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010 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 010_2025-GRT-CR-CD

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG/

CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Pe:uana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 010-2025/GOB.REGaTUMBES-CR-CD

O TÚMBE despetto,

CONSEJO

CI fbi

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

POR CUANTO EI Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con 10 previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma

Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralizadón Ley NO 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley NO 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley NO 27867, sus modificatorias y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con 10 dispuesto por el Artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificada por eI Artículo Único de la Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título V sobre descentralización; en concordancia con el Artículo 20 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 1 50 de la misma Ley, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 380 de citada Ley, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, por otro lado, el artículo 600 de acotada Ley, establece como Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades lo siguiente: inciso "a) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales", inciso "f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades", inciso "h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad", Que, la Ley NO 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud y su modificatoria, en su artículo V del Título Preliminar, sobre los Principio de Participación establece Av. La Marina 200 — Tumbes

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SisGeuo

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

y

REG/

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

desee(ta, Sente y

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 010-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD los jóvenes en la vida política, que, "EI Estado promueve la participación de la la de participación organizada de Nación. Promueve económica, cultural y social la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del Gobierno Local, Regional y Nacional";

OeFR

Que, mediante Decreto Supremo NO 013 2019-MINEDU, se aprobó la Política Nacional de Juventudes, señala en su artículo 20 que, "La Política Nacional de Juventud es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias". Asimismo, en su Objetivo Prioritario 6 (OP6) señala la priorización de "Incrementar la participación ciudadana de la población joven", Que, a través del Informe Técnico NO 001-2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-SGJSG, de fecha 09 de abril de 2025, la Sub Gerente de Juventudes, alcanzó la Propuesta de Ordenanza Regional al Gerente Regional de Desarrollo Social, mediante la cual sustenta la declaratoria de la semana de la juventud en el Departamento de Tumbes, durante los días del 18 al 23 de septiembre del 2025, manifestando que el desarrollo de las actividades por la ejecución de la semana de la juventud, originan efectos jurídicos (obligaciones) que deben ser avalados por la norma que lo ordena o crea los procedimientos administrativos, por 10 que concluye: Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, evalúe y haga suya la propuesta para que mediante Ordenanza Regional se DECLARE COMO SEMANA DE LA JUVENTUD EN EL DEPARTAMENTODE TUMBES, DURANTE LOS DÍAS DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, 10 cual una vez avalada 10 remita al responsable administrativo de la Sede Regional (Gerencia General Regional), para que requiera a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica la opinión legal correspondiente, sobre la viabilidad de citada propuesta;

C)

Que, con Informe NO 479-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 29 de mayo del 2025, eI Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal al Gerente Regional de Desarrollo Social, señalando, PRIMERO: Que, se ha procedido a realizar observaciones en el extremo de los artículos del proyecto de Técnico presentado Informe mediante 001Ordenanza 2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-SGJ-SG, de fecha 09 de abril del 2025, sin alterar su fin, las mismas que se han precisado en el presente, debiendo ser validadas por la Sub Gerencia de Juventudes previamente, por los fundamentos expuestos en el presente informe. SEGUNDO: Que, considerando una propuesta viable que deberá ser aprobada mediante Ordenanza Regional, se recomienda, que el expediente administrativo sea remitido al Consejo Regional, a través de la Gerencia General Regional con la finalidad que se proceda a la evaluación del "Proyecto de Ordenanza Regional que Declare la Semana de la Juventud en el Departamento de Tumbes durante los días del 18 al 23 de Septiembre de cada año", en virtud a los informes técnicos sustentados por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Juventudes; Que, mediante Informe NO 1 18-2025/GOB.REG.TUMBES-GRDS-SGJ-SG, de fecha 02 de junio del 2025, la Sub Gerente de Juventudes alcanza al Gerente General Av. La Marina 200 — Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG/O

CONSEJO REGIONAL

0 IÜMB despierta.

"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 010-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Regional, el levantamiento de las observaciones, optando por validar la propuesta de la reestructuración formulada por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica;

OGG.

Que, mediante ei Dictamen NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS,formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, concluyeron que es pertinente que el Consejo Regional de Tumbes, apruebe la Ordenanza Regional sobre DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA JUVENTUD EN LA REGIÓN TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DIA DE LA JUVENTUD; Que, con ei Acuerdo de Consejo Regional No 069-2025/GOB. REG. TUMBES-CRCD, en la Sesión Ordinaria NO 009-2025, de fecha 01 de agosto del 2025, se acordó por unanimidad, aprobar ei Dictamen NO 009-2025/GOBaREG.TUMBES-CR-CODS, formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social;

oca

De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la

Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB.

REG. TUMBES-CR, ei Consejo Regional

de Tumbes:

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO.

C)

DECLARAR OFICIALMENTE LA "SEMANA DE LA REGIÓN DE TUMBES", A CELEBRARSE ANUALMENTE DEL JUVENTUD EN LA 18 AL 23 DE SEPTIEMBRE, CON LA FINALIDAD DE INSTITUCIONALIZAR EL DIA DE LA JUVENTUD, y, de este modo, sensibilizar a toda la población tumbesina sobre el rol crucial que desempeñan los jóvenes en eI desarrollo y progreso de nuestro departamento. Durante esta semana, se impulsará la creación de diversos espacios y la realización de actividades específicas que beneficien directamente a la población juvenil de la región.

ARTíCULO SEGUNDO. ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social

de Juventudes del Gobierno Regional de Tumbes, la de todas organización las actividades y eventos a realizarse durante la "Semana de la Juventud en la Región de Tumbes", 10 cual será aprobado mediante Resolución Gerencial General Regional.

y a la Sub Gerencia

Dichas actividades incluirán, pero no se limitarán a: •

Eventos deportivos y culturales Actividades de recreación Reconocimientos a jóvenes lideres y organizaciones juveniles Ferias de emprendimiento y empleabilidad dirigidas a jóvenes y adolescentes

ARTÍCULO TERCERO.

ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la responsabilidad de establecer alianzas estratégicas y gestionar convenios con

Av. La Marina 200

Tumbes

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL

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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 010-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD diversas instituciones, agentes cooperantes y Organizaciones No Gubernamentales

ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del de Regional Tumbes, la publicación de la presente Ordenanza Regional Gobierno entrará en vigencia al día siguiente en el Diario Oficial "EI Peruano", la misma que de su publicación.

ARTÍCULO CUARTO.

ARTÍCULO QUINTO.

DISPONER, la publicación en ei Portal Web del Gobierno

Regional de Tumbes.

Comuníquese

promulgación.

al

señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su

En Tumbes, al primer día del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

NO REGIONA

f.

ROBERTO

HERRERA

POR TANTO:

Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el

C)

MBES

GOBIERNOR

Segismun o Cruc GOBERNA

Av. La Marina 200

Tumbes

Ordinola

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