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000002-2022-GOB-REG-TUMBES-GR Regional Decree Tumbes In force

Decreto Regional N.° 000002-2022-GOB.REG.TUMBES-GR

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‘Ano de! Fortalecimiento de la Soberanía Nacional” “o. ve

DECRETO REGIONAL N?. 000002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.

Tumbes, 1 4 SEP 2022

El Informe N° 200-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 18 de agosto del 2022; Informe N° 326-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 02 de setiembre dei 2022; Nota de Coordinación Múltiple 038-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG,

¿y de fecha 05 de setiembre del 2022; Acta de Sesión Extraordinaria de Directorio de ¿% Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, de fecha 09 de setiembre del 2022;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Art. 191? de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. ,

Que, mediante la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N* 27783, se crean los gobiernos regionales en cada uno de los departamentos de! país como personas jurídicas. . de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su "administración económica y financiera un pliego presupuestal.

Que, con Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en emergencia sanitaria a nivel nacional por e! plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, orientadas a reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como a mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de la población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas; el cual ha sido prorrogado mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA, N° 027- 2020-SA, N° 031-2020-SA, N° 009-2021-SA. N° 025-2021-SA, N° 003-2022-SA y 015- 2022-SA. plazo que vence aproximadamente el 24 de febrero del 2023.

Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y dos (32) dias calendario por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19. Durante el Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio: de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personaies, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del articulo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo articulo de la Constitución Política del Perú: el mismo, que fue prorrogado por el Decreto Supremo N° 030-2022- PCM, N° 041-2022-PCM, 058-2022-PCM. 076-2022-PCM. 092-2022-PCM y 108-2022- PCM hasta el 30 de setiembre del 2022 aproximadamente. .

  • Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 establece en su artículo 8° los principios rectores de las políticas y la gestión regional: estableciendo como uno de estos principios. fa gestión moderna y rendición de cuentas. precisando al respecto que

Ay. La Marina N° 200 - Tumbes Telef 072-524464

Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional”

DECRETO REGIONAL N%» 000002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.

Tumbes, y 4 SEP 2022

“La Administración Pública Regional está orientada bajo un.sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los Gobiernos Regionales incorporarán a sus rogramas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía obre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. La Audiencia Pública erá una de elias. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades que la ley establezca”. Asi mismo en su artículo 24°, modificado por la Ley N° 31433, también se . @Stablece que “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas Zo regionales al año, (...). Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la

a inalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con

y

“Aroyección al cierre del año fiscal.”.

ue, el Artículo 40° de la Ley Orgánica antes citada estipula que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales. '

Que, así mismo el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, aprobado mediante Resolución * Ejecutiva Regional N° 000458-2019/GOB.REG-TUMBES-GR, actualizado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 000254-2020/GOB.REG-TUMBES-GR, en su artículo 14°, establece que la convocatoria a la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas será efectuado por el Gobernador Regional mediante Decreto Regional, precisando lugar, día y hora y se publicará en el diario de mayor circulación regional, como en el portal institucional del Gobierno Regional Tumbes; así mismo en su Primera Disