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006-2025-04FEBRERO Regional Agreement Tumbes In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 006-2025.04FEBRERO

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SisGeDo CONSEJO REGIONAL

e GOBIERNO REGIONAL TUMBES: EYSEICETA CONSEJO REGIONAL Exp. | (2) Ag UE

“Afio de la Recuperacion y Consolidación de la Economía Peruana”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 006-2025/GOB.REG. TUMBES-CR-CD

Tumbes, 04 de febrero del 2025

relativa a la contratación de 115 militantes de Alianza para el Progreso (APP) en el Gobierno Regional Tumbes entre el 2023 y 2024”:

/f CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Político del Estado, Ley N° 27680- Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, mediante las cuales se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económico y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, a través de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8°, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificada por la Ley N° 27902, en su articulo 14°, establece que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en comisiones”; y en

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su articulo 16°, inciso c) señala que son obligaciones de los Consejeros Regionales de Tumbes: “Integrar las comisiones ordinarias, investigadoras y especiales”. Y en el artículo 103°, precisa que: “Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas

el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones, las mismas que pueden Ser ordinarias, investigadoras y especiales’:

Que, acotado Reglamento Interno en su articulo 111°, sefiala que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, cuenta con la Comisión Ordinaria de Fiscalización y Anticorrupción; y en su artículo 119°, establece las funciones específicas de citada Comisión Ordinaria, precisando en su inciso h) que realiza además las funciones que le asigna el Pleno del Consejo Regional de Tumbes;

Av. La Marina N° 200 — Tumbes 1

GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 006-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

Que, el articulo 119° de citado Reglamento Interno, señala que la Comisión de Fiscalización y Anticorrupción se pronuncia sobre asuntos que deben ser

incisos a), b), c) y e), a decir: a) Trabaja coordinadamente con la Gerencia General Regional, Asesoría Legal, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Publica Regional, así como con las demás Gerencias Regionales, Direcciones Regionales, Proyectos Especiales y otras que sean necesarias. b) Controlar la gestión y la conducta de los funcionarios(as) y los actos de los órganos de dirección y administración del Gobierno Regional. c) Realizar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional, analizarlas y presentar un informe ante el Consejo Regional. e) Recibir denuncias individuales o colectivas, procesarlas para su investigación y dictamen;

N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con Ordenanza Regional N° 03-2015/GOB.REG. TUMBES-CR:

SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Tumbes.

NIQUESE Y ARCHÍVESE BtER O REGIONA $

Est, Ve ROBERTO ALAN RIOS HERRERA

CONSEJERO REGIONAL

Av. La Marina N° 200 — Tumbes 2


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/7931761-006-2025-04febrero PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9693084/7931761-acuerdo-consejo-regional-006-2025-04febrero.pdf