Decreto Regional N.° 000003-2022-GOB.REG.TUMBES-GR
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Sd 33) GOBIERNO REGIONAL TUMBES
coe “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
DECRETO REGIONAL N° 000003 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.
Tumbes,. () 3 NOV 2022
La Gobernación Regional de Tumbes emite el Decreto Regional siguiente
VISTO:
El Informe N° 200-2021/GOB.REG. TUMBES-GGR-GRDE-GR, de fecha 07 de agosto del 2021, Informe N° 633-2021/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-WRZ, de fecha 29 de setiembre del 2021; Informe N* 014-2022/GOB.REG.TUMBES-GGRGRDE-GR, de fecha 20 de enero del 2022; Informe N* 016-2022/GOB.REG.TUMBESGGR-GRDE-GR, de fecha 28 de enero del 2022; Memorando N° 228- 2022/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR-GGR, de fecha 10 de marzo del 2022; Informe N° 280-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR/ORAJ, de fecha 16 de agosto del 2022; Informe N° 030-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-WRZ, de fecha 26 de agosto del 2022; Informe N* 320-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSPSG-EMC, de fecha 05 de setiembre del 2022; Nota de Coordinación N° 211- 2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 20 de setiembre del 2022; Acta de Sesión Extraordinaria de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, de fecha 26 de octubre del 2022; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art 191% de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los suntos de su competencia.
ue, mediante la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N* 27783, se crean los obiernos regionales en cada uno de los departamentos del país como personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constiluyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal
Que, el Ministerio de Agricultura en el año 2002, mediante Resolución Ministerial N° 0769-2002-AG, creó el Programa Nacional de Banano Orgánico, con el objeto de promover el cultivo del banano de características orgánicas, estableciendo que los departamentos de Tumbes y Piura son objeto de preferente interés por parte de dicho fix Programa Nacional
| z Que, se ha emitido la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, la cual tiene por finalidad promover el desarrollo sostenible y competitivo de la producción orgánica o ecológica en el Perú
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, estipula que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la
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a “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
DECRETO REGIONAL Ne (00003 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.
Tumbes, 9 3 NOV 2022
ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales
Que, mediante la Ordenanza Regional N° 017-2016-GOB.REG.TUMBES-CR-CD, publicada en el Diario Oficial Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico, con el fin de impulsar un conjunto de acciones multisectoriales para lograr la competitividad de esta cadena productiva de exportación; y, en su Artículo Cuarto prescribe que el Grupo Técnico Multisectorial del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, presidido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, deberá elaborar un Reglamento para su funcionamiento
Que, el Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Tumbes, a través del Informe N* 200-2021/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-GR, de fecha 07 de agosto del 2021, eleva el proyecto de Reglámento del Programa del Grupo Técnico Multisectorial del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, aprobado en la mesa técnica en cumplimiento de la Ordenanza Regional citada en el considerando precedente
Que, el Especialista en Racionalización Ill de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, mediante Informe N° 033-2021/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-WRZ, de fecha 29 de setiembre del 2021, emite su opinión favorable indicando que es procedente la aprobación del “mencionado proyecto de Reglamento y que debe ponerse a consideración de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Tumbes, a efectos de que derive a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica para la formulación del informe legal correspondiente; en mérito de lo cual esta Gerencia Regional con los Informe N° 014 y N° 016-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-GR, de fechas 20 y 28 de enero del 2022 respectivamente, solicita la aprobación alcanzando para ello dicho Reglamento, de conformidad con la aludida Ordenanza Regional.
Que, el Gerente General Regional del Gobierno Regional Tumbes a través del Memorando N* 228-2022/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR-GGR, de fecha 10 de marzo del 2022, solicita a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica se sirva emitir su opinión legal respecto a la aprobación del Reglamento del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, a favor del sector agricultura de Tumbes
Que, mediante informe N° 280-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR/ORAJ, de fecha 16 de agosto del 2022, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, se pronuncia opinando que una vez actualizado el
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“Aña del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
DECRETO REGIONAL N° 000003 -2022/G0B.REG.TUMBES-GR.
