Acuerdo de Consejo Regional N.° 051-2026_01ABRIL2026
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
REO'
CONSEJO REGIONAL
desplerta, siente y emocionate
"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 051-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
DOC.
O
Tumbes, 01 de abril de 2026 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 011-2026, de fecha 01 de abril de 2026, se debatió el punto de agenda referido al tratamiento del INFORME NO 001026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC-P-CODS, correspondiente al informe final
investigación denominada "VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL Y OCEDIMIENTO REQUISITOS LOS EL LEGALES PARA ORGAMIENTO DE LA AMPLIACIÓN DE LA EDAD DE CESE LABORAL DEL ROFESIONAL MÉDICO LUIS ENRIQUE MALPICA LINDAO"; y, la
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N.0 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N.0 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, a través de Ia Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos
públicos de su competencia;
Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, el inciso a) del artículo 160 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, modificado por la Ley NO 31433, establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales, entre otros: Proponer normas y acuerdos regionales; Que, de conformidad con el artículo 390 de la Ley ut supra, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su
voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, la Ley NO 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la misma que para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, modificó el Av. La Marina NO 200 -- Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
despierta, siente y emocionate
"Año de Ia Esperanza y el Fortalecimiento de Ia Democracia"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 051-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD artículo
inciso k de la Ley NO 27867, de la forma como sigue "Son atribuciones del Consejo Regional: (n. a) k Fiscalizar la gestión pública del obierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de pertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según lasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización"; Que,
mediante Decreto Supremo NO 028-2021-SA-Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley NO 31210 Ley que modifica el artículo 150 del Decreto Legislativo NO 559 Ley del Trabajo Médico;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 005-2026/GOB.REG.TUMBESCR-CD, de fecha 22 de enero del 2026, se aprobó por mayoría lo siguiente: ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR el inicio de la investigación sobre "Verificar el cumplimiento del procedimiento y los requisitos legales para el otorgamiento de la ampliación de la edad de cese laboral del profesional médico Luis Enrique Malpica Lindao"; el mismo que será desarrollado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tumbes el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización ARTÍCULO SEGUNDO (PTAF) elaborado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, sobre "Verificar el cumplimiento del procedimiento y los requisitos legales para el otorgamiento de la ampliación de la edad de cese laboral del profesional médico Luis Enrique Malpica Lindao"; el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional; Que, mediante Informe NO 001-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, de fecha
30 de marzo de 2026 se presentó el informe final de la investigación denominada: el "Verificar el Cumplimiento del Procedimiento y los Requisitos Legales
para
Otorgamiento de la Ampliación de Ia Edad de Cese Laboral del Profesional Médico Luis Enrique Malpica Lindao",
Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria de la fecha, al abordarse el punto de agenda señalado en el Visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social Prof.
Jenrry Mario Risco Castillo, expuso el contenido del referido informe; acto seguido, los señores Consejeros Regionales formularon las intervenciones y deliberaciones correspondientes, por lo que concluido el debate, dicho informe
fue sometido a votación, siendo aprobado por mayoría con un voto en contra del
Consejero Regional Ing. Diego Aleman Ramírez;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes NO 27902, 28013, 28926, 28961, 28968) 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Av. La Marina NO 200
—
Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
0 i?MBES despierta, siente y emocionate
"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 051-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional No 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;
SE ACORDÓ POR MAYORÍA:
ARTÍCULO
PRIMERO.
ARTÍCULO
SEGUNDO.
NO Informe el 001APROBAR la de los 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, elaborado por miembros Comisión Ordinaria de Desarrollo Social denominado, "Verificar el Cumplimiento del Procedimiento y los Requisitos Legales para el Otorgamiento de la Ampliación de la Edad de Cese Laboral del Profesional Médico Luis Enrique Malpica Lindao" del Informe copia 001REMITIR sustentatoria, la junto 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, documentación con a la Contraloría General del República, para que efectúe las acciones legales
que correspondan.
ARTÍCULO
del Informe copia 001REMITIR sustentatoria, la 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, junto con documentación
TERCERO.
al Ministerio Público, para que evalúe la pertinencia de iniciar acción penal contra
los que resulten responsables ante la identificación de presuntos actos delictivos.
ARTÍCULO
del copia Informe 001CUARTO. REMITIR 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, a la Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional de Tumbes, para la adopción de las acciones correctivas necesarias conforme a la normativa legal vigente.
ARTÍCULO
del Informe copia 001QUINTO. REMITIR 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-JMRC, al Procurador Público Regional, a fin de
realice el seguimiento de las investigaciones que efectúen las entidades competentes, respecto de los hechos puestos en conocimiento. que
ARTÍCULO SEXTO. DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
OBIERN
IONAL TUMB
Ing. DIEGO ALEMAN RAMIREZ CONSEJERO REGIONAL
Av. La Marina NO 200
—
Tumbes
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/8007712-051-2026_01abril2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9795114/8007712-acuerdo-consejo-regional-051-2026_01abril2026.pdf