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007 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 007_2026

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GOBIERNO REGIONAL TUM

REG'

CONSEJO REGIONAL

Doct 03028

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ORDENANZA REGIONAL NO 007-20261GOBREG.TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

POR CUANTO EI Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de abril de 2026, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional; —

CONSIDERANDO:

Oza

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, en su Título l, Artículo 10 proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado y en su Artículo 20 inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; Que, la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen como finalidad fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la identidad cultural y el desarrollo social de sus —

jurisdicciones;

Que, el artículo 50 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la misión de los Gobiernos Regionales es, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, buscando contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, la Trata de Personas infringe la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 4 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece que nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, estando

prohibidos en todas sus formas la esclavitud y la trata de esclavos, ratificado por

el Estado peruano en la Convención de las Naciones Unidas;

Que, la Ley NO 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de

Migrantes, así como su reglamento, aprobado por Decreto Supremo NO 0012016-IN. Regulan un conjunto de acciones de prevención, persecución y sanción de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, así como de protección y asistencia a las víctimas de los referidos delitos, el mismo así la del 22, d) e) de Ley, establece literal reglamento citada y artículo que, en su los Gobiernos Regionales deben de implementar Redes y Comisiones a nivel regional y local para la prevención de los delitos de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, así como también, efectuar planes regionales y locales contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, que aborden la Av. La Marina 200

Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

€$taoREG/O

CONSEJO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ORDENANZA REGIONAL

NO 007-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD problemática a nivel regional, alineados Desarrollo Regional, respectivamente;

a

las políticas y a los Planes de

Que, mediante Decreto Supremo NO 009-2021-IN, el Estado peruano aprobó la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación al 2030, la misma, que se constituye en el instrumento marco de políticas públicas en materia de lucha contra la Trata de Personas, con pertinencia cultural y lingüística, y que orientará la acción del Estado en sus tres niveles de gobierno articuladas. las mismas que son de para el desarrollo de intervenciones del Estado en todos los niveles cumplimiento obligatorio por todas las entidades de gobierno;

Que, la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 600,

social e igualdad de como función en materia de desarrollo siguiente: inciso

Formular, "a) aprobar y evaluar las políticas oportunidades, social igualdad de su competencia, de oportunidades de desarrollo e en materia del general la gobierno nacional, los planes política en concordancia con sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales (...)

establece i.f4

Que, mediante Informe Técnico NO 017-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDSSGIS-SG, de fecha 26 de setiembre de 2025, la Jefa (e)de la Sub Gerencia de Inclusión Social sustentó la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la conformación de la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes, recomendando además dejar sin efecto las Resoluciones Ejecutivas Regionales NO 4272015/GOB. REG. TUMBES-PR y NO 243-2016/GOB. REG. TUMBES-P;

Que con Informe No 186-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, marzo

de fecha 03 de

del 2026, eI jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión

legal concluyendo que, la propuesta de proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la "Conformación de la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes" resulta legalmente viable, en concordancia con las funciones y competencias del Gobierno Regional, conforme a los fundamentos fácticos y jurídicos desarrollados en el referido informe; asimismo recomendó dejar sin efecto la REG. TUMBES-P y Resolución Ejecutiva Regional NO 427-2015/GOB. NO 243-2016/GOB. REG. TUMBES-P; Resolución Ejecutiva Regional

Que, a través ei Dictamen NO 003-2026/GOB.REG.TUMBES-CODS, formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, sobre "CONFORMACIÓN DE LA RED DESCENTRALIZADA MULTISECTORIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES EN LA REGIÓN TUMBES"; Que, con ei Acuerdo de Consejo Regional NO 050-2026/GOB. REG. TUMBESCR-CD, en la sesión Extraordinaria NO 011-2Ô26, de 01 de abril de 2026, se acordó por unanimidad, aprobar ei Dictamen NO 003-2026/GOB.REG.TUMBESCODS, elaborado por los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social Av. La Marina 200

Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG

CONSEJO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ORDENANZA REGIONAL

NO 007-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

X*JO

ARTÍCULO PRIMERO.

CONFORMAR la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes, instituciones públicas y la misma que estará integrada por representantes de las privadas que realizan acciones en el marco de la Ley 28950, Ley contra la Trata de personas y Tráfico Ilícito de Migrantes y su reglamento, siendo sus integrantes

los siguientes: l.

Gobernador Regional de

Tumbes (asume

la

Presidencia

de

la

Red

Descentralizada Multisectorial). 2. 3.

Gerencia Regional de Desarrollo Social (asume la Secretaria Técnica). Un Representante de la Comisión Permanente de Desarrollo Social (Consejo

Regional). 5.

