Ordenanza Regional N.° 026_2007
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GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
“AÑO DEL DEBER CIUDADANO”
ORDENANZA REGIONAL N' 026-2007-GOB.REG. TUMBES - CR
Tumbes, 27 .de Diciembre del 2007
El Consejero Delegado del Gobierno Regional de Tumbes;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Extraordinaria de Consejo N° 16-2007, de fecha 19 de Diciembre del 2007, aprobó mediante Acuerdo de Consejo N° 190-2007/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en los Arts. 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional N° 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada con Ley 27902 establece como una función general de los Gobiernos Regionales, la de Planeamiento: diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización y la propia Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, las condecoraciones tuvieron sus orígenes en la cultura egipcia; empero su uso se hizo más extensivo en el gobierno del emperador, general, historiador y político romano Julio César Cayo, quien puso fin a la República en Roma 101-44 años de nuestra era;
Que, las condecoraciones se otorgaban para estimular los logros militares específicos y extraordinarios. Hoy en día se ha ampliado su campo de premiación a otros quehaceres del ser humano, y se confieren según el orden jerárquico, clase social y grado de condecorado
Que, con el devenir de los años las condecoraciones han dejado de ser una práctica militar. Se introduce una concepción más nacionalista y social al acto de dar los reconocimientos con condecoraciones, esto debido a la fundación de Ordenes como la “Legión de Honor de la Francia de Napoleón Bonaparte en 1802 o la legendaria “Cruz de Hierro” de Alemania en 1813, que por sus prestigios son las más apreciadas a nivel mundial
Que, con D.S. N° 007-2005-ED-EDUCACION se aprueba el Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, la misma que constituye un reconocimiento y
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“AÑO DEL DEBER CIUDADANO”
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una distinción honorífica que el Estado otorga a todo profesional en Educación que haya contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagógicas, o con un aporte ejemplar a la educación, la ciencia, la cultura y la tecnología del país.
Que, el Gobierno Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 235- 2005/GOB.REG.TUMBES-P, del 01 de junio del 2005, instauró el reconocimiento y condecoración regional al Maestro, denominado “GRAN CHILIMASA”.
Que, en concordancia con los fines que le son inherentes en materia de desarrollo social; es política institucional del Gobierno Regional de Tumbes, promover y difundir las actividades de todo el quehacer humano, propiciando la igualdad de oportunidades y la integración;
Que, el Capítulo I Régimen Normativo, del Titulo III Ordenamiento Normativo Regional, en su Art. 38” establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes 27902, 28968 y 29053;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.-. CREAR EL RECONOCIMIENTO Y CONDECORACIÓN REGIONAL “TUMPIS”, como reconocimiento a todas las personalidades que contribuyan en el desarrollo de la Región Tumbes
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a ley.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación
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POR TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/2471944-026_2007 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2520824/ORDENANZA_REGIONAL_026_2007.pdf