Tumbes, 0 3 NOY 2027
proyecto de Reglamento del Programa Regiona! Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, debe solicitarse al Gobernador Regional de Tumbes la aprobación mediante Decreto Regional
Que, a través del Informe N* 030-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDIWRZ, de fecha 26 de agosto del 2022, el Especialista en Racionalización Ill de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, alcenza el citado Reglamento debidamente actualizado para su aprobación correspondiente; en razón a ello el Sub Gerente de Servicios Productivos de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Tumbes, mediante Informe N* 320-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG-EMC, de fecha 05 de setiembre del 2022, expresa su conformidad con el Reglamento del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, por cuanto ha sido debidamente actualizado; por lo que, deberá ser aprobado mediante Decreto Regional, como así lo ha precisado el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica en su Informe N* 280-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR/ORAJ
Que, la Secretaria General Regional de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, con Nota de Coordinación N° 211-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 20 de setiembre del 2022, solicita al Gobernador Regional de Tumbes la convocatoria para la realización de la Sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, con la finalidad de tratar lo relacionado a la aprobación del Reglamento del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, mediante Decreto Regional, conforme a Ley; en mérito de lo: cual el Gobernador Regional de Tumbes mediante Proveído S/N de fecha 21/10/2022 dispone se efectúe la convocatoria a dicha Sesión, para el dis: 26 de octubre del 2022 a horas 10:00 am
Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, de fecha 26 de octubre del 2022, con la participación del Gobernador Regional, Gerente General Regional y Gerentes Regionales, cuya agenda a tratar, fue la la aprobación del Reglamento del Programa Regional Estratégico de
/ Banano Orgánico de Tumbes, procediéndose a la evaluación de los actuados administrativos en comento y después de un amplio debate y deliberación se acordó
} por unanimidad APROBAR el REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES, que establece la organización, competencia y funciones del Grupo Técnico Muttisectorial del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, el mismo que cuenta con V Títulos, 29 Artículos, 3 Disposiciones Complementarias Finales y 7 Responsabilidades. En este sentido cumpliendo con lo establecido en el Artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas pertinentes, corresponde la emisión del presente Decreto Regional.
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<< ntorde ta Soberanía Naciona!”
DECRETO REGIONAL N° (00003 -2022/G0B.REG.TUMBES-GR. Tumhes, 1.3 NOV 2022
“Año del Fortalecimi
Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por el Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes en Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 26 de octubre del 2022; y, contando con la visación de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Oficina de Secretaria General Regional
En uso de las atribuciones conferidas al despacho por la Ley 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES, que establece la organización, competencia y funciones del Supo Técnico Multisectorial det Programa Regional Estratégico de Banano Org%hico de Tumbes, el mismo cue cuenta con Y Títulos, 29 Articulos, 3 Disposiciones Complersentarias Finales y 7 Responsabilidades.
ARTÍCULO conforme
'GUNDO. - DISPONER ta‘pubticacisn del presente Decreto Regional
Ley
ARTÍCULO TERCERO. - TRANSCRIBIR e! presente Decreto Regional a la Gerencia Genera! Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y demás areas competentes del Gobierno Regional Tumbes para los fines pertinentes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE.
