Acuerdo de Consejo Regional N.° 051_06May2024
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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 051-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 06 de mayo del 2024 VISTO:
En la Sesión Ordinaria N° 005-2024 del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, del 06 de mayo de 2024, del pedido formulado por el Consejero Delegado Sammy Edward Cruz Peña sobre: reformulación de los representantes del Consejo Regional de Tumbes ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú”.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N* 27680 — Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 8°, señala que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 13°, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Y en su Artículo 39° señala que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley N° 30804, en su artículo 2° define que la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, formulación ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización. Asimismo, el artículo 3° de citada Ley, establece que “La mancomunidad regional es una persona jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal”;
Que, el Reglamento de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, aprobado con Decreto Supremo N° 022-2020-PCM, en su Artículo 15”, numeral 15.1, señala que la Asamblea de la Mancomunidad Regional está conformada por tres consejeros representantes de cada uno de los Consejos Regionales de
Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1
fa GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 051-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
los Gobiernos Regionales integrantes de la mancomunidad regional. Uno de dichos representantes es el Consejero Delegado de cada Consejo Regional (...);
Que, mediante la Ordenanza Regional N° 015-2017-GOB. REG. TUMBES-CRCD, el Consejo Regional de Tumbes, aprobó la constitución de la “Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú”;
Que, el Estatuto de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, en su Artículo Décimo Segundo, señala que la Asamblea está conformada por tres representantes de los Consejeros Regionales de los Gobiernos Regionales que forman parte de la Mancomunidad Regional, uno de los cuales es el Consejero Delegado, por cada Consejo Regional, elegido según lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 075-2023/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, del 17 de julio del 2023, se acordó por unanimidad lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO. - DESIGNAR a los Consejeros Regionales representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional MACRO REGIÓN NOR ORIENTE DEL PERÚ, tal y como se detalla a continuación:
MIEMBROS TITULARES
e Jenrry Mario Risco Castillo - Consejero Delegado
e Sammy Edward Cruz Peña - Consejero Regional
e Roberto Alan Ríos Herrera - Consejero Regional (ass)
Que, en el debate de la Sesión Ordinaria de la fecha, atendiendo el pedido formulado por el Consejero Delegado Sammy Edward Cruz Peña sobre: la reformulación de los representantes del Consejo Regional de Tumbes ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Per; el mismo que sustenta que un representante de la misma (Jenrry Mario Risco Castillo), ya no desea continuar en razón de que se le cruzan sus asistencias medicas y otros asuntos particulares. Asimismo, manifiesta que vienen asistiendo el Consejero Roberto Alan Ríos Herrera, representante de la provincia de Contralmirante Villar y su persona (Sammy Edward Cruz Peña), representante de la provincia de Zarumilla, en ese sentido, manifiesta que falta un representante de la provincia de Tumbes, dado que es necesario que los tres miembros asistan a todas las reuniones de la Mancomunidad, y se necesita el apoyo de los consejeros de la región Tumbes y de los miembros que se involucren más;
Que, en el debate de la misma sesión, en atención al pedido formulado por el Consejero Delegado Sammy Edward Cruz Peña, el Consejero Regional Jenrry Mario Risco Castillo propuso ante el Pleno del Consejo Regional al Consejero
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“Año del Bicentenario, de la Consolidación de nuestra Independencia, y de la Conmemoración de las heroicas Batallas de Junín y Ayacucho”
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Regional Diego Alemán Ramírez, para que en su reemplazo, integre y forme parte de los representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional MACRO REGIÓN NOR ORIENTE DEL PERÚ., dicha propuesta después de un arduo debate fue aprobada por unanimidad;
Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado por la Ordenanza Regional N° 03-2015/GOB.REG.TUMBES-CR;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO. — MODIFICAR el Artículo Primero del ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N* 075-2023/GOB. REG. TUMBES-CR-CD.
Se modifica a los representantes del Consejo Regional de Tumbes ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional MACRO REGIÓN NOR ORIENTE DEL PERÚ, detallada en el Artículo Primero del ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N* 075-2023/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en los siguientes términos:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR a los Consejeros Regionales representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes, ante la Asamblea de la Mancomunidad Regional MACRO REGIÓN NOR ORIENTE DEL PERÚ, tal y como se detalla a continuación:
MIEMBROS TITULARES
e Sammy Edward Cruz Peña - Consejero Delegado e Diego Aleman Ramirez - Consejero Regional e Roberto Alan Rios Herrera - Consejero Regional
ARTICULO SEGUNDO. — DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.
REGÍSTRESE, SOMUNIQUESE Y ARCHÍVESE.
GOBIERNO F ¥ eal TUMBES
Te. SAMMY san RIX PEÑA
CONSEAEROMEGIONAL
Av. La Marina N° 200 - Tumbes 3
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