Acuerdo de Consejo Regional N.° 015-2025.20FEBRERO
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GOBIERNO REGIONAL TUMBE
az/Ce8 809
CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 015-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
Tumbes, 20 de febrero del 2025 VISTO: En la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional NO 004-2025, de fecha 20 de febrero del 2025, se debatió el punto de agenda: "Tratamiento del Oficio Múltiple NO 002-2025/GOB.REG.TUMBES-DRTPE-DR, sobre designación de miembro titular y alterno del Consejo Regional de Tumbes ante el Consejo Regional de
Trabajo y Promoción del Empleo CRTPE Tumbes, creado con Ordenanza NO REG. TUMBES-CR" 009-2009-GOB. Regional —
CONSIDERANDO: Ley Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley NO 2768C Título del IV, Capítulo XIV Descentralización; sobre Constitucional de Reforma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley NO 27867 mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; —
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos
públicos de su competencia;
Que, el artículo 130 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizacor del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, e literal a) del artículo 150 señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; del Consejo Que, el artículo 390 de acotada Ley, señala que los acuerdos del Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos de interés público, ciudadano o institucional o declara su Consejo
Regional,
voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, mediante la Ordenanza Regional NO 009-2009-GOB. REG. TUMBES-CR, del Empleo de Tumbes, el se creó el Consejo Regional de Trabajo y Promoción
mismo que quedó conformado por representantes de distintas instituciones del Departamento de Tumbes y de la sociedad civil organizada, y que, para modificar la conformación de dicho Consejo Regional, éste 10 podía hacer cuando 10 considere necesario y presentada la justificación correspondiente;
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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CONSEJO REGIONAL
"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 015-20251GOB.REG.TUMBES-CR-CD Que, en la Sesión Ordinaria NO 001-2019, del Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tumbes, de fecha 20 de junio del 2019, se acordó reactivar al CRTPE y las comisiones técnicas, además se aprobó la incorporación de nuevos miembros a dicho Consejo Regional, como parte del sector Gobierno Regional al Consejero Delegado del Consejo Regional de
Tumbes;
Que, con ei Oficio Múltiple NO 002-2025/GOB.REG.TUMBES-DRTPE-DR, ei Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Tumbes Dr. Henry Garay Canales, solicitó al Consejo Regional de Tumbes la designación de un miembro titular y un miembro alterno que represente al Consejo Regional de Tumbes, ante el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo CRTPE Tumbes, creado con Ordenanza Regional NO 009-2009-GOB.REG.TUMBES-CR, —
—
Que, en la Sesión Extraordinaria de la fecha, en el tratamiento del punto de agenda motivo del presente Acuerdo de Consejo Regional, el Consejero Regional Sammy Edward Cruz Peña propuso que como miembro titular debería ser el Consejero Regional Romario Rai Prescott Núñez y en condición de miembro alterno debería ser el Consejero Regional Roberto Alan Ríos Herrera, debido a que ambos son integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo
Social;
Estando a 10 debatido por eI Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y otras; y ei Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR; ,
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ELEGIR a los Consejeros Regionales que ARTICULO PRIMERO. representarán al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes ante el Consejo Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, tal y como se detalla: 1. 2.
Titular Alterno
Romario Rai Prescott Núñez Roberto Alan Ríos Herrera
Disponer la publicación del presente Acuerdo de ARTÍCULO SEGUNDO. Portal Consejo Regional en el Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes. —
REG'STRFSE, COMUNÍQUESE Y ARCHíVESE. TUM
óiiñ() CONSEJERO Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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