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009 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 009_2025-GRT-CR-CD

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GOBIERNO REGIONAL TU

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CONSEJO REGIONAL

Doc. Expo

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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO EI Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con 10 previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley NO 27680;

C)

Ley de Bases de Descentralización Ley NO 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley NO 27867, sus modificatorias y demás normas complementarias.

OGG N

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con 10 dispuesto por el Artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificada por el Artículo Único de la Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título V sobre descentralización; en concordancia con el Artículo 20 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos

Regionales, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; popular,

rn

Que, mediante la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130 establece que "EI Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional". Además, el inciso a) del artículo 150 de la misma Ley, señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o

derogar las normas que regulen o reglamenten competencia y funciones del Gobierno Regional;

los asuntos y materias de

Que, el Artículo 380 de citada Ley, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal h) del artículo 600 de acotada Ley, señala que el Gobierno Regional deberá Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales; Que, la Ley NO 29792, crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), como un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, siendo su ente rector el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); Que, mediante Decreto Supremo NO 008-2016-MIDIS, aprueba el Reglamento de la Ley NO 29792 (SINADIS), en su artículo 70 literal e) reconoce como base para la articulación intersectorial e intergubernamental, al gobierno regional y a los Av. La Marina 200 — Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. gobiernos locales provinciales y distritales de cada jurisdicción, los cuales ejercen sus funciones en materia de desarrollo e inclusión social en estrecha coordinación con el ente rector, en el marco de la política nacional y de la autonomía que les corresponde; Que, el Decreto Supremo NO 008-2022-MIDIS, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, señala en su artículo 20, incisos 2.1 y 2.2, que la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, es de cumplimiento obligatorio y aplica a todas las entidades de la administración pública, en todos sus niveles de

gobierno;

REGIO*

EJO

Que, a través del Informe Técnico NO 004-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDS, de fecha 27 de diciembre de 2024, el Gerente Regional de Desarrollo Social, solicita al Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emita informe legal sobre eI Proyecto de Ordenanza Regional para la Creación y Conformación de la IAR DIS, señalando que el enfoque de la política social se basa en cinco ejes estratégicos que priorizan el desarrollo la persona, la familia, la comunidad y el territorio con un enfoque de derechos, género e interculturalidad, que garantiza la inclusión social integral y el enfoque territorial para el desarrollo social, citando los siguientes: 1. 2. 3. 4. 5.

Desarrollo Infantil Temprano Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia Inclusión Económica Protección de las Personas Adultas Mayores. Mejorar las condiciones del entorno de la población.

Que, asimismo, precisa que el objetivo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social es emitir una nueva ordenanza aprobada por el Gobierno Regional de Tumbes, que apruebe la creación de la Instancia de Articulación Regional, que permita el flujo progresivo de recursos y decisiones entre los diferentes sectores, actores sociales y diversos niveles de Gobierno, a fin de que los servicios en sus puntos de entrega sean oportunos, debidamente proporcionados, bajo estándares de calidad y bajo el enfoque Territorial y diferencial de Desarrollo Humano, para el logro de resultados sociales. Por otro lado, indica que el 11 de marzo del 2020, se Crea la Gerencia Regional de Desarrollo Social, con Resolución Gerencial Regional NO 000001182020/GOBlER REGIONAL-GGR-GRDS y en ei año la Sub Gerencia de Inclusión Social, la cual no se encuentra estructurada funcionalmente de acuerdo con el Artículo 290-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, generando que los sectores o gerencias regionales, no se articulen estratégicamente entre sí, ocasionando que se dupliquen las intervenciones (operativa y presupuestalmente) sobre la misma población objetiva y se conformen múltiples mesas temáticas, espacios e instancias de articulación con los mismos actores sociales; cruzándose en muchos casos las agendas y programación de las reuniones de trabajo. actualmente existen 20 mesas temáticas y en muchos casos son conformadas por los mismos miembros. Por 10 que en ese orden de ideas la Creación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes, permitirá una optimización de recursos y unificación de criterios con los diferentes sectores involucrados. Asimismo, concluye que, la aprobación de la presente Ordenanza Regional no requerirá de asignación presupuestal inmediata, Av. La Marina 200 — Tumbes

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CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. dado que ya cuenta con la asignación presupuestal que otorga el Convenio de Asignación por Desempeño en el marco del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logros Sociales;

C)