Mey. José Antohtio Aleman Infante Gonchnagon REGIONAL (P)
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Gobierno Regional Tumbes
0 3 NOV 2022
GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
SUB GERENCIA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS
REGLAMENTO N° 002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRA TÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
Tumbes — Perú
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATEGICO DE BANANO ORGANICO DE TUMBES”
ÍNDICE PAG. TÍTULO I: DISPOSICONES GNERALES 3 Artículo 1.- De la Finalidad del Reglamento 5 Artículo 2- Del Objeto del Reglamento 3 Artículo 3.- De la Base Legal 3-4 Artículo 4.- Alcance 4 Artículo 5.- Aprobación 4 Artículo 6.- Vigencia 5 Artículo 7.- Funciones del GTM 5 Artículo 8.- Del Ámbito de Aplicación 6 TÍTULO !l: INTEGRATES DEL GTM 6 Artículo 9.-. Integrantes 6-7 Artículo 10.- Designación de Representantes i Artículo 11.- Financiamiento 7 Artículo 12.- Invitados/as 7 Artículo 13.- Funciones de los/as Integrantes del GTM 7-8 Artículo 14.- Obligaciones de los/as Integrantes del GTM 8 TÍTULO lll: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 9 CAP. |: PRESIDENCIA DEL GTM 9 Artículo 15.- Presidencia 9 Artículo 16.- Funciones del/de la Presidente/a del GTM 9 CAP. — 11: SECRETARÍA TÉCNICA 10 Artículo 17.- Secretaría Técnica del GTM 10 Artículo 18.- Funciones del/de la Secretario/a Técnico/a del GTM 10-11 TÍTULO IV: DE ¿AS SESIONES DEL GTM 11 CAP. — 1: SESIONES DEL GTM 11 Artículo 19.- Sesiones Ordinarias 1 Artículo 20.- Sesiones Extraordinarias 12 Artículo 21.- Quórum 12 A Artículo 22.- De la participación con derecho a voz y voto 12 f : Artículo 23.- Citación para las Sesiones 12-13 Artículo 24.- Acuerdos 13 Artículo 25.- Actas — - 13 Artículo 26.- Lugar de las Sesiones 13 Artículo 27.- Sobre la inasistencia de los/as Representantes a Sesiones 13-14 TÍTULO V: DE LOS GRUPOS DE TRABAJO 14 Artículo 28.- De los Grupos de Trabajo 14 Artículo 29.- Sobre las inasistencias a las Reuniones de Trabajo 14 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES A 15 RESPOMSABILIDADES 15-16
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REGLAMENTO N° 002-2022/G0B.REG.TUMBES.GGR-GRDE-SGSP-SG
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TÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- De la Finalidad del Reglamento
El presente Reglamento tiene como finalidad contar con un documento normativo donde se establezca formalmente la organización, competencias y . funciones del Grupo Técnico Multisectorial del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes; de naturaleza permanente para impulsar la competitividad de este importante cultivo bandera de Tumbes.
Artículo 2.- Del objeto del Reglamento
El presente Reglamento tiene como objeto establecer la organización, competencias y funciones del Grupo Técnico Multisectorial en adelante (GTM) del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, en adelante (PREBOT) de naturaleza permanente para impulsar su competitividad, teniendo en cuenta que este es un de los cultivos bandera de Tumbes.
Artículo 3.- Base Legal
A 3.1. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. 7 3.2. Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias.
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus Modificatorias,
Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado.
Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica y su Reglamento establecido por Decreto Supremo N° 010-2012-AG,
3.6. Resolución Ministerial N° 769-2002-AG, Programa Nacional. dé Banano Orgánico.
3.7. Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que apruéba las Normas de Control Interno.
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATEGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
3.8. Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil.
3.9. Ordenanza Regional N° 017-2916-GOB.RTEG. TUMBES-CR-CD, que crea el Programa Regional Estratégico de Banano Organico de Tumbes
3.10.Ordenanza_ Regional N° 008-2014-GOB.REG.TUMBES-CR-CD, del 20.03.2014 que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Tumbes”.
3.11 Resolución Ejecutiva Regional N° 1312-2010/GOB.REG.TUMBES-P, Manual de Organización y Funciones-MOF del Gobierno Regional Tumbes,
3.12 Resolución Gerencial General Regional N° 353-2017/GRT-GGR, que aprueba la Directiva N° 008-2017/GRT-GGR-GRDS-SGIS-SG, denominada “Normas para el Uso del Lenguaje Inclusivo en todas las Comunicaciones Escritas, Orales y Gráficas que se elaboren en el Gobierno Regional de Tumbes”. 7
3.13. Resolución Ejecutiva Regional N° 445-2004/GOB.REG.TUMBES-P, que aprueba la Directiva N" 010-2004/GOB.REG.TUMBES-GRPPAT-SGDISG, Normas para la Elaboración de Directivas.
