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0001-2026-GOB-REG-TUMBES-GR Regional Decree Tumbes In force

Decreto Regional N.° 0001-2026-GOB.REG.TUMBES-GR

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GOBIERNO REGIONAL TU

ES

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

DECRETO REGIONAL 000001 -2026/GOB.REGaTUMBES-GRa Tumbes,

21 ABR 2026

La Gobernación Regional de Tumbes emite el Decreto Regional siguiente:

VISTO: EI informe No 015-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 02 de marzo del 2026; NO 203-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 10 de marzo del 2026; Nota de CoordinaciónNO 123-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG,de fecha 18 de marzo del 2026; GMemorand0 Múltiple NO 137-2026/GOB.REG.TUMBES-GR-GGR,de fecha 13 de abril del 2026; de Reunión de Directorio de Gerentes Regionales, de fecha 20 de abril del 2026; y,

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 1910 de la Constitución Política del Perú, los gobiernos re ionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su co petencia. ue, mediante la Ley de Bases de la Descentralización, Ley NO 27783, se crean los gobiernos regionales en cada uno de los departamentos del país como personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal.

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley NO 27867 establece en su artículo 80 los principios rectores de las políticas y la gestión regional; estableciendo como uno de estos

principios, la gestión moderna y rendición de cuentas, precisando que "La Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los Gobiernos Regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y Así mismo en su perspectivas de su gestión. La Audiencia Pública será una de ellas. (. artículo 240, modificado por la Ley NO 31433, también se establece que "EI Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, (...). Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal". Que, e! Artículo 400 de la Ley Orgánica antes citada estipula que los Decretos Regionales (. resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias

Regionales.

Que, así mismo ei Reglamento para ei Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional NO 000135-2025/GOB.REG-TUMBES-GR, en su artículo 150, establece que la convocatoria a ia Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas será efectuado por el Gobernador Regional mediante Decreto Regional, precisando fecha hora y lugar, así mismo la publicación de ia convocatoria se reafizará tanto en e! diario de mayor circulación regional, como en ei portal institucional del Gobierno Regional Tumbes, Que, e través del Informe No D15Q026/GOBREGÃUMBES-GGR-SGRSG, de fecha 02 de Gobierno coordinaciones y/o acciones correspondienta;s para la realización de la c sae:a Regional Tumbes cie Rendición de Cuentas del

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Fiel

BES—

GOBIERNO REGIONAL T

"Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

DECRETO REGIONAL NO Ü000Ü1 -2026/GOB.REG.TUMBES-GR. Tumbes,

presente año, como estipula la ley rectora y la norma regional. de fecha 10 de marzo Que, a través del Informe NO 203-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, del 2026, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes emite su pronunciamiento legal, concluyendo que es viable la realización de la

Audiencia Pública Regional antes citada, la misma que deberá realizarse en el mes de mayo del presente año, siguiendo los mecanismos establecidos en el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional NO 000135-2025/GOB.REG.TUMBES-GR, dándose así cumplimiento a 10 estipulado en la Ley NO 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria ue,

la

Ley NO 31433.

Secretaria General Regional del Gobierno Regional Tumbes, mediante Nota de

oordinación NO 123-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG,de fecha 18 de marzo del 2026, licitó a Gobernación Regional el lugar, fecha y hora para la realización de la Sesión de irectorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, con la finalidad de tratar 10 relacionado a la aprobación de la realización de la Audiencia Pública Regional en comento y emitirse el Decreto Regional correspondiente, conforme a Ley; en razón a ello, mediante Memorando Múltiple NO 137-2026/GOB.REG.TUMBES-GR-GGR,de fecha 13 de abril del 2026, el Gerente General Regional del Gobierno Regional Tumbes, por disposición del Titular Regional, convoca a la reunión de Directorio de Gerentes Regionales, para tratar como único punto de agenda la realización de la I Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes correspondiente al año fiscal 2026. Que, en Sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, de fecha 20 de abril del 2026, se acordó por unanimidad CONVOCAR a la I AUDIENCIA PÚBLICA

REGIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES, CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2026, la misma que deberá realizarse ei día 30 de mayo del 2026, a horas 10:00 ama, en la Plazuela Alipio Rosales Camacho (Parque Bellavista) del Distrito y Provincia de Tumbes, Región Tumbes. Debiendo el Titular del Pliego expedir el Decreto Regional que así 10 disponga, sin perjuicio de conformar las comisiones que sean pertinentes para la realización de la audiencia en mención, del mismo modo también se aprobó la dispensa del trámite de lectura y aprobación de esta Acta de Sesión. Que,

en este

orden

de ideas

corresponde

la

emisión

del

presente

Decreto

Regional,

conformando además la Comisión Central y Operativa para la citada Audiencia Pública Regional. Por las consideraciones expuestas, estando a 10 acordado por e! Directorio de Gerentes Regionales dei Gobierno Regional Tumbes; y, contando con la visación de Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Oficina de Secretaría General Regional. En uso de las atribuciones conferidas al despacho por la Ley 27?67 Gobierros Regionaies y sus modificatorias.

Ley

Orgánica de

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO, CONVOCAR a AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL DE RENDICION DE CUENTAS DEL GOBIERNO REG80NAl- TUMBES, CORRESPONDIENTE AL día sábado 30 de vnisrna AÑO FISCAL 2026, mayo Plazuela Alipio 10:00 am., Camacho (Parque Bel{avist?) del Distrito y

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FieldelOriginal Copia GOBIERNO REGIONAL "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia"

DECRETO REGIONAL

-2026/GOB.REG.TUMBES-GR.

Tumbes, ARTíCULO SEGUNDO.

APROBAR la conformación de la Comisión Central y la Comisión Operativa encargada de la organización y desarrollo de la I Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año Fiscal 2026, estando conformadas de la siguiente manera:

COMISIÓN CENTRAL: Gobernador Regional. Gerente General Regional. Secretaria General Regional. (COORDINADOR). Gerente Regional de Desarrollo Social. Gerente Regional de Infraestructura. Gerente Regional de Desarrollo Económico. Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica. Jefe de la Oficina de Comunicaciones.

COMISIÓN OPERATIVA:

Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información. (COORDINADOR), Sub Gerente de Programación e Inversiones. Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico. Sub Gerente de Obras. Sub Gerente de Estudios y Proyectos. Sub Gerente de Presupuesto. Sub Gerente de Servicios Productivos. Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial. Sub Gerente de Promoción e Inversiones. Jefe de la Oficina Regional de Administración. Jefe de la Oficina Regional de Gestión de Riesgo y Desastres. Jefe de la Oficina de Logística y Servicios Auxiliares.

ARTÍCULO TERCERO.

ENCARGAR a la Gerencia General Regional todas las acciones administrativas para su organización y/o realización de la referida Audiencia Pública Regional.

ARTÍCULO CUARTO* Reo

DISPONER su publicación del presente Decreto Regional, en el diario de mayor circulación y su difusión a través del portal institucional, conforme a Ley.

ARTÍCULO QUINTO.

NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Comisión Central y a la Operativa Comision que se indican en e! artículo segundo; así como a las demás áreas competentes del Gobierno Regional Tumbes para su conocimiento y fines pertinentes. REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE.

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