Acuerdo de Consejo Regional N.° 017-2025.05MARZO
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES Doc. CONSEJO REGIONAL
Expe
CON3t}O REGIONAL CC)CI
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 017-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 05 de marzo de 2025
VISTO: En la Sesión Ordinaria NO 003-2025, de fecha 05 de marzo del 2025, luego de habérsele dado lectura en la estación Despacho y de su tratamiento en la estación Orden del Dia del Oficio NO 103-2025/GOB.REG.TUMBES-GR, del 04 de marzo del 2025, con el cual el Gobernador Regional de Tumbes Ing. Segismundo Cruces Ordinola solicito al Consejo Regional de Tumbes le autorice viajar al Cantón Huaquillas de la Republica del Ecuador, junto a la Directora Regional de Salud Mg. Victoria Castillo Valdiviezo, para realizar una visita a la planta de Tumbes tratamiento de desechos bioinfecciosos, el día 06 de marzo del 2025. —
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ONSIDERANDO: Que, el cuarto párrafo del artículo 191 de la Constitución Política del Perú establece
Gobernador Regional es elegido conjuntamente con un Vicegobernador Regional, por sufragio directo por un período de cuatro (4) años. EI mandato de dichas autoridades es revocable"; que "el
Que, la Ley ut supra en su artículo 130 establece: "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional" Además, en el artículo 150 de la misma Ley se establece como atribución del Consejo Regional: a) "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de
competencia y funciones del Gobierno Regional";
Que, eI artículo 390 señala que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional NO 346-2024/GOB. REG. TUMBESGR, del 08 de julio del 2024, se aprobó la Directiva NO 007-2024/GOB. REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS EN EL PLIEGO GOBIERNO REGIONAL TUMBES", la misma que en su numeral 7.12. ha precisado que "En concordancia con 10 que establece la Ley de presupuesto del Sector Público vigente quedan prohibidos los viajes al exterior a los servidores y funcionarios públicos con cargo a recursos públicos excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción y de importancia para el Gobierno Regional Tumbes, en estos casos dicha autorización será a través de Acuerdo del Consejo Regional. EI acuerdo de excepción es publicado en el Diario
Oficial EI Peruano";
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 017-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Que, el numeral 7.13 de citado dispositivo legal, señala que: "EI Gobernador/a Regional, Funcionarios/as y demás servidores que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gasto a la Institución deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar y si se opta por otra categoría superior de pasaje, quién viaja deberá asumir obligatoriamente con cargo a su propio peculio la diferencia del costo del pasaje, salvo utilización de beneficios que signifiquen costo y que otorguen los medios de transportes. Se exceptúa de la obligatoriedad de utilizar pasajes en la categoría económica o similar, en caso de viaje urgente y no hubiera pasajes disponibles en aquella categoría, 10 que podrá suplirse con la constancia que expedirá la respectiva Agencia de Viajes o con una Declaración Jurada del viaje" Que, el numeral 7.15 de citada Directiva, establece que: "Los viajes en comisión de servicio por excepción al exterior del país del Gobernador/a Regional,
funcionarios/as y servidores/as serán autorizados por Acuerdo del Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes. EI mismo que será publicado en el Diario Oficial EI Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica";
acotada Directiva en el numeral 7.16, señala, que: "Para la asignación de viáticos además deberá tenerse en consideración las disposiciones que, en materia de austeridad, racionalidad del gasto dado por normas nacionales en vigencia y que son también de aplicación a nivel regional y de acuerdo a disponibilidad presupuestal. y en su numeral 7.17, precisa que, "En caso de existir funcionarios o servidores que viajen en comisión servicio al exterior, el procedimiento de Rendición de Cuentas se efectuará de manera similar a 10 señalado en la Comisión de Servicio dentro del Territorio Nacional"; Que,
Que, mediante ei Oficio NO 103-2025/GOB.REG.TUMBES-GR, del 04 de marzo del 2025, el Gobernador Regional de Tumbes Ing. Segismundo Cruces Ordinola solicito al Consejo Regional de Tumbes le autorice viajar al Cantón Huaquillas de la Republica del Ecuador, junto a la Directora Regional de Salud Tumbes Mg. Victoria Castillo Valdiviezo, para realizar una visita a la planta de tratamiento de desechos bioinfecciosos, el día 06 de marzo del 2025; —
Que, a través del Oficio NO 478-2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-DRST-DR, del 04 de marzo del 2025, la Directora Regional de Salud Tumbes Mg. Victoria Castillo al Presidente la Consejero Regional Comisión Ordinaria de de Valdiviezo, solicita Desarrollo Social Abog. Romario Rai Prescott Núñez, su participación o tenga a bien delegar a un representante para asistir a la localidad de Huaquillas Ecuador, el día 06 de marzo del 2025, con la finalidad de visualizar el proceso y funcionamiento de la planta de tratamiento de desechos bioinfecciosos; —
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Estando a 10 debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión
Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902,
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTICULO PRIMERO. AUTORIZAR al Gobernador Regional de Tumbes Ing. Segismundo Cruces Ordinola, a la Directora Regional de Salud Tumbes Mg. Victoria Castillo Valdiviezo, y a los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social; Abog. Romario Rai Prescott Núñez (Presidente), Prof. Jenrry Mario Risco
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Castillo (Secretario), Est. Vet. Roberto Alan Ríos Herrera (Vocal), a viajar al Cantón Huaquillas de la Republica del Ecuador, para realizar una visita a la planta de
tratamiento de desechos bioinfecciosos, el día 06 de marzo del 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO. PUBLÍQUESE ei presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial el Peruano.
ARTÍCULO TERCERO.
Disponer la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Tumbes. —
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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Av. La Marina NO 200
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