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013-2026 Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 013-2026_10FEB2026

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

despierta, siente y emocionate

"Año de Ia Esperanza y el Fortalecimiento de Ia Democracià'

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

NO 013-20261GOB.REG.TUMBES-CR-CD

DOC.

Tumbes, 10 de febrero de 2026 VISTO: En la Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Tumbes NO 02-2026, de fecha 10 de brero de 2026, se trató como punto de pedido del Consejero Regional Roberto Alan 'os Herrera la solicitud de invitar para una próxima Sesión del Pleno de Consejo egional, al Jefe de la Unidad Zonal Piura —Tumbes del Proyecto Especial de fraestructura de Transporte Nacional (Provías Nacional), Sr. Franco Felipe Castillo Querebalu.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1910 de Ia Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional NO 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo que sigue: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley señala que el Consejo Regional tiene la atribución de Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, por otro lado, el artículo 390 de acotada Ley, establece lo que a la letra dice: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma

institucional";

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en su Artículo II del Título Preliminar, establece que el Consejo Regional es la instancia normativa y fiscalizadora del Gobierno Regional, su estructura, organización, competencias y funciones son reguladas por la Ley de la materia y precisadas por el presente

Reglamento;

Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, durante la estación de pedidos, el Consejero Regional Roberto Alan Ríos Herrera manifestó que viene realizando seguimiento al mantenimiento de las carreteras en la región, habiéndose advertido la existencia de trabajos que presuntamente se encontrarían abandonados por parte de Provías Nacional, situación que viene afectando a los transportistas y a la población en general, al no brindarse el mantenimiento vial adecuado, más aun considerando las intensas lluvias que se presentan en la región. Por lo que solicitó al Pleno del Consejo Regional Av. La Marina NO 200 — Tumbes

mMBES

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

dente y emocionate

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 013-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD invitar, para una próxima sesión, al Jefe de la Unidad Zonal Piura—Tumbes de Provías Nacional, a fin de que informe sobre la programación del mantenimiento vial en la región Tumbes y las acciones que se vienen adoptando respecto a los trabajos ejecutados en la provincia de Contralmirante Villar y otros; Que, luego de las exposiciones realizadas y del debate correspondiente, el Pleno del Consejo Regional estimó pertinente someter a votación el citado pedido, el cual fue aprobado por unanimidad; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión

Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961 28968, 29053, 31433 y demás; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; ,

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO.

INVITAR para una próxima sesión del Pleno del Consejo Regional al Jefe de la Unidad Zonal Piura —Tumbes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (Provías Nacional), Sr. Franco Felipe Castillo Querebalu, y al Director Regional de Transportes y Comunicaciones de Tumbes, a fin

de que informen ante el Pleno del Consejo Regional sobre la programación del mantenimiento vial y las acciones que vienen gestionando respecto a la infraestructura vial en la región Tumbes.

ARTíCULO SEGUNDO.

DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Tumbes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHíVESE.

GOBIERNO

Ing. DIEGO CONSEJERO

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

RAMEREZ


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7939481-013-2026_10feb2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9704555/7939481-acuerdo-consejo-regional-013-2026_10feb2026.pdf