Acuerdo de Consejo Regional N.° 003-2026_12ENE2026
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES
despierta, dente y emocionate
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
NO 003-2026/GOBaREG.TUMBES-CR-C
Tumbes, 12 de
Doc.
p,xp: enero
9 c 6
del 2026
VISTO: En la Sesión Ordinaria de Consejo Regional NO 001-2026, de fecha 12 de enero de 2026, durante la estación de Pedidos, el Consejero Delegado del Consejo Regional de Tumbes Ing. Diego Aleman Ramírez, solicitó al Pleno del Consejo Regional la "Ratificación del monto por pago de dieta de los Consejeros Regionales de Tumbes".
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley NO 27680 del Capítulo XIV Título IV, sobre Ley de Reforma Constitucional NO Descentralización; Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, las cuales se les reconoce a los Gobiernos mediante sus Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de —
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su competencia;
Que, a través de la Ley NO 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 80, establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867, en su artículo 150 literal f), establece como atribución del Consejo Regional, fijar la remuneración mensual del Presidente (hoy Gobernador Regional) y Vicepresidente (hoy Vicegobernador Regional), así como las Dietas de los Consejeros Regionales; y en su artículo 190, señala que los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, las cuales son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad económica del Gobierno Regional. La norma que los aprueba y los montos de las Dietas, se publican obligatoriamente;
Que, de conformidad con la Ley NO 28212, publicada en el Diario Oficial "El
Peruano" el 27 de abril del 2004, Ley que desarrolla el artículo 390 de la Constitución Política del Estado, en lo referente a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, se creó la Unidad Remunerativa del Sector Público (URSP), que servirá como referencia para el pago de las remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado;
Que, el artículo 40 inciso c) de acotada Ley, establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales (hoy Gobernadores Regionales), reciben una remuneración mensual, que es fijada por el Consejo Regional correspondiente, en proporción a la población electoral de su circunscripción, hasta un máximo
Av. La Marina NO 200 — Tumbes
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de cinco media URSP 5.5 Unidad de Remuneración del Sector Público ho Unidad de Inqreso del Sector Público UISP), por todo concepto"; —
Que, en el numeral 5.2 del artículo 50 de la Ley Ut supra, modificada por el
Decreto de Urgencia NO 038-2006, señala: "Los consejeros regionales y regidores municipales reciben únicamente dietas, según el monto que fijen los respectivos consejos reqionales y concejos municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes orgánicas. En ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional (hoy Gobernador Regional) o del Alcalde correspondiente";
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é.
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del
Acuerdo
de
Consejo
NO 004Regional 2023/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha enero de 2023, se aprobó ratificar el Acuerdo de Consejo Regional NO 006-2019/GOB. REG.TUMBES-CRCD, con el cual se ratificó la remuneración mensual del Gobernador Regional de Tumbes, en un monto de S/. 14,300.OO (CATORCE MIL TRESCIENTOS Y 00/100 soles), de la Vicegobernadora Regional de Tumbes, en un monto de S/. 8,867.OO (OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100), así corno las dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional Tumbes en un monto de S/. 4,290.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100);
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del
Acuerdo
de
Consejo
NO 008Regional 2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 08 de enero de 2024, se aprobó ratificar el Acuerdo de Consejo Regional NO 004-2023/GOB.REG.TUMBES-CRCD, de fecha 09 de enero de 2023, en el cual se encuentra establecida el pago de la dieta mensual de los consejeros regionales del Gobierno Regional Tumbes, por el monto de S/. 4,290.OO (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100); NO de Consejo Acuerdo 003Regional 2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 14 de enero de 2025, se aprobó ratificar la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional Tumbes, por el monto de S/. 4,290.OO (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100 soles), monto que fue previamente ratificado mediante Acuerdo de Consejo Regional NO 008-2024/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, de fecha 08 de enero de 2024;
Que, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria de la fecha, el Consejero Delegado del Consejo Regional de Tumbes Ing. Diego Aleman Ramírez, propuso al Pleno del Consejo Regional, se ratifique la dieta mensual de los
consejeros regionales, por el monto de DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100);
S/.
4,290.00
(CUATRO MIL
Estando a lo debatido por el Pieno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Ordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Av. La Marina NO 200
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Tumbes
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Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y otras; concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes aprobado con Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR-CD;
SE ACORDÓ POR UNANIMIDAD:
ARTÍCULO PRIMERO.
RATIFICAR el Acuerdo de Consejo Regional NO 0032025/GOB.REG,TUMBES-CR-CD, de fecha 14 de enero de 2025, en el cual se encuentra establecido el pago de la dieta mensual de los consejeros regionales del Gobierno Regional Tumbes, por el monto de S/. 4,290.OO (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100).
ARTÍCULO SEGUNDO. DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Tumbes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
C
Ing,
Av. La Marina NO 200
—
Tumbes
TUM
BIERNO RE
EGO
RAMIREZ
CONSE,atRO REGIONAL
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