3.14. Resolución Ejecutiva Regional N° 182-2022/GRTUMBES-GR, que aprueba la Directiva N° 003-2022/GRT-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, “Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las dependencias del Gobierno Regional Tumbes”.
Artículo 4.- Alcance
Las normas establecidas en el presente Reglamento, son de aplicación obligatoria para los/as integrantes del Grupo Técnico Multisectorial (GTM) del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes (PREBOT) del Gobierno Regional Tumbes, de acuerdo a sus funciones
Artículo 5.- Aprobación
El presente Reglamento, será aprobado por los/as Integrantes del GTM del PREBOT, mediante el acuerdo respectivo ‘que constará en el acta correspondiente, formalizándose la citada aprobación a través de Decreto Regional.
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000003 GOBIERNO REGIONAL TUMBES
GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO (03 NOV 2022
el del Original
REGLAMENTO N° 002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO OKGÁNICO DE TUMBES”
Artículo 6.- Vigencia
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento regirán a partir de la fecha de su aprobación por el GTM del PREBOT, la formalización de su aprobación mediante Decreto Regional se notificará y publicará en el Portal web institucional oficial del Gobierno Regional Tumbes, permaneciendo vigente hasta su modificación por los/as integrantes del GTM o por aprobación de normas legales o disposiciones nacionales o regionales que lo modifiquen o dejen sin efecto.
y Artículo 7.- Funciones del GTM
El GTM tiene las siguientes funciones:
a) Proponer políticas, normas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades, para impulsar el desarrollo sostenible de la cadena de valor del banano orgánico.
b) Realizar seguimiento y monitoreo sobre la implementación de las políticas, programas, planes y acciones a favor del PREBOT.
c) Fortalecer las capacidades de los/as productores/as bananeros/as de la Región Tumbes, a través de cursos, talleres, pasantías, intercambios de experiencias, etc., a nivel de Tumbes y de otras regiones del Perú, así como del Ecuador.
d) Brindar asistencia técnica a los/as productores/as en el uso de nuevas tecnologías en la producción, transformación y comercialización.
e) Impulsar y consolidar la asociatividad de los/as productores/as bananeros/as
LA de la Región Tumbes.
f) Elaborar el informe anual de las actividades realizadas en el marco del PREBOT, para ser presentado ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes y al Consejo Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO. :
g) Realizar acciones de seguimiento respecto a la programación y priorización de los recursos para la ejecución de programas, proyectos, planes y acciones del PREBOT, así como para su incorporación en los planes operativos institucionales y planes estratégicos.
h) Elaborar, aprobar y ejecutar el plan de trabajo del GTM.
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
i) Las demás que el GTM acuerde. Artículo 8.- Del ámbito de aplicación La labor del GTM, tiene alcance regional, se realiza bajo las disposiciones de la
Ordenanza Regional N* 017-2016-GOB.RTEG.TUMBES-CR-CD, que crea el PREBOT
TÍTULO I!
INTEGRANTES DEL GTM
Artículo 9.- Integrantes
El GTM del PREBOT, se encuentra conformada por los/as integrantes titulares
y alternos/as indicados/as a continuación de las siguientes entidades públicas
y sociedad civil
Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Tumbes, quien la preside.
Un Representante de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, quien
actúa como Secretario/a Técnico/a.
Un Representante de SENASA.
Un Representante de AGRORURAL.
Un Representante de AGROBANCO.
Un Representante de INIA.
Un Representante del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes.
Un Representante de la Universidad Nacional de Tumbes.
Dos Representantes de las Asociaciones/Organizaciones de Productores
de Banano Orgánico de la Provincia de Tumbes.
- Dos Representantes de las Asociaciones/Organizaciones de Productores de Banano Orgánico de la Provincia de Zarumilla.
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
Dos Representantes de las Asociaciones/Organizaciones de Productores de Banano Orgánico de la Provincia de Contralmirante Villar.
