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033-2025-10ABRIL Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 033-2025.10ABRIL

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Reor

CONSEJO REGIONAL

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Pe

ACUERDO DE CONSEJO REGIONA

NO 033-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-

SisGeDo

CONSBO DOC.

Tumbes, 10 de abril de 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria NO 008-2025, de fecha 10 de abril de 2025, se debatió punto de agenda: "Tratamiento del Dictamen NO 002-2025/GOB. REG.

el

TUMBES-CR-CODS, "Autorizar al Gobernador Regional a Suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Tumbes y el Ministerio de Educación mediante un Acuerdo de Consejo Regional y encargar al Ministerio de Educación (Minedu) la Realización de Actividades de su

Formulación, Evaluación, Gestión, Ejecución, Financiamiento, Operación y Mantenimiento, Correspondiente a los Servicios Complementarios del Proyecto de Inversión Mejoramiento del Servicio Educativo Especializado para Alumnos de Segundo Grado de Secundaria de Educación Básica Regular con alto Desempeño Académico de la Región Tumbes, bajo la Modalidad de Asociaciones Público Privadas (APP), Como Parte del Proyecto APP: COAR Grupo 2", formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social.

Competencia

para

la

"

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley NO 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley NO 27867 mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas;

Que, de conformidad con el Principio de Legalidad, a que se refiere el numeral 1.1 del Articulo IV del Decreto Supremo NO 004-2019-JUS que aprueba el Texto

Único Ordenado de la Ley NO 27444

Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe: "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas";

Que, mediante Reglamento del Decreto Legislativo NO 1362, establece en su artículo 210 para Proyectos con competencias compartidas Tratándose de

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 033-20251GOB.REG.TUMBES-CR-CD proyectos con competencias compartidas o que tengan más de una entidad pública competente, aplica lo siguiente: numeral 1. En el caso de iniciativas estatales, como requisito para la inclusión de un proyecto al IMIAPP, las entidades públicas suscriben los acuerdos necesarios, cuyo contenido mínimo se establece en el artículo 22, siendo estos: 22.1. Los acuerdos referidos en el artículo 210 se adoptan mediante suscripción de convenios u otros documentos necesarios que, como mínimo, determinan de manera indubitable las competencias y responsabilidades de las entidades públicas, ( ,.

Que, mediante Decreto Legislativo NO 1362, se establece en el artículo 460 numeral 46.6: Los contratos y sus modificaciones que deriven de proyectos de competencia de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales son suscritos con el adjudicatario, con la intervención del sector competente, al cual se le puede delegar la administración de los referidos contratos; Que, mediante Resolución Ministerial NO 395-2023-MINEDU, aprueba el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Educación 2024-2026, en cuya tabla 15 del numeral 2.3.2 Criterios de Priorización PNIE 2025 e identificación de proyectos de APP, que incorpora al indica COAR Tumbes a ser desarrollado como APP, además en cuanto a los peligros en la zona de influencia respecto a la APP planteada, en particular COAR San Martin y COAR Tumbes, destaca el alto grado de riesgo de sismos de alto nivel, por lo que se identifica a la Iniciativa Estatal Cofinanciada (IEC) Proyecto COAR Nor Oriente, el mismo que incluirá los COAR Amazonas, COAR San Martín, COAR Tumbes y COAR Ucayali con un monto de inversión referencial ascendente a S/.282,253,324.36 soles (incluido IGV); Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, en el artículo 90 inciso g) establece promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme

a Ley;

Que, asimismo, en el artículo 100, numeral 2 Competencias Compartidas, de acuerdo al artículo 360 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, Ley NO 27783, son las siguientes: a) Educación. Gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formación para el desarrollo

Que, el artículo 130 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, el literal a) del artículo 150 señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las

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normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el artículo 210, de la Ley Ut supra, respecto a las atribuciones del Gobernador Regional, en el inciso k) señala que el Gobernador Regional (antes

Presidente Regional) tiene la atribución de celebrar y suscribir, en representación cel Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; asimismo, el inciso o) de citado artículo, señala que son atribuciones del Gobernador Regional promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional;

Que, el artículo 390 de la acotada Ley, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un

determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su artículo 30 numeral 3.2, señala que el Consejo Regional ejerce la función normativa a través

de la dación o aprobación, modificación y derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento;

