Ordenanza Regional N.° 006_2026
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES
Reo,
CONSEJO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
ORDENANZA REGIONAL NO 006
2026/GOB.REGaTUMBES-CR-CD
SisCQDo EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES
DOC.
A APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIE
302 f 6C q Z C 606
OR CUANTO: fSEdOR
EI Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de marzo de 2026, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el Reglamento -Interno del Consejo Regional; —
—
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con 10 dispuesto por el Artículo 1910 de la Constitución Política del Perú, modificada por el Artículo Único de la Ley NO 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización; en concordancia con el Artículo 20 de la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
C)
Que, la Ley NO 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen como finalidad fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la identidad cultural y el desarrollo social de sus jurisdicciones; —
Que, el artículo 130 de la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; —
Que, el literal a) del artículo 150 de la Ley NO 27867, dispone que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar normas que regulen materias de
competencia regional;
Que, el artículo 380 de la Ley NO 27867 señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional;
Que, mediante Dictamen NO 0002-2026/GOB. REG. TUMBES-CODS, denominado APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE ORDENANZA REGIONAL DE PROCLAMAR "EL DÍA FESTIVO REGIONAL DEL GRAN CURACA CHILIMASA, SEÑOR DE LOS Av. La Marina NO 200
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Tumbes
Telefax (072) 52-4464
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
ORDENANZA REGIONAL NO 006 REGIO
2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
TUMBES", la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional concluye que resulta procedente la aprobación de la citada propuesta de Ordenanza Regional; ue, con ei Acuerdo de Consejo Regional NO 046-2026/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, del 2026, se acordó por n la Sesión Extraordinaria NO 10-2026, de 20 de
marzo
unanimidad, aprobar ei Dictamen NO 002-2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CORNyGMA, elaborado por los integrantes de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social;
Que, el Gran Curaca Chilimasa fue una autoridad histórica relevante del pueblo de Tumbes durante el siglo XVI, constituyendo un símbolo de identidad, liderazgo y
memoria histórica para la región;
ue, resulta necesario fortalecer la identidad cultural regional, promover la vestigación histórica y fomentar el reconocimiento de personajes representativos del patrimonio cultural tumbesino;
De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, eI Consejo Regional de Tumbes: HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO. DECLÁRASE ei 15 de noviembre de cada año "Día Festivo
C)
Regional al Gran Curaca Chilimasa como "Señor de los Tumbes", en reconocimiento
a su carácter de símbolo histórico de resistencia, dignidad y liderazgo de los pueblos originarios, constituyendo un referente esencial de la identidad y fortaleza cultural de la Región de Tumbes.
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Ordenanza tiene por finalidad fortalecer la identidad cultural regional, promover la valoración del patrimonio histórico y simbólico de Tumbes, y fomentar actividades educativas, académicas y culturales vinculadas a
la figura del Gran Curaca Chilimasa.
ARTÍCULO TERCERO. DISPÓNGASE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social,
coordinación con la Dirección Regional de Educación de Tumbes, desarrolle programas educativos y/o culturales que integren contenidos sobre la historia,
en
simbolismo y construcción cultural referida a Chilimasa.
ARTÍCULO CUARTO. ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social
en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes, Instituciones Educativas, Organizaciones Culturales y demás entidades pertinentes, para la ejecución de actividades conmemorativas y de investigación histórica.
Av. La Marina NO 200
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Tumbes
Telefax (072) 52-4464
GOBIERNO REGIONAL TUMBES CONSEJO REGIONAL
"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"
NO 006
ORDENANZA REGIONAL 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-CD
ARTÍCULO QUINTO.
RECOMENDAR Gerencia Regional de Desarrollo Social articular acciones con las Instituciones pertinentes y fomentar la producción de material educativo, museográfico y audiovisual que permita difundir, desde un enfoque técnico y participativo, la historia y la construcción simbólica de Chilimasa.
ARTÍCULO SEXTO.
ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "EI Peruano" y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tumbes.
ARTíCULO SÉPTIMO.
La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial "EI Peruano".
Comuníquese al señor Gobernador de Tumbes para su promulgación.
En Tumbes, a los 20 días del mes de marzo del año dos mil veintiséis. REGIO BiERNO
Ing.
CIONAL TUMBES
RAMIREZ
POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive.
1 0 ABR 2026
Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el
Av. La Marina NO 200
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Tumbes
Telefax (072) 52-4464
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/8241449-006_2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10120357/8241449-ordenanza_regional_006_2026.pdf