Skip to content
L Legalize.pe
052-2026 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 052-2026_07ABRIL2026

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

o Reo'

CONSEJO REGIONAL

despierta, siente y emocionate

SisGe(Jt.b

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia'

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 052-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

CONSEJO Doc. F,XPe

Z

23 q 30.

Tumbes, 07 de abril de 2026

VISTO: En la Sesión Ordinaria NO 04-2026 del Consejo Regional de Tumbes, de fecha 07 de abril de 2026, se trató como punto de agenda referido al Informe del eneral de la Policía Nacional y del Secretario Técnico del Comité Regional de guridad Ciudadana CORESEC Tumbes, sobre las medidas adoptadas por el cremento de la inseguridad ciudadana en nuestra región,

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada eI 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: 'ILos gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su ) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman

competencia.

el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, el artículo 390 de acotada Ley, establece 10 que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o

institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOR REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia del Regional, su estructura, organización, Gobierno fiscalizadora y normativa competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente Reglamento;

Que, mediante Oficio NO 175-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 06 de abril de 2026, se citó a Sesión Ordinaria del Consejo Regional a la Av. La Marina NO 200

Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

desplerta, siente y emocionate

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 052-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Gobernadora Regional (e), Avelina del Rosario Palacios Palacios de De Lama, a fin de que informe sobre el punto descrito en el Visto del presente Acuerdo; Que, con Oficio NO 176-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, de fecha 06 de abril de 2026, se citó a Sesión Ordinaria del Consejo Regional al secretario técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) Lic. Jorge Luis Velazco Sánchez, para que brinde el informe correspondiente respecto de los asuntos materia del presente Acuerdo; Que, mediante Oficio NO 177-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR, se citó al General de la Policía Nacional del Perú, Luis Enrique Pacheco Cornejo, a fin de región; que exponga sobre la situación de la seguridad ciudadana en la Que, durante el desarrollo de la sesión, el General de la Policía Nacional del Perú

expresó su preocupación por las deficiencias en logística e infraestructura que presenta la Región Policial de Tumbes, lo cual limita el adecuado desempeño de sus funciones; Que, en ese contexto, el Consejero Regional Prof. Miguel Bustamante Farías propuso al Pleno del Consejo Regional declarar de necesidad pública e interés regional la instalación, implementación y equipamiento de un laboratorio de criminalística en la Región Policial de Tumbes; por 10 que, luego del debate correspondiente y en atención a lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional, estimó pertinente adoptar por unanimidad el acuerdo respectivo; Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053 y otras, y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; ,

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTíCULO PRIMERO. DECLARAR de necesidad pública e interés regional la

construcción, implementación y equipamiento de un laboratorio de criminalística en la Región Policial de Tumbes.

ARTÍCULO SEGUNDO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en eI Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

G

BtERNO

IONAL TUMBES

Ing. DIEGO ALEMAN RAMIREZ REGIONAL

Av. La Marina NO 200

Tumbes


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/8007668-052-2026_07abril2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9795061/8007668-acuerdo-consejo-regional-052-2026_07abril2026.pdf