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037-2025 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 037-2025_07MAYO2025

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SisGeDo

CONSEIO

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

R.eop

CONSEJO REGIONAL

56 602,

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 037-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Tumbes, 07 de mayo de 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 010-2025, de fecha 07 de mayo del 2025, se dio tratamiento al punto de agenda: "Informe del Director Regional de Educación de Tumbes y Jefe de PREVAED, Sub Gerente de Estudios y Proyectos, Jefe de la Oficina Regional de Gestión de Riesgos y Desastres, sobre los avances del Proyecto de la Institución Educativa NO 009 "Zoila Delgado De Quintana" y su plan de contingencia"

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley NO 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; —

01:1

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, el artículo 20 de le Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 130 de la Ley Ut supra establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, el literal a) del artículo 150 señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el literal o) del artículo 210 de acotada Ley, señala que, son atribuciones del Gobernador Regional Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional; Que, el artículo 390 del mismo cuerpo normativo, señala que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su

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voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su articulo 30, numeral 3.2, señala que el Consejo Regional ejerce la función normativa a través

de la dación o aprobación, modificación y derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento;

Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, del tratamiento del punto de agenda expuesto en el visto del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Regional, Ing. Boris Regino Pardo Vinces, manifestó que ha reafizado la visita a la Institución Educativa NO 009 "Zoila Delgado De Quintana", donde se puede observar un alto riesgo de colapso de la infraestructura y la preocupación es que los alumnos no pueden seguir estudiando en esas condiciones, por 10 que se acordó que la Gerencia Regional de Infraestructura conjuntamente con la Sub Gerenta de Estudios y Proyectos iban a formular un informe para priorizar la realización de un proyecto en mencionada Institución;

Que, la Sub Gerenta de Estudios y Proyectos, Arq. Glenda Zapata Caycho, señaló que existe un riesgo muy alto de colapso en citada Institución Educativa, por lo del que se comunicó al Gobernador Regional, acordando realizar la reunión indicó Comité de Inversiones, donde se expuso la problemática y se que la

programación de esta inversión estaba para el año 2026, por 10 que la Alta Dirección tomó la decisión de programar la ejecución para el presente año, agregando que ha sido aprobada la disponibilidad presupuestal y está realizando los actos administrativos para la contratación de los profesionales, contando con un plazo promedio de 90 días para la elaboración del expediente técnico que se va a realizar por administración directa; Que, la Directora de la Institución Educativa NO 009 "Zoila Delgado De Quintana" solicitó al Director Regional de Educación de Tumbes realizar las coordinaciones instituciones con la Directora de la UGEL Tumbes para buscar a aquellas educativas que cuenten con un número reducido de estudiantes y con una infraestructura amplia donde pueda albergar a sus alumnos hasta que se pueda construir el colegio, con la finalidad de brindarle seguridad a la población estudiantil y personal de la Institución; Que, por su parte, los consejeros regionales Ing. Diego Alemán Ramírez y Tc. Sammy Edward Cruz Peña, formularon una propuesta para recomendar al Gobernador Regional de Tumbes que, debido al alto riesgo de colapso que presenta la infraestructura de la Institución Educativa NO 009 "Zoila Delgado De Quintana", se debe implementar un plan de contingencia de manera inmediata y

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bajo responsabilidad, con la finalidad de salvaguardar la salud y la vida de la población educativa y personal que labora en dicha Institución;

Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión

Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y demás normas conexas; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB.REG.TUMBES-CR-CD; SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO.

RECOMENDAR al Gobernador Regional de Tumbes implementar un plan de contingencia de manera inmediata y bajo responsabilidad, debido al alto riesgo de colapso que presenta la infraestructura de la Institución Educativa NO 009 "Zoila Delgado De Quintana", con la finalidad de salvaguardar

la salud y la vida de la población educativa y personal que labora en dicha

Institución.

ARTÍCULO SEGUNDO. DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHíVESE.

Est. ve

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7936821-037-2025_07mayo2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9700824/7936821-acuerdo-consejo-regional-037-2025_07mayo2025.pdf