Un Representante de la Dirección Regional de Educación. Un Representante de la Dirección Regional de Salud

Un Representante de la Dirección Regional de Trabajo y

Promoción del

Empleo. Un Representante de la Sub Gerencia de Inclusión Social Un Representante de la Oficina Regional de las Personas con Discapacidad Un Representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Económico Un Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. Un Representante de Cada Municipalidad Provincial de Tumbes Un Representante de Cada Municipalidad Distrital de la Región Tumbes. Un Representante de la Oficina Regional de Seguridad Ciudadana. Un Representante del Programa Nacional WARMI NAN. Un Representante de la Defensoría del Pueblo Sede Tumbes Un Representante del Ministerio Público (FISTRAP) Sede Tumbes. Un Representante de La Corte Superior de Justicia Sede Tumbes Un Representante de la Policía Nacional del Perú. Un Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Un Representante de RENIEC Un Representante de la Universidad Nacional de Tumbes. Un Representante de ONGS Un Representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral

(SUNAFIL) Tumbes. Un Representante de

II. 12.

la

Superintendencias de Transporte Terrestre de

Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) Tumbes.

Av. La Marina 200

Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG/O

CONSEJO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ORDENANZA REGIONAL NO 007-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD 26.

Un Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza

de la Región Tumbes. REGIO

Un Representante de la Prefectura de Tumbes.

Un Representante de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones

Exteriores Tumbes 29.

Un Representante del Consulado de Ecuador en Tumbes.

Un Representante del Consulado General del Perú en Machala Ecuador

Un Representante de la Asociación de Hoteleros en Tumbes

Un Representante Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Un Representante de Migraciones Zonal Tumbes.

Un Representante del Colegio de Abogados de Tumbes.

Un Representante del Colegio de Periodistas de Tumbes.

Un Representante del Colegio Médico de Tumbes

Un Representante del Colegio de Obstetras de Tumbes.

Un Representante del Colegio de Psicólogos de Tumbes

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER a cada institución integrante de la Red Descentralizada Multisectorial, acreditar a un titular y un alterno en un plazo no mayor de treinta días de aprobada la presente Ordenanza. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Red Descentralizada Multisectorial que, una vez conformada, formule y remita a la Gerencia General Regional el Plan Operativo para su conocimiento, debiendo, además, informar anualmente sobre el cumplimiento del referido plan y las acciones ejecutadas al Ministerio del Interior (MINTER).

Q)

ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER que la Red Descentralizada Multisectorial Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes Región de Tumbes, asumirá las siguientes funciones: a)

b)

Proponer, desarrollar e implementar políticas, normas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes a nivel regional. Elaborar un Plan Anual con su cronograma de ejecución, a fin de implementar acciones orientadas a la lucha contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de

Migrantes a nivel Regional.

c) Realizar acciones de seguimiento y monitoreo sobre la implementación de las políticas, programas, planes y acciones contra la Trata de Personas en los gobiernos locales de la región. d) Formular y aprobar el plan operativo multisectorial anual de la Red

Descentralizada Multisectorial.

e) Elaborar el informe anual de las acciones contra la Trata de Personas para ser presentado ante ei MININTER.

ARTÍCULO

QUINTO:

DECLARAR de interés prioritario regional la implementación de políticas públicas integrales orientadas a la prevención,

Av. La Marina 200

Tumbes

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

REG/

CONSEJO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

ORDENANZA REGIONAL

NO 007-2026/GOBREG.TUMBES-CR-CD detección, seguimiento y denuncia de los casos de trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes a nivel de la Región Tumbes.

ARTÍCULO SEXTO: FACULTAR a la Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional de Tumbes que mediante Decreto Regional o Resolución Ejecutiva Regional disponga la reglamentación y dicte las medidas complementarias y necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. ARTÍCULO SÉPTIMO.

ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en calidad de Secretaría Técnica, la cual en coordinación con los Sectores correspondientes implementen las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. —

ARTÍCULO OCTAVO.

Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional de Tumbes, realizar las acciones administrativas destinadas

ENCARGAR

a

la

la efecto Ejecutiva 427dejar sin Regional NO Resolución del la

2015/GOB.REG.TUMBES.PR de Resolución de fecha diciembre y de fecha 10 de Ejecutiva Regional NO 00000243-2016/GOB.REG.TUMBES.P junio del 2016. a

ARTÍCULO NOVENO. ENCARGAR a la Jefa de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Tumbes, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "EI Peruano", la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

ARTÍCULO DÉCIMO.

DISPONER, la publicación en ei

Portal

Gobierno Regional de Tumbes.

web del

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su

promulgación.

En Tumbes al primer (01) dí REGIO

el mes de abril del año dos mil veintiséis. G

BIERNO

IONAL TUMBE

Ing. DIEGO LEMAN RAMIREZ CONSEJERO REGIONAL

POR TANTO: Mando se registre, publi

cumplayarchive.

0 ABR 2026

Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el TUM

acias Pal tios BERN

Av. La Marina 200

Tumbes

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