Que, aunado a ello, con Oficio NO 034-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha de recepción 29 de mayo del 2025, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye PRIMERO: Que, como Órgano de asesoramiento este despacho considera que es VIABLE que el Consejo Regional proceda de conformidad a sus atribuciones y competencias según 10 establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y salvo mejor parecer proceda a la evaluación del "Proyecto de Ordenanza Regional que Crea y Conforma la Instancia de Articulación Regional Para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes" para su aprobación, en virtud a los informes técnicos sustentados por la Gerencia regional de Desarrollo social y a los fundamentos jurídicos precitados que respaldan la propuesta de ordenanza en el presente informe; Que, mediante Acta de Sesión de Comisión NO 22-2025, de fecha 12 de junio del 2025, se reunieron los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, para tratar el punto de agenda sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la "Creación y Conformación de la Instancia de Articulación Regional para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes", Al respecto, determinan que el expediente cuenta con el respaldo técnico y jurídico necesario viabilidad, conforme a lo requerido por la Gerencia Regional de que acredita su ejecutado las recomendaciones Desarrollo. En ese sentido, y habiéndose planteadas por el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, los integrantes de esta comisión acuerdan que es pertinente emitir el Dictamen respectivo.

Q)

Que, la Ley NO 29792, crea, organiza y establece las funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), tiene la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil. Asimismo, se crea el Registro Nacional de Programas Sociales y el Registro Nacional de Beneficiarios de los Programas Sociales, a nivel intergubernamental, entre otros. De igual forma, crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, siendo su ente rector el

MIDIS;

Que, mediante ei Dictamen NO 006-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS,formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, concluyeron que es pertinente que ei Consejo Regional de Tumbes, apruebe la "CREACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL TERRITORIAL (IARDIST) DE TUMBES"; Que, con ei Acuerdo de Consejo Regional NO 051-2025/GOB. REG. TUMBES-CRCD, en la Sesión Ordinaria NO 007-2025, de fecha 19 de junio del 2025, se acordó Av. La Marina 200 — Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG,

CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. por unanimidad, aprobar ei Dictamen NO 006-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CODS, formulado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la

Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB.

de Tumbes:

REG. TUMBES-CR, ei Consejo Regional

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

C)

ARTÍCULO PRIMERO.

APROBAR, la "Creación de la Instancia de Articulación

Regional para el Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes, como un espacio de participación social, para lograr la provisión de servicios e intervenciones y la entrega de orientados al desarrollo e inclusión social en eI territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros, con enfoque del hogar, ciclo de vida, territorial, basado en derechos humanos, género, intercultural, perspectiva de discapacidad, gestión social de riesgos, desarrollo humano, gerontológico, enfoque diferencial para eI goce efectivo de los derechos de la persona mayor y curso de vida.

ARTÍCULO SEGUNDO.

FINALIDAD, ser una instancia de articulación regional de carácter interinstitucional e intergubernamental que cuente con participación de representantes en el territorio tales como: gobierno nacional, gobiernos locales, sector privado, academia y sociedad civil organizada para contribuir al logro de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión (PNDIS) al 2030 a fin de cerrar las brechas sociales para la reducción de la pobreza en el departamento de Tumbes.

ARTÍCULO TERCERO.

OBJETIVOS:

3.1. Objetivos Prioritarios de la IARDIST:

Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños 1.

y adolescentes.

Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes

y adultos. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su

inclusión social

3.2 Lineamientos Estratégicos de la IARDIST: a. Promover el alineamiento de prioridades, objetivos, metas y recursos

del gobierno regional para la implementación de las políticas públicas orientadas al desarrollo e inclusión social, a través de una gestión articulada con los gobiernos locales de su jurisdicción, cuando

corresponda.

Av. La Marina 200 —Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CDa b.

Proponer recomendaciones orientadas a la mejora de los instrumentos de gestión del gobierno regional, para efectivizar el logro de resultados. c. Realizar el seguimiento a las acciones que aseguren las condiciones para la entrega oportuna de intervenciones y servicios priorizados orientados al desarrollo e inclusión social, fortaleciendo sinergias en el territorio; y reportar su cumplimiento al ente rector. d. Hacer de conocimiento del gobierno regional, las alertas presentadas por las Instancias de Articulación Local de la jurisdicción, respecto de aquellos compromisos que no han sido cumplidos por el gobierno local o por la entidad pública a cargo, con relación a las intervenciones y servicios priorizados orientadas al desarrollo e inclusión social, para la adopción de medidas correctivas.

ARTÍCULO CUARTO.

DISPONER, que toda norma regional en relación a espacios de articulación sobre desarrollo e inclusión social, como consejos e instancias regionales, consejos consultivos, mesas de trabajo o comisiones constituidos con anterioridad que se encuentren activos, se adhieran a la presente Ordenanza Regional, adecuándose a la presente norma, 10 que implica que las instancias deberán pasar a formar parte de la IARDIST y adecuar su estructura y instancia funcionamiento, e incorporarse a esta según la organización establecida en el Artículo Quinto de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO QUINTO.

APROBAR, la organización que tendrá la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes, siendo la siguiente: 1.