Un Representante de la Junta de Usuarios de Tumbes.
Un Representante de las Empresas Agroexportadoras.
Un Representante de la ANA-Administración Local del Agua.
Artículo 10.- Designación de representantes
Los/as titulares de las Entidades Públicas integrantes del GTM designarán mediante la correspondiente Resolución, a su representante titular y alterno/a Las organizaciones de la sociedad civil podrán designar a su representante titular y alterno/a.
Los/as representantes de las seis (06) asociaciones de productores de banano orgánico integrantes del GTM, alternarán su participación en la Secretaría: Técnica del GTM en base a acuerdo de las partes.
En todos los casos la representación efectuada deberá ser comunicada formalmente a la Secretaría Técnica del GTM.
Artículo 11.- Financiamiento
Encomendar al/a la Gerente/a Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación de la presente Ordenanza Regional asignando los recursos necesarios, con el fin que se cumplan los objetivos del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes. Artículo 12.- Invitados/as
El GTM puede proponer la invitación a representantes de entidades públicas y privadas especializadas en la Cadena Productiva de Banano Orgánico, los cuales tendrán derecho a voz durante las sesiones.
Artículo 13.- Funciones de los/as integrantes del GTM
Los/as integrantes tienen las siguientes funciones y atribuciones:
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
a) Coordinar dentro de la Entidad a la que representan el seguimiento y evaluación de las metas y objetivos del PREBOT, conforme a sus competencias.
b) Coordinar, articular y velar por el cumplimiento de las políticas y acciones sectoriales en la materia, informando sobre los avances y dificultades a la Secretaría Técnica del GTM.
c) Proponer al/a la titular de la Entidad a la que representan, la asignación de presupuesto para la ejecución de las acciones de su competencia, a fin de contribuir con la implementación del PREBOT y hacer seguimiento a la ejecución.
d) Gestionar la incorporación de las políticas públicas y otros instrumentos referidos al PREBOT, en la planificación interna de la Entidad a la que representan.
e) Participar activamente en las diferentes acciones del GTM y del PREBOT. *
f) Otras que le sean asignadas por acuerdo del GTM.
Artículo 14.- Obligaciones de los/as integrantes del GTM
a) Asistir de forma permanente y puntual a las sesiones ordinarias y extraordinarias del GTM.
b) Votar y suscribir las actas en las sesiones del GTM
c) Revisar y emitir opinión, en los plazos previstos, sobre las propuestas y requerimientos que le sean enviadas por la Secretaría Técnica
d) Adoptar compromisos y acuerdos durante las sesiones del GTM
e) Realizar las gestiones que correspondan con la entidad a la que representan
Y para cumplir con las metas y objetivos del PREBOT.
f) Gestionar y transmitir al GTM las propuestas, observaciones o
recomendaciones planteadas por las entidades que representan.
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REGLAMENTO N? 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATEGICO DE BANANO ORGANICO DE TUMBES”
TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CAPÍTULO |
PRESIDENCIA DEL GTM
Artículo 15.- Presidencia
Ella Presidente/a del GTM del PREBOT, es el/la Gerente/a Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tumbes.
Artículo 16.- Funciones del/de la Presidente/a del GTM
a) Representar al GTM ante las Autoridades de los tres niveles de Gobierno, ante la Sociedad Civil organizada y ante los Organismos y Organizaciones Internacionales acreditadas en la Región y en el País.
b) Velar por el cumplimiento de la Ordenanza Regional N° 017-2016-GOB.REG TUMBES-CR-CD, que crea el PREBOT, y demás normas complementarias o modificatorias sobre la materia
c) Implementar a través de la Secretaría Técnica del GTM, los diferentes trámites de la documentación ante las autoridades e instituciones pertinentes, sobre las propuestas de políticas, programas, proyectos, y los informes y mociones que se aprueben en el GTM
d) Solicitar información a las entidades públicas, privadas y espacios de articulación, sobre temas que incidan en el cumplimiento del PREBOT.
e) Dirigir y supervisar la implementación de metas y objetivos del PREBOT.
