Acuerdo de Consejo Regional N.° 055_14May2024
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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 055-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 14 de mayo del 2024 VISTO:
En la Sesión Extraordinaria N° 016-2024 del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, del 14 de mayo de 2024, al tratamiento del punto de agenda: “Tratamiento del Dictamen N° 011-2024/GOB. REG. TUMBES- ¿Ny COPPAT, “Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
¡Pliego Gobierno Regional Tumbes”, presentado en minoría por el Consejero Regional Miguel Bustamante Farias”.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Politica del Perú, modificada por la Ley N° 28607, Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú, la misma que en su artículo 191° establece que, la estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes ce la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley;
Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, en su artículo 14°, establece que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en comisiones”; en su artículo 15°, inciso k., señala que el Consejo Regional tiene la atribución de: “Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”;
Que, de conformidad con el artículo 39° de citada Ley, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante el Dictamen N° 011-2024/GOB. REG. TUMBES-COPPAT, presentado en minoría por el Consejero Regional Miguel Bustamante Farias, sobre propuesta de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Pliego Gobierno Regional Tumbes;
Que, en el tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Regional Diego Alemán Ramírez manifestó que el Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Pliego Gobierno Regional Tumbes no se ha considerado a la Gerencia Regional de Desarrollo Cultural, creada con la Ordenanza Regional N° 014- 2024/GOB. REG. TUMBES-CR-CD;
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 055-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Que, en ese orden el Consejero Regional Diego Alemán Ramírez propuso al Pleno del Consejo Regional que mediante Acuerdo de Consejo Regional se manifieste el deslinde de todo tipo de responsabilidad ante la no aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Pliego Gobierno Regional Tumbes, por la existencia de la Ordenanza Regional N° 014-2019/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, que crea la Gerencia Regional de Desarrollo Cultural, dependiente de la Gerencia General Regional, la misma que se encuentra en vigencia, y que no ha sido considerada en el proyecto del ROF que se pretendería hacer aprobar por este Colegiado. De la misma forma, se debe diligenciar a la Contraloría General de la Republica y al Procurador Publico Regional, para las acciones legales correspondientes;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. — DESLINDAR todo tipo de responsabilidad, ante la no aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Pliego Gobierno Regional Tumbes, por la existencia de la Ordenanza Regional N° 014- 2019/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, que crea la Gerencia Regional de Desarrollo Cultural, dependiente de la Gerencia General Regional, la misma que se encuentra en vigencia, y que no ha sido considerada en el proyecto del ROF que se pretendería hacer aprobar por este Colegiado.
ARTICULO SEGUNDO. -— DILIGÉNCIESE el presente a la Gerencia Regional de Control de Tumbes y al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Tumbes, para las acciones legales correspondientes.
ARTICULO TERCERO. —DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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Av. La Marina N° 200 — Tumbes 2
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