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044-2026 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 044-2026_18MAR2026

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Reo'

CONSEJO REGIONAL

GTiiMBEs despierto, siente y emocionate

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de Ia Democracia'

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 044-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 18 de marzo de 2026 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 09-2026 del Consejo Regional de Tumbes de fecha 18 de marzo de 2026, se trató el punto de agenda referido al Informe situacional de la obra del Hospital de Apoyo Saúl Garrido Rosillo 11-1, para lo cual se invitó a los siguientes funcionarios y autoridades, conforme al siguiente detalle: Gobernadora Regional (e). Gerente Regional de Infraestructura. Jefe se Asesoría Legal de la Gerencia Regional de Infraestructura. Jefe de supervisión de la obra del Hospital de Saúl Garrido Rosillo 11-1 Jefe de Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Tumbes, Jefe de la Procuraduría Regional del Gobierno Regional Tumbes. Jefe del Órganode Control Institucional. Jefe del Órganode Control Regional.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador ( Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, el artículo 390 de acotada Ley, establece lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional";

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB„ REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y Av. La Marina NO 200

Tumbes

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despierta, siente y emocionate

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 044-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente

Reglamento;

Que, mediante Oficio NO 144-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR,de fecha 16 de marzo de 2026, se citó a Sesión Extraordinaria del Consejo Regional al Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Tumbes, señor Sinclair Garavito Dioses, a efectos de que exponga sobre los temas relacionados con la obra del Hospital de Apoyo Saúl Garrido Rosillo 11-1 y las situaciones adversas identificadas; Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, el Pleno del Consejo Regional tomó conocimiento de la inasistencia del citado funcionario, verificándose que no presentó justificación documentada de manera oportuna que sustente su ausencia, situación que afectó el ejercicio de la función fiscalizadora del Consejo Regional; Que, luego de las intervenciones y del debate correspondiente, el Pleno del Consejo Regional estimó pertinente informar a Ia Procuraduría General del Estado sobre las reiteradas inasistencias del Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Tumbes a las citaciones efectuadas por el Consejo Regional, a fin de que, en el marco de sus competencias, adopte las acciones que correspondan conforme a ley; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO.

INFORMAR a la Procuraduría General del Estado sobre inasistencias las reiteradas a las citaciones efectuadas por el Consejo Regional por parte del Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Tumbes, a fin de

que, en el marco de sus competencias y del marco normativo vigente, adopte las acciones que correspondan. poner en conocimiento la falta de presentación de los informes trimestrales al Pleno del Consejo Regional respecto del estado de los procesos judiciales a su cargo y de las acciones realizadas en cada uno de ellos, conforme a la normativa legal vigente. Asimismo,

ARTÍCULO SEGUNDO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de

Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, CO

Av. La Marina NO 200

Tumbes

íQUESE Y ARCHÍVESE.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7955657-044-2026_18mar2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9726725/7955657-acuerdo-consejo-regional-044-2026_18mar2026.pdf