, en ese contexto, el Consejero Regional Sammy Edward Cruz Peña manifestó su preocupación respecto a la falta de acciones para la recuperación de dichos bienes del Estado, proponiendo que se solicite un informe al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud sobre las medidas adoptadas. Por 10 que luego del debate correspondiente, el Pleno del Consejo Regional consideró pertinente adoptar el acuerdo respectivo; Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053 y otras, y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; ,

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO.

SOLICITAR a la Directora Regional de Salud de la Oficina de Asesoría Jurídica de su Tumbes, que disponga representada remita a este Consejo Regional, en un plazo no mayor de setenta y dos (72) horas, un informe detallado y documentado sobre las medidas adoptadas para la recuperación de las dos (02) ambulancias pertenecientes a Cancas y Aguas Verdes, las cuales se encontrarían presuntamente retenidas de un taller mecánico por incumplimiento de pago.

al Jefe de

ARTÍCULO SEGUNDO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de

Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNíQUESE Y ARCHÍVESE.

G

LERNO

Ing. DIEGO

Av. La Marina NO 200

Tumbes

ALEMANRAMIREZ


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/8049752-058-2026_15abril2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9853493/8049752-acuerdo-consejo-regional-058-2026_15abril2026.pdf