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008-2017 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 008-2017

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

“Año del Buen Servicio al Ciudadano” Tumbes El Caribe Sudamericano “Playas, Manglares, Bosques y Gastronomía”

ORDENANZA REGIONAL N° 008-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, sus modificatorias, y demás normas complementarias; y

CONSIDERANDO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley 27680; Ley de Bases de la Descentralización - Ley 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902;

De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; en su Art. 17° se ha establecido que los gobiernos regionales y locales, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, el debate y la concertación de los planes de desarrollo y presupuesto, así como en la gestión pública;

De conformidad con el artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y; en el artículo 15°, inciso a) señala que son atribuciones del Consejo Regional “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional”;

De conformidad con la citada Ley Orgánica en su Art. 45%, modificado por el Art. 4% de la Ley N° 27902, numeral 2. del literal b), establece que los Gobiernos Regionales ejercen la función de Planeamiento, diseñando políticas,

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

“Año del Buen Servicio al Ciudadano” Tumbes El Caribe Sudamericano “Playas, Manglares, Bosques y Gastronomía”

ORDENANZA REGIONAL N° 008-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD

prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización y a la misma Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, citada Ley Orgánica en el Art. 61°, apartados a) y b) ha estipulado: “Las funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil (...)”;

De conformidad con la Ley N° 27933, en su Reglamento actualizado en su Art. 13° establece: “Los comités regionales, provinciales y distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional, diseñado por el CONASEC;

De conformidad con el Decreto Supremo N° 011-2014-IN que aprueba el Reglamento de la ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en el Art. 9” prescribe que: “El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento

(...)”. Así mismo, el Art. 17° inciso a), de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): “Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana”;

Que, el mismo Texto Legal, en su artículo 19° inciso e), norma que es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana “Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional”, concordante con lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 47” de esta norma;

Que, mediante la Resolución Regional N° 001-2017/CONASEC-CORESECTUMBES-P, de fecha 05 de mayo de 2017, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Tumbes 2016, que consta de 0146 folios.

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(E> GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Ñ Pana, “Año del Buen Servicio al Ciudadano” = Tumbes El Caribe Sudamericano “Playas, Manglares, Bosques y Gastronomía”

ORDENANZA REGIONAL

N° 008-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD

Que, mediante el Oficio N° 007-2017/GOB.REG.TUMBES-CORESEC-ST, de fecha 29 de mayo de 2017, el Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional; Tc. Luis Adolfo Guerrero Navarro, Alcanza a la Consejera delegada subsanación y modificación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana el cual mediante proveído de fecha 30 de mayo de 2017 fue remitido a la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 046-2017/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 09 de junio de 2017, se aprobó el Dictamen N° 001- 2017 de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente sobre Ratificar el “Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017”;

De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37° inciso a) de la Ley N° 27867;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Ratificar el “Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017”, conforme al artículo 19° inciso e), del Decreto Supremo N° 01 1-2014-IN, Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Tumbes con el Acta de Sesión N° 03, del 06 de mayo del 2017 y con la Resolución Regional N° 001-2017/CONASEC-CORESEC-TUMBES-P, del 05 de mayo del 2017.

SE ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaría Técnica Regional de Seguridad Ciudadana del CORESEC de la Oficina Regional Seguridad y Defensa Nacional adopte las medidas necesarias para la implementación y cumplimiento del “Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017” con el CORESEC.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulación de la Región, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación.

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

“Año del Buen Servicio al Ciudadano” Tumbes El Caribe Sudamericano “Playas, Manglares, Bosques y Gastronomía”

ORDENANZA REGIONAL N° 008-2017-GOB. REG. TUMBES-CR-CD

En Tumbes a los 13 días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

POR TANTO Mando se registre, publique, cumpla y archive.

Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 3 9 JN

woo Prof. Teresa Beatriz Quintana Delgado Gobernadora tegional (8)

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/2472060-008-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2520958/ORDENANZA_REGIONAL_008-2017.pdf