C)

Asamblea General: Presidida por el/la Gobernador/a Regional (pudiendo ser delegada de ser necesario), e integrada por los representantes de las del Instituciones públicas privadas ámbito regional, y cuyas responsabilidades, funciones y/o actividades estén relacionadas directa e indirectamente con el desarrollo e inclusión social en la región.

Secretaría Técnica: Órganotécnico a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. Esta secretaría responde a los requerimientos de la Gobernación y/o la Asamblea y coordina con las comisiones y grupos de trabajo que se conformen. 3. Espacios de Participación Social con representación en la IAR-DIS: a) Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de Tumbes CCONNA-TUMBES, creado con Ordenanza Regional NO 008-20152.

b) c) d)

GOB.REG.TUMBES-CR.

Consejo Regional de la Mujer, creado con Ordenanza Regional NO 016-

2017-GOB.REG.TUMBES-CR. Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores

COREPAM, creado con Ordenanza Regional NO 010-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. Consejo Regional de la Juventud, creado con Ordenanza Regional NO 0142022/GOB.REG.TUMBES-CR-CD.

Av. La Marina 200 — Tumbes

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ORDENANZA REGIONAL NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. e) f)

Instancia Regional de Concertación de la Región Tumbes, creado con

Ordenanza Regional NO 019-2016-GOB.REG.TUMBES-CR-CD. Comisión Regional para la Lucha Contra la Trata de Personas y Tráfico

Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes, creado con Resolución Ejecutiva

g)

Regional No 243-2016/GOB.REG.TUMBES.P. Comisión Regional Multisectorial para la Implementación de los Lineamientos de Transversalización del enfoque de género en la Región Tumbes, creada con Resolución Ejecutiva Regional NO 0004482019/GOB.REG.TUMBES-GR.

ARTÍCULO SEXTO.

APROBAR, la conformación de la Instancia Regional de Articulación para el Desarrollo e Inclusión Social de Tumbes Territorial IARDIST-T, con enfoque Multiactor, por las siguientes autoridades:

L)

EI Gobernador Regional, quien la presidirá Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN c. Presidente/a de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional. d. Gerente Regional de Desarrollo Social Secretaría Técnica e. Alcaldes (13) de los distritos de la Región Tumbes f. Coordinador Regional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS. g. Coordinador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP h. Coordinador Regional del Ministerio de Economía y Finanzas -Tumbes Un(a) representante de las Universidades públicas y privadas j. Un(a) representante de Institutos de Formación Superior Tumbes k. Un(a) representante de la Cámara de Comercio y Producción Tumbes Un(a) representante del INEI Oficina Regional Tumbes m. Un(a) representante del RENIEC -Tumbes n. Un(a) representante del Consejo Regional de Decanos de los Colegios a. b.

cao

Profesionales Tumbes

o. p.

Un(a) representante de las ONG de la Región Tumbes. Un(a) representantes de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la

Pobreza MCLCP

q.

Un(a) representante de los espacios, instancias regionales, consejos consultivos, mesas de trabajo, comisiones o grupos impulsor de participación

social

Tumbes

Gerente (a) Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial s. Director (a) Regional de Educación, Director (a) Regional de Salud. t. u. Director (a) Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. v. Director (a) Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. w. Director (a) Regional de Agricultura. r.

ARTÍCULO SÉPTIMO.

ENCARGAR, a la Secretaría Técnica de la IARDIST, que la de está a cargo Gerencia Regional de Desarrollo Social o quien haga sus veces, la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento

Av. La Marina 200 — Tumbes

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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL

NO 009-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. de la IAR-DIS; así como, reportar periódicamente al Gobernador Regional y llevar el registro de los acuerdos, y toda la documentación que se genere.

Los DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES, OCTAVO. representantes señalados en el Artículo Sexto deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaria Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente

ARTÍCULO

Ordenanza.

ARTíCULO NOVENO.

FACULTAR, a la secretaria técnica para que en sesión ordinaria proceda con la elaboración del Reglamento de la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social Territorial (IARDIST) de Tumbes, en un plazo no mayor a sesenta (60) días posteriores a la aprobación de la presente ordenanza regional, la misma que será aprobada mediante Resolución Ejecutiva —

Regional.

ARTíCULO DÉCIMO.

DEJAR SIN EFECTO, toda norma que se oponga a la

presente ordenanza regional.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.

ENCARGAR, a la Jefa de la Oficina Regional de del Regional Administración Gobierno Tumbe la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "EI Peruano", la misma que entrara en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTíCULO DÉCIMO SEGUNDO.

Gobierno Regional de Tumbes.

DISPONER la publicación en ei Portal web del

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su

promulgación.

En Tumbes, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil veinticinco.

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ROBERTO

CONSEJERO

POR TANTO:

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Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el

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Av. La Marina 200 — Tumbes

2 6 JUN 2025

TUMBES

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