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051-2025 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 051-2025_19JUNIO2025

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SisGeDo

GOBIERNO REGIONAL TUMBE CONSEJO REGIONAL

Doc. Exp.

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 051-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 19 de junio de 2025 VISTO: En la Sesión Ordinaria NO 007-2025, de fecha 19 de junio del 2025, se debatió ei punto de agenda: Tratamiento del Dictamen N0006-2025/GOB. REG.TUMBESCR-CODS, sobre "APRUÉBESE LA CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL TERRITORIAL (IARDIST) DE TUMBES", formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley NO 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía

política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos

públicos de su competencia;

Que, mediante la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 380 de citada Ley, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, asimismo, el artículo 390 de la misma Ley, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el literal h) del artículo 600 de acotada Ley, señala que el Gobierno Regional deberá Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social

e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales; Que, la Ley NO 29792, crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), como un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento

de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, siendo su ente rector el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); Que, mediante Decreto Supremo NO 008-2016-MIDIS, aprueba el Reglamento de la Ley NO 29792 (SINADIS), en su artículo 70 literal e) reconoce como base para la articulación intersectorial e intergubernamental, al gobierno regional y a los gobiernos locales, provinciales y distritales de cada jurisdicción, los cuales ejercen sus funciones en materia de desarrollo e inclusión social en estrecha coordinación con el ente rector, en el marco de la política nacional y de la autonomía que les corresponde;

Que, el Decreto Supremo NO 008-2022-MIDIS, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, señala en su artículo 20, incisos 2.1 y 2.2, que la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, es de cumplimiento obligatorio y aplica a todas las entidades de la administración pública, en todos

sus niveles de gobierno;

Que, a través del Informe Técnico NO 004-2025/GOB.REé.TUMBES-GGRGRDS, de fecha 27 de diciembre de 2024, el Gerente Regional de Desarrollo Social, Mg. Lic. Manuel Edgardo Acosta Aldana, solicita al Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Mg. Abg. Edmundo Sipion Rojas, emita informe legal sobre el Proyecto de Ordenanza Regional para la Creación y Conformación de la IAR DIS, señalando que el enfoque de la política social se basa en cinco

ejes estratégicos que priorizan el desarrollo la persona, la familia, la comunidad

territorio con un enfoque de derechos, género e interculturalidad, que garantiza la inclusión social integral y el enfoque territorial para el desarrollo social, citando los siguientes:

y el

Desarrollo Infantil Temprano

Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia

3,

Inclusión Económica Protección de las Personas Adultas Mayores. Mejorar las condiciones del entorno de la población.

Que, asimismo, precisa que el objetivo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social es emitir una nueva ordenanza aprobada por el Gobierno Regional de Tumbes, que apruebe la Creación de la Instancia de Articulación Regional, que permita el flujo progresivo de recursos y decisiones entre los diferentes sectores, actores sociales y diversos niveles de Gobierno, a fin de que los servicios en sus puntos de entrega sean oportunos, debidamente proporcionados, bajo

estándares de calidad y bajo el enfoque Territorial y diferencial de Desarrollo Humano, para el logro de resultados sociales. Por otro lado, indica que el 11 de Social, con marzo del 2020, se crea la Gerencia Regional de Desarrollo Resolución Gerencial Regional NO 00000118-2020/GOBlERNO REGIONALGGR-GRDS y en el año la Sub Gerencia de Inclusión Social, la cual no se encuentra estructurada funcionalmente de acuerdo con el Artículo 290-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, generando que los sectores o gerencias

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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regionales, no se articulen estratégicamente entre sí, ocasionando que se dupliquen las intervenciones (operativa y presupuestalmente) sobre la misma población objetiva y se conformen múltiples mesas temáticas, espacios e instancias de articulación con los mismos actores sociales; cruzándose en muchos casos las agendas y programación de las reuniones de trabajo. Actualmente existen 20 mesas temáticas y en muchos casos son conformadas por los mismos miembros. Por 10 que en ese orden de ideas la Creación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial

(IARDIST) de Tumbes, permitirá una optimización de recursos y unificación de criterios con los diferentes sectores involucrados. Asimismo, concluye que, la aprobación de la presente Ordenanza Regional no requerirá de asignación

presupuestal inmediata, dado que ya cuenta con la asignación presupuestal que otorga el Convenio de Asignación por Desempeño en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logros Sociales;

Que, mediante Oficio NO 034-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha de recepción 29 de mayo del 2025, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye, PRIMERO: Que, como Órganode asesoramiento este despacho considera que es VIABLE que el Consejo Regional proceda de conformidad a sus atribuciones y competencias según lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y salvo mejor parecer proceda a la evaluación del "Proyecto de Ordenanza Regional que Crea y Conforma la el Desarrollo e Inclusión Social Territorial Instancia de Articulación Regional (IARDIST) de Tumbes" para su aprobación, en virtud a los informes técnicos sustentados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a los fundamentos jurídicos precitados que respaldan la propuesta de ordenanza en el presente

Par?

informe;

Que, los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, ha elaborado No 006-2025/GOB.REG. UMBES-CR-CODS, denominado ei Dictamen "Apruébese la Creación y Conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes", concluyendo 10 siguiente; •

Se cuenta con la documentación sustentatoria que motiva la emisión de la Ordenanza Regional que Aprueba la "CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL TERRITORIAL (IARDIST) DE

TUMBES".

Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la

Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley

Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional NO 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;

NO 27867, Ley

,

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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NO 051-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO.

APROBAR ei DICTAMEN N0006-2025/GOB.REG. TUMBES-CR-CODS, denominado "APRUÉBESE LA CREACIÓN Y CONFORMACIÓN DE LA INSTANCIB DE ARTICULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL TERRITORIAL (IARDIST) DE TUMBES", formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo

Social.

ARTÍCULO SEGUNDO.

ARTÍCULO TERCERO.

EMÍTASE la Ordenanza Regional correspondiente.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

GOBIER

vet

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

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REGIONNTUMBES Rios

CONSOLEO REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7937027-051-2025_19junio2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9701082/7937027-acuerdo-consejo-regional-051-2025_19junio2025.pdf