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REGLAMENTO N° 002-2022/G0B.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
eN “REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
f) Coordinar con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Embajadas, Agencias de Cooperación y ONGs, para obtener apoyo de la cooperación técnica y financiera internacional y nacional.
- Emitir voto dirimente en caso empate en las sesiones del GTM
h) Convocar y dirigir las sesiones del GTM, pudiendo delegar la misma a su representante alterno.
i) Otras que le encargue el GTM
CAPÍTULO II
SECRETARÍA TÉCNICA
Artículo 17.- Secretaría Técnica del GTM
La Secretaría Técnica la ejercerá de manera colegiada, el/la Director/a Regional de Agricultura Tumbes.
Artículo 18.- Funciones del/de la Secretario/a Técnico/a del GTM
a) Coordinar, evaluar y dar recomendaciones respecto al cumplimiento de las políticas, programas, proyectos, planes y estrategias del PREBOT. fy. b) Centralizar la información interna y externa del PREBOT sobre las acciones ‘ 7 a en los Tres Niveles de Gobierno y de la cooperación técnica y financiera internacional y nacional en beneficio del PREBOT.
c) Apoyar al/a la Presidente/a del GTM en las diferentes coordinaciones y seguimiento de proyectos con el Sector Público, privado y los organismos internacionales, con la finalidad de procurar la cooperación internacional
d) Coordinar y presentar solicitudes y proyectos a las Agencias de Cooperación Internacional, Embajadas, Plan Binacional de Desarrollo y ONGs internacionales, así como a organizaciones nacionales que trabajan en la cadena productiva del banano orgánico, a fin de lograr apoyo para los fines del PREBOT.
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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Copia fiel del Original
REGLAMENTO N° 00 2-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
e) Presentar ante el GTM el proyecto del Informe Anual de los avances y logros del PREBOT.
f) Mantener actualizado un Directorio de organismos internacionales, cuyas líneas de trabajo, como cooperación internacional, puedan apoyar al PREBOT.
- Elaborar las Actas de las reuniones del GTM y hacer seguimiento para el cumplimiento de los acuerdos.
h) Elahorar los Informes Técnicos que solicite el GTM, para su consideración y aprobación en los espacios donde participen los/as integrantes del GTM.
i) Promover reuniones técnicas con la Gerencia Regional! de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Tumbes y representantes del CONECTAMEF en Tumbes, a fin de capacitar a los/as integrantes de! GTM en materia presupuestal y formulación de proyectos para garantizar el cumplimiento de las metas y objetivos del PREBOT.
j) Coordinar y supervisar la implementación de los instrumentos operativos elaborados, con el fin de garantizar el cumplimiento de los compromisos suscritos en beneficio del PREBOT.
k) Promover y realizar las coordinaciones necesarias, a fin de llevar a cabo intercambio de experiencias y capacitaciones para fortalecer el PREBOT.
- Mantener actualizado el directorio de los puntos de contacto en las Entidades Públicas y privadas con competencias en las materias de la Cadena Productiva de Banano Orgánico.
m)Preparar la agenda de las sesiones del GTM.
n) Proponer la constitución de grupos de trabajo
- Las demias que le asigne el/la Presidente/a y el GTM
TÍTULO IV DE LAS SESIONES DEL GTM
CAPÍTULO |
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0000 ri REGIONAL TUMBES UGERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, 0 3 NOV 2022
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
SESIONES DEL GTM
Artículo 19.- Sesiones Ordinarias
El GTM sesionará de forma ordinaria cada dos meses, debiendo ser convocada por el/la Presidente/a del GTM.
Artículo 20.- Sesiones Extraordinarias
El GTM podrá sesionar de forma extraordinaria cuando existan asuntos que así lo ameriten, siempre que sean convocadas por el/la Presidente/a del GTM o cuando al menos el tercio del total de los miembros lo requieran. .
