Acuerdo de Consejo Regional N.° 027-2026_04MAR2026
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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CONSEJO REGIONAL
"Año de Ia Esperanza y el Fortalecimiento de la Democra
ACUERDO DE CONSEJO REGIONA NO 027-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-
desp¿erta, siente y emocionate
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Tumbes, 04 de marzo del 2026 VISTO: BEG
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n la Sesión Extraordinaria NO 07-2026, de fecha 04 de marzo del 2026, se debatió punto de agenda sobre Informe del Director Regional sobre el estado situacional las Instituciones Educativas en la región Tumbes a inicios del año escolar 2026 tros-
CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su
competencia;
Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, el artículo 390 de acotada Ley, establece lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional",
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente
Reglamento;
Que, a través de Oficio NO 099-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-SCR,de fecha 02 de marzo del 2026, se citó a Sesión Extraordinaria del Consejo Regional al Director Regional de Educación, a fin de que informe sobre el estado situacional de las Instituciones Educativas y las acciones adoptadas frente al inicio del año escolar
2026 y otros;
Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, luego de la exposición del citado funcionario, el Pleno del Consejo Regional expresó su preocupación respecto del Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
TUMBES despierta, siente y emocíonot$
"Año de Ia Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 027-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD informe presentado, toda vez que la exposición no habría abordado de manera integral la situación de las instituciones educativas de la región Tumbes; Que, durante el desarrollo de la sesión y luego del debate correspondiente, el Consejero Regional Abg. Romario Rai Prescott Núñez, propuso al Pleno la reprogramación de la participación del Director Regional de Educación, a fin de que presente un informe completo y pormenorizado; señalando además la importancia de contar con información detallada, especialmente considerando la situación de la infraestructura educativa y los efectos de las lluvias en la región, las cuales podrían generar afectaciones en los locales escolares y la proliferación de enfermedades; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de Ia fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos
27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; la propuesta fue sometida a votación y aprobada por unanimidad.
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO.
REPROGRAMAR la participación del Director Regional
de Educación de Tumbes en una próxima sesión del Consejo Regional, a fin de que brinde un informe detallado y pormenorizado sobre el estado situacional de las instituciones educativas en la Región Tumbes al inicio del año escolar 2026.
ARTíCULO SEGUNDO.
DISPONER la publicación del presente Acuerdo de
Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNíQUESE Y ARCHíVESE. GOBIERNO R
e
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
;lng.
ONAL TUMBES
CONSEJEROREGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7942193-027-2026_04mar2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9709488/7942193-acuerdo-consejo-regional-027-2026_04mar2026.pdf