Que, contando con ei INFORME NO 0103-2025/GOB.REG.TUMBES-GGRORAJ, del 21 de febrero del 2025, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica (e), Mga Nick Rojas Prescott, alcanza al Gerente General Regional, opinión legal sobre la vigencia del Acuerdo de Consejo Regional NO 0472016/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, la misma que detalla; PRIMERO: se DETERMINA, que elfin del ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N00472016/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 20 de junio del 2016, se materializó con la suscripción del Convenio N 0257-2016-MINEDU, por 10 que dicho acuerdo cumplió con su finalidad, por 10 ue NO debe ser utilizado ara la Irma del nuevo convenio adjunto al presente, por las razones expuestas en el presente informe. ei

SEGUNDO: se RECOMIENDA que, se remita un oficio MINEDU con cual se exprese la voluntad del Gobierno Regional de Tumbes para que la intervención y construcción del local definitivo del COAR Tumbes, continúe bajo la modalidadAPP, a cargo del MINEDU, de Convenio en adjunto al e indique al MINEDU que está de acuerdo con el proyecto de firma correspondiente, en el marco de los presente, afin de continuar con el proceso la reunión acuerdos establecidos en presencial llevada a cabo en la Dirección General de del MINEDU, el 31 de enero del 2025, que se alcanzaron mediante InfraestructuraEducativa 3. CORREO ELECTRONICO DEL 12 DE FEBRERO DEL 2025, numeral a1

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TERCERO: Que, resulta VIABLE que el Conseio Regional AUTORICE al Gobernador Regional mediante Nuevo Acuerdo de Consejo Regional la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional y el Ministerio de Educación para ei proyecto: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DE SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN TUMBES"; que tiene corno objeto que ei GOBIERNO REGIONAL encargue a1 MINEDU la realización de actividades de su competencia, para la formulación, evaluación, gestión, eiecución, servicios los operación y mantenimiento correspondientes a financiamiento, del et de intervenir Tumbes, bajo la inversión proy_ecto complementarios, COAR para modalidad de Asociaciones Publico-Privadas (APP), comoparte del proyecto APP: "COAR Grupo 2", por las razones expuestas en el presente informe. CUARTO: Se RECOMIENDA que el expediente administrativo, sea remitido al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, con la finalidad que proceda de conformidad a sus atribuciones y competencias según 10 establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos 4.

o

Regionales.

Que, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, han formulado ei Dictamen NO 002-2025/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, tomando en consideración los informes técnicos y legales, respecto de autorizar al Gobernador Regional de Tumbes a suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional y el Ministerio de Educación a través de un Acuerdo de Consejo Regional, concluyeron 10 siguiente: Conclusiones:

Los Consejeros Regionales integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tumbes, concluyen en 10 siguiente: Es pertinente que el Consejo Regional de Tumbes, mediante Acuerdo de Consejo Regional AUTORICE al Gobernador Regional de Tumbes, a Suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Tumbes y el Ministerio de Educación y ENCARGAR, al Ministerio de Educación (MINEDU) la realización de actividades de su competencia Dara la Formulación, Evaluación, Gestión, Ejecución, Financiamiento, Operación y Mantenimiento, correspondiente a los servicios complementarios del Proyecto de Inversión "Mejoramiento del Servicio Educativo Especializado para Alumnos de Segundo Grado de Secundaria de Educación Básica Regular con Alto Desempeño Académico de la Región Tumbes, bajo la Modalidad de Asociaciones Público Privadas (App), como parte del Proyecto APP: COAR

Grupo 2".

Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes

Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y demás normas Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado conexas; y el Reglamento No 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD; con Ordenanza Regional

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 033-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR ei Dictamen NO 002-2025/GOB. REG. TUMBES-CR-CODS, formulado por la Comisión Ordinaria Desarrollo Social del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes.

ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Tumbes a Suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Tumbes y el Ministerio de Educación, a través de un Acuerdo de

Consejo Regional.

ARTÍCULO TERCERO.

ENCARGAR, al Ministerio de Educación (MINEDU) la realización de actividades de su competencia para la Formulación, Evaluación, Financiamiento, Mantenimiento, Ejecución, Operación Gestión, Y del Proyecto de Inversión correspondiente a los servicios complementarios

"Mejoramiento del Servicio Educativo Especializado para alumnos de Segundo Grado de Secundaria de Educación Básica Regular con Alto Desempeño Académico de la Región Tumbes, bajo la Modalidad de Asociaciones Público Privadas (APP), como parte del Proyecto APP COAR Grupo 2"

ARTÍCULO CUARTO.

DISPONER la publicación del Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

IGO

Es

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

ALAN RIOS HERRERA

ei. ROBERTO

CONSOERO


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7936531-033-2025-10abril PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9700532/7936531-acuerdo-consejo-regional-033-2025-10abril.pdf