Artículo 21.- Quórum
El quórum mínimo requerido para el inicio de la sesión en pleno será de la mitad más uno de los/as representantes de las instituciones que integran el GTM, considerando para tal efecto a un/a solo/a integrante del número total de los/as representantes de las organizaciones.
La no asistencia de uno/a, dos o ningún integrante de las organizaciones no implica falta de quórum.
De no alcanzar e! quórum respectivo, la sesión se llevará a cabo al quinto día de su primera convocatoria (debiendo considerarse días hábiles), con los/as
asistentes presentes
Para el inicio de las sesiones se permitirá quince (15) minutos de tolerancia respecto a la hora de la convocatoria
Artículo 22.- De la participación con derecho a voz y voto Solo los/as representantes titulares o alternos/as, de las entidades públicas,
debidamente acreditados/as, participan de las sesiones del GTM con derecho a voz y voto.
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“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
Artículo 23.- Citación para las sesiones
Las convocatorias a las sesiones ordinarias del GTM, se harán por escrito y por medio electrónico, cen una antelación no menor de cinco (5) días hábiles a la fecha fijada para su realización. Las sesiones extraordinarias, de acuerdo a los temas a tratar y su urgencia, podrán ser convocadas en plazos mínimos de 03 días hábiles a la fecha fijada para la sesión:
En las citaciones, se deberá indicar la agenda de trabajo. Los/as integrantes del GTM pueden solicitar la ampliación de la agenda con una antelación a tres días hábiles a la fecha de reunión
Artículo 24.- Acuerdos
Iniciada la sesión con el quórum reglamentario, los acuerdos se adoptarán con el voto favorable de la mayoría simple de los/as representantes titulares o alternos/as. En caso de empate, el/la Presidente/a o su representante tienen el voto dirimente
Artículo 25.- Actas
El Acta contiene los acuerdos adoptados en las sesiones ordinarias y extraordinarias del GTM, indicando en su contenido la relación de asistentes, así como el lugar y fecha en la que se ha realizado la sesión
El acta es leída y sometida a la aprobación de los/as integrantes del GTM, al final de la sesión o al inicio de la siguiente.
El Acta, luego de aprobada, es firmada por el/la representante titular o alterno/a del sector o institución debidamente acreditado/a, así como por el/la Secretario/a Técnico/a. Se transmitirá, por medio electrónico, una copia del acta a los/as integrantes, presentes y ausentes.
Todas las actas y documentos de las sesiones del GTM estarán disponibles en la Secretaria Técnica
Artículo 26.- Lugar de las sesiones
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GOBIERNO REGIONAL TUMBES
PERENCIA: REGIONAL DE DESARROLLO ECONO
0060U NOV 2022
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“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATEGICO DE BANANO ORGANICO DE TUMBES”
El GTM sesionará en el Auditorio de la sede del Gobierno Regional Tumbes. Sin embargo, por acuerdo de sus integrantes, ¡podrá sesionar en sede distinta a la señalada A
Artículo 27.- Sobre la inasistencia de los/as;representantes a las sesiones
La Secretaría Técnica del GTM, comunicará a la entidad, la inasistencia a dos sesiones consecutivas, ordinarias o extraordinarias, de su representante, con la finalidad que se tomen las medidas correspondientes.
Solo se considerará asistencia delíde la representante de la entidad u organización, cuando participe el/la titular o alterno/a debidamente acreditado/a.
TÍTULO V
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
Artículo 28.- De los Grupos de Trabajo
Los Grupos de Trabajo son de carácter temporal y se podrán conformar con
los/as integrantes del GTM que tengan compstencias con el tema del Grupo.
Entre los/as participantes se elegirá al/a la coc ‘dinador/a del referido grupo.
Los Grupos de Trabajo tendrán las siguientes. fi inciones:
a) Presentar a la Secretaria Técnica un plan cle trabajo segtin los objetivos de su conformación.
b) Desarrollar reuniones según lus acuerdos =doptados por los/as integrantes y el plan de trabajo.
c) Informar periódicamente al GTM las accioi.es adoptadas y los resultados obtenidos, de acuerdo al plazo otorgado para su labor.
d) Presentar el Informe Final ante el GTM.
