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006-2016 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 006-2016

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES _CONSEJO REGIONAL.

“Año de la consolidación del Mar de Grau” “Tumbes Tierra Gloriosa Victoriosa e Inmaculada de la Patria”

ORDENANZA REGIONAL N° 006-2016-GOB.REG.TUMBES-CR-CD

EL CONSEJO REGIONAL TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO

EtGensejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la\Constitucion Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma onstilucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, ay del Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos

Redionáles Ley N° 27867, sus modificatorias, y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Inciso 1 del Art. 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley 27680, se establece que los gobiernos regionales son competentes para aplicar su organización interna y su presupuesto;

Que. el artículo 17° inciso 1) de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783. establece que los Gobiernos Regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de sus planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestión Pública. El Decreto Supremo N° 142-2009-EF. Aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 “Ley Marco del presupuesto Participativo”, al cual es necesario hacer algunas precisiones, en el marco de lo dispuesto por la Tercera disposición final del citado decreto supremo, a fin de que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales puedan cumplir con el Marco Normativo del proceso del Presupuesto Participativo

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su modificatoria ley 27902 instituye en el inciso a) del numeral 1 del artículo 10% que es competencia exclusiva del Gobierno Regional planificar el desarrollo integral de la región y efectuar los programas socios económicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo;

Que, la Ley 29298, Ley que modifica los Art. 4, 5, 6 y 7 de la Ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en la cual se precisa, que cada instancia del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo,

Av_ La Marina N° 200 - Tumbes Telefax (072) 52-4464

Bao GOBIERNO REGIONAL TUMBES

Nome Y “Año de la consolidación del Mar de Grau” “Tumbes Tierra Gloriosa Victoriosa e Inmaculada de la Patria”

respetando el marco de competencia establecidas en la Constitución Política del Estado y en las correspondientes leyes orgánicas;

Que, mediante Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año fiscal 2011”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01. del 10 de abril del 2010 que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, para el Año Fiscal 2011, es de Vigencia Permanente y de cumplimiento obligatorio, donde los Gobiernos Regionales aprobaran mediante Ordenanza la Reglamentación del

TOMBES Que, el Presupuesto Participativo tiene como objetivos: a) Mejorar la

A lencia en la asignación y ejecución de los Recursos Públicos; b) Reforzar la Relación entre el Estado y la Sociedad; c) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrolla para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado; y d) Reforzar el seguimiento, Control y Vigilancia de la ejecución del Presupuesto y Fiscalización de la Gestión;

Que. el equipo técnico es el encargado de brindar el apoyo para la realización de los talleres, debiendo preparar la información necesaria y consolidar sus resultados para el posterior desarrollo técnico y evaluación de las propuestas institucionales, y está conformado por profesionales y técnicos presididos por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;

Que, el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los Agentes Participantes para la consecución de los objetivos estratégicos;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 038-2016/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 16 de mayo del 2015, se aprobó el Dictamen N° 004- 2016, presentado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tumbes para el año Fiscal 2017, el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuestario Participativo 2017 y la conformación del Equipo Técnico que tendrá a cargo el Proceso del Presupuesto Participativo 2017 del Gobierno Regional de Tumbes;

De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37* inciso a) de la Ley N° 27867;

Av La Marina N° 200 — Tumbes Telefax (072) 52-4464

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

“Año de la consolidación del Mar de Grau” “Tumbes Tierra Gloriosa Victoriosa e Inmaculada de la Patria”

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de Tumbes para el año Fiscal 2017, que consta de cuatro (IV) Títulos, treinta y cuatro (34) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Transitorias.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el Cronograma de Actividades del Proceso Presupuestario Participativo 2017 del Gobierno Regional de Tumbes:

CRONOGRAMA DEL PROCESO PARTICIPATIVO

ITEM ACTIVIDAD FECHAS DE EJECUCIÓN "\ Inscripcion de Agentes Participantes | __Del 23 al 27 de mayo J Proceso de verificación de información y | 2 |oObservaciones a la inscripción de agentes | Del 30 al 31 de mayo

participantes.

3 Acreditación de agentes participantes y publicación |

01 de junio | Len portal 4 | Recepción de observaciones y/o tachas 02 de junio | 5 | Traslado de observaciones y/o tachas 06de junio | 6 | Recepción de descargos | 07 de junio ‘on 7 | Levantamiento de observaciones y tachas. 08 y 09 de Junio | 8 | Entrega de credenciales a los agentes 40 de junio participantes aptos 9 Desarrollo de talleres de trabajo Del 17 de junio al 26 de | agosto 10 1er Taller: 17 de junio

Taller de Capacitación de Agentes Participantes.

11 2do Taller: | Taller de Identificación y Priorización de 24 de junio Resultados y Propuesta de Ideas de Proyectos.

12 3er Taller: Taller de Validación del Plan de Desarrollo 26 de agosto Concertado 2015-2021. |

13 4to Taller: | | Taller de Priorización de Proyectos y Formalización 30 de junio i | de Acuerdos.

ARTÍCULO TERCERO.- El Equipo Técnico que tendrá a cargo el Proceso del Presupuesto Participativo 2017 estará conformado de la siguiente manera:

  • Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Av. La Marina N° 200 — Tumbes Telefax (072) 52-4464

O_O soneto copo

a GOBIERNO REGIONAL TUMBES

“Año de la consolidación del Mar de Grau” “Tumbes Tierra Gloriosa Victoriosa e Inmaculada de la Patria”

  • Gerente Regional de Infraestructura.

  • Gerente Regional de Desarrollo Social.

  • — Gerente Regional de Desarrollo Económico.

  • Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

  • Sub. Gerente de Planeamiento Estratégico (Secretario Técnico)

  • Sub Gerente de Presupuesto.

  • Sub Gerente de Programación de Inversiones.

  • Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial

  • Jefe de la Unidad Formuladora de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

  • 02 planificadores de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico.

  • 02 representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional Tumbes. Cuya responsabilidad del equipo en la programación y suministro de la información, de la evaluación técnica, asesoría y apoyo permanente al proceso.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y/o en el Diario de mayor circulación de la Región, disponiendo su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tumbes

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación.

En Tumbes a los 17 dias del mes de mayo de\aiio dos mil dieciséis.

babel Ramirez JERA REGIONAL

POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase

Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el ? 0 MAY 2016

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

GOBERNADOR

lefax (072) 52-4464


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/2472038-006-2016 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2520927/ORDENANZA_REGIONAL_006-2016.pdf