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030 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 030_2005

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10 REGS

GOBIERNO REGIONAL TUMBES li

tise “Año De La Infraestructura para la Integración” ORDENANZA REGIONAL N° 0000030 -2005/GOB. REG. TUMBES-CR

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: CONSIDERANDO:

ay Qué, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su

modificatoria Ley N° 27902, dentro de sus competencias exclusivas Art. 10, inciso “F” señala que los Gobiernos Regionales promueven la formación de empresas y unidades económicas regionales para conservar sistemas productivos y de servicios; así como señala dentro de sus funciones en materia de transporte Art. 56%, inciso “g” autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte Interprovincial dentro del

ámbito regional en coordinación con los Gobiernos Locales.

Que, las normas reguladoras del servicio obligatorio de accidentes de tránsito son insuficientes por que no diferencian los distintos servicios de transporte terrestre local, interprovincial y regional; así como los índices de accidentes que son mucho menores en la Región Tumbes, que en otras principales ciudades del país; sumándose su permanente alza del costo que lo hace inalcanzable para los transportistas, trayendo como consecuencia el incumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte Público y Tránsito Terrestre, que obliga a los vehículos a contar con el Seguro Obligatorio para Accidentes de Transito. Por tanto, la presente Ordenanza Regional se' propone llenar un vació sin contraponerse ni transgredir ninguna norma nacional ni al Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito, promoviendo la formación del “Fondo Autogestionario de Asistencia ” Social del Mototaxista de la Región Tumbes”

Que, el Fondo Autogestionario de Asistencia Social del Mototaxista de la Región Tumbes, es un programa social autofinanciado por los mototaxistas, sin intervención económica del Gobierno Regional de Tumbes. Su constitución beneficiara principalmente a los conductores, pasajeros y peatones que resultasen victimas y otras emergencias súbitas derivados de un accidente de transito.

Calle. La Marina N° 200 — Tumbes Telefax (072) 52-4464 1

GOBIERNO REGIONAL TUMBES +

“Año De La Infraestructura para la Integración” hh

ORDENANZA REGIONAL N° 0000030 -2005/GOB. REG. TUMBES-CR

Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Tumbes

  • desarrollada en la Ciudad de Tumbes el día 04 de Julio del 2,005 mediante

Acuerdo N° 060-2005 GOB. REG. TUMBES-CR-P, se aca .rdo por mayoría

aprobar la Ordenanza Regional que promueve la formación del Fondo Autogestionario de Asistencia Social del Mototaxista de Tumbes.

De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las Atribuciones Conferidas por el articulo 38° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica = de Gobiernos Regionales.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTICULO PRIMERO.- Promover la formación del Fondo

Autogestionario de Asistencia Social del Mototaxista de Tumbes — FASMOT,

” como un Programa Social financiado por los mismos mototaxistas que

prestan servicio público de transporte de pasajeros en la Región Tumbes;

cuya finalidad es brindar un servicio social, ayuda y auxilio a sus socios,

Usuarios y peatones que resulten víctimas de súbitos accidentes de tránsito y otras emergencias derivados de un accidente de transito.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión Multisectorial Regional e constituida por la Resolución Ejecutiva Regional N° 00008-2005-GOB. REG. TUMBES-P, de fecha 20 de Enero del 2005, elaborará el Reglamento de la presente Ordenanza Regional para su debida aplicación.

ARTICULO TERCERO.- Autorizar a la Secretaría General del Gobierno Regional la Publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial el peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de

  • Tumbes.

Comuníquese a la Señora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación.

Calle. La Marina N° 200 — Tumbes Telefax (072) 52-4464 $

GOBIERNO REGIONAL TUMBES A lb-

“Año De La Infraestructura para la Integración”

ORDENANZA REGIONAL No 000030 -2005/GOB. REG. TUMBES-CR

En Tumbes a los veintitrés días del mes de Julio del dos mil cinco. POR TANTO: . Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tumbes a los veintitrés días del mes de Julio del dos mil cinco.

HERNG REGIONAL TÉMBES

PRESIPENTE REGIONAL

Calle. La Marina N° 200 — Tumbes Telefax (072) 52-4464

us


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/2471917-030_2005 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2520806/ORDENANZA_REGIONAL_030_2005.pdf