Artículo 29.- Sobre la inasistencia a las reuniones de trabajo
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REGLAMENTO N° 002-2022/G0B.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
La inasistencia a dos sesiones o reuniones convocadas por el/la coordinador/a del Grupo de Trabajo, será puesta a conocimiento por escrito al/a la representante titular del Sector O Institución, según corresponda. Excepto, cuando media una justificación antelada.
DISPOSICIONES
ES E COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Los aspecios no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por el GTM en mayoría simple, excluyendo a los/as invitados/as.
Segunda.- El presente Reglamento regirá a partir de la fecha de su aprobación, podrá ser modificado por acuerdo del cincuenta por ciento (50%) más uno (1) de los/as integrantes del GTM y su aprobación se formalizará por Decreto Regional.
Tercera.- El pleno del GTM deberá adoptar las medidas necesarias para supervisar el debido cumplimiento del presente Reglamento
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RESPONSABILIDADES
- El incumplimiento de las normas establecidas en el presente Reglamento, se instruirá, sancionará y oficializará la sanción, de conformidad con las disposiciones fijadas en el Reglamento General de'la Ley del Servicio Civil,
GOBIERNO REGIONAL TUMBES
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“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; asimismo, conforme a normado en los Lineamientos para la aplicación del Código de Ética de la Función Pública, en el caso de Entidades Públicas. De igual forma, se informará para que se proceda según las disposiciones de los Reglamentos y Estatutos respectivos, en el caso de la Sociedad Civil.
- Los/as integrantes del Grupo Técnico Multisectorial del Programa Regional
Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes, así como, los/as encargados/as de los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional Tumbes, cuya función está relacionada con la labor que desarrolla en el GTM del PREBOT del GORE Tumbes, tienen la responsabilidad de cumplir las normas establecidas en el presente Reglamento del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes.
- El GTM del PREBOT Presidido por la Gerencia Regional de Desarrollo
Económico, tiene la responsabilidad de elaborar y aprobar el Proyecto del Reglamento para su funcionamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo cuarto de la Ordenanza Regional N° 017-2016- GOB.REG.TUMBES-CR-CD y en el Acta de Reunión Extraordinaria de fecha 19 de agosto del año 2021; asimismo, será responsable de actualizar el citado documento normativo, cuando sea modificado por sus integrantes o cuando así lo dispongan las normas y dispositivos legales vigentes.
- La Oficina Regional de Administración, a través de la Oficina de
Tecnologías de la Información de la Sede Central Regional y quienes hagan sus veces en las Entidades que conforman el GTM del PREBOT, tienen la responsabilidad de publicar el presente reglamento en el Portal Institucional de la Sede del GORE Tumbes y en el Portal institucional de las Entidades que son Representantes del GTM en mención.
- La Oficina Regional de Secretaría General Regional, tiene la
responsabilidad de coadyuvar a la socialización del presente Reglamento, efectuando la notificación a las Entidades que conforman el GTM del PREBOT.
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REGLAMENTO N° 002-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDE-SGSP-SG
“REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGIONAL ESTRATÉGICO DE BANANO ORGÁNICO DE TUMBES”
La Gerencia Regional de Desarrollo Económico, con el apoyo de la Oficina de Tecnologías de la Información, tienen la responsabilidad de diseñar los aplicativos necesarios para la evaluación, seguimiento y monitoreo de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento del Programa Regional Estratégico de Banano Orgánico de Tumbes.
El Órgano de Control Institucional de la Sede Regional, en cumplimiento de las funciones que le compete, velará por la debida y oportuna aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, sujeto a los principios y atribuciones establecidos en la Ley y normas de la Contraloría General de la República.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontumbes/normas-legales/3635140-000003-2022-gob-reg-tumbes-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3813766/Decreto%20Regional%20Nro%20000003-2022-GOB.REG.TUMBES-GR.pdf