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002 Regional Ordinance Tumbes In force

Ordenanza Regional N.° 002_2025-GRT-CR-CD

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GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL

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"Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 002-2025/GOBaREG.TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley NO 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley NO 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley NO 27867, sus modificatorias y demás normas EI

complementarias.

públicos de su competencia;

Ley Marco de Modernización de la Gestión Que, mediante la Ley NO 27658 del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus instancias, entidades, Y dependencias, organizaciones diferentes —

procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado, y al servicio del ciudadano;

Que, la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 130, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;

Que, la Ley Ut supra en su artículo 150 literal a) establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno

Av. La Marina NO 200 — Tumbes

Telefax (072)52-4464

GOBIERNO REGIONAL TUMBES

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CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 002-2025/GOB.REG.TUMBES-CR-CD

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Regional; y en su artículo 80 numeral 6), señala: "La política y la gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos",

Que, con fecha 17 de septiembre del 2009, se promulgo la Ley NC 29408 Ley General del Turismo, misma que tiene como objetivo, promover, incentivar y

regular el desarrollo sostenible de la actividad turística, estableciendo que su aplicación es obligatoria en los tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, en coordinación con los distintos actores vinculados al sector

Que, mediante OFICIO NO 613-2024/GOB.REG.TUMBES-DlRCETUR-DR-DT, de fecha 12 de setiembre del 2024, la Directora Regional de Comercio Exterior Dra. Sandra Dioses Urbina, alcanza al Consejero Regional y Turismo Est. Vet. Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico Informe Alan Herrera, Roberto 045Ríos —

2022/GOB.REG.TUMBES/DlRCETUR-DR-DT-ET, que emite la opinión técnica favorable, a fin de posicionar el turismo, las inversiones y los productos regionales en el ámbito regional, nacional e internacional y permita el desarrollo integral de Tumbes; Que, a través del OFICIO NO 058-2024/GOB.REG.TUMBES-GGR/ORAJ, del 04 de octubre del 2024, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica Mg. Riojas, Vet. remite al Consejero Regional Abog. Edmundo Alberto Sipión Est. Roberto Alan Ríos Herrera, opinión legal indicando que resulta VIABLE establecer y reconocer mediante Ordenanza Regional la "MARCA TUMBES", —

finalidad de contar con un instrumento de planificación que permita desarrollar un isotipo, identidad y eslogan que identifique en base a sus potenciales y lograr posicionarnos turísticamente a nivel nacional e internacional; con la

Que, a través del DICTAMEN NO 003-2025/GOB.REG.TUMBES-CODE, los miembros de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, concluyeron que es pertinente que el Consejo Regional de Tumbes apruebe la Ordenanza Regional que establezca y declare la MARCA TUMBES; Que, mediante ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL NO 005-2025/GCB.REG. TUMBES-CR-CD, del 04 de febrero del 2025, se aprobó por unanimidad el Dictamen NO 003-2025/GOB.REG.TUMBES-CODE, formulado por los la Ordinaria Comisión de de Económico; miembros Desarrollo

conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos De

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CONSEJO REGIONAL "Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana"

ORDENANZA REGIONAL NO 002-20251GOB.REG.TUMBES-CR-CD Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional NO 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, ei Consejo Regional de Tumbes:

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO.

DECLÁRESE, de relevancia pública e interés regional el reconocimiento de la MARCA TUMBES, como parte de nuestra identidad regional y lograr el posicionamiento en los mercados objetivos del turismo, las inversiones y los productos regionales.

ESTABLECER, a la MARCA TUMBES como ARTICULO SEGUNDO. parte de nuestra identidad regional para lograr el posicionamiento en los mercados objetivos del turismo, las inversiones y los productos regionales.

ARTICULO TERCERO. DISPONER, que la Gerencia General del Gobierno Regional Tumbes, a través de las Direcciones y Unidades competentes, implemente lo aprobado en la presente Ordenanza Regional.

CUARTO. ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "EI Peruano", así como en el Portal Web del Gobierno Regional Tumbes, precisando que la misma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. ARTICULO

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su

promulgación.

En Tumbes, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil veinticinco.

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POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive.

21 FEB 2025

Dado en el Gobierno Regional Tumbes el GOBIERNO R

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