Ordenanza Regional N.° 028_2005
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- GOBIERNO REGIONALTUMBES
“Año de la Infraestructura para la Integración”
ORDENANZA REGIONAL N* 0423 -2005/GOB. REG. TUMBES-CR
EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
POR CUANTO
=- El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes de conformidad con lo previsto, en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, su modificatoria Ley N* 27902, y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, Conforme al Inciso 1 del artículo 192° de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralización N° 27680, se establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aplicar su organización interna y su presupuesto.
Que, el artículo 35° de la Ley de Bases de la Desceniralizacion N° 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.
Que, el articulo 10% de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N* 27867, modificada por la Ley N° 27902 establece en el numeral 1, literal c) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto interinstitucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto
Que, el inciso a) del articulo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 modificada por la Ley N° 27902 establece como atribuciones del Consejo Regional de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES os
“Año de la Infraestructura para la Integración” Lumprs
ORDENANZA REGIONAL N* 1928 -2005/GOB. REG. TUMBES-CR
Que, mediante Decreto Supremo N* 043-2004-PCM de fecha 18 de Junio del 2004 se han aprobado los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública en cuyo articulo 14”, numeral 14.5 establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades que mantienen dependencia funcional y técnica con los Ministerios, el Proyecto de CAP se elaborará de conformidad con las disposiciones complementarias que elaborará el respectivo Ministerio, debiendo el órgano encargado de dicho Ministerio emitir opinión previa, de existir opinión favorable corresponde la remisión a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la que debe emitir un informe previo y elevar el Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal para la aprobación por parte del Gobierno Regional.
Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2005-Vivienda de fecha 1° de Abril del 2005 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba las disposiciones Complementarias que establecen los criterios para la elaboración de los Cuadros para Asignación de Personal de las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en concordancia a la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, y que en su articulo 7° de las mencionada disposición complementaria se establecen los procedimientos y/o documentos que debe presentar la Dirección Regional de Vivienda y Saneamiento, para la aprobación de su Cuadro de Asignación de Personal, entre ellos el Reglamento de Organización y Funciones debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional.
Que, mediante Informe N° 074-2005/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT-SGDISGGR de fecha 18 de Mayo del 2005 la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuestos y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Tumbes a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, da conformidad al Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Sectorial de Vivienda Construcción y Saneamiento de Tumbes, solicitando sea aprobado por el
Consejo Regional de Tumbes en cumplimiento a la Resolución Ministerial N° 090- 2005.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Mayo del 2005 mediante Acuerdo N° 048-2005/GOB.REG.TUMBES-CR-P se aprobó por Unanimidad el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional Sectorial de Vivienda Construcción y Saneamiento de Tumbes.
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“Año de la Infraestructura para la Integración”
ORDENANZA REGIONAL N° 9128282005/GOB. REG. TUMBES-CR
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De conformidad con la Constitución Politica del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por las Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Articulo 37° inciso a) de la Ley N* 27867; y
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Vivienda Construcción y Saneamiento de Tumbes, que consta de seis (06) Títulos, Tres (03) Capítulos, Diez y nueve (19) Artículos y una (01) Disposición Complementaria.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar a la Secretaría General del Gobierno Regional de Tumbes disponer la Publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial el Peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
Comuníquese a la señora Presidenta del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación.
En Tumbes a los Treinta días del mes de Mayo del dos mil cinco. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tumbes a los Treinta días del mes de Mayo del año dos mil cinco.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/2471915-028_2005 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2520813/ORDENANZA_REGIONAL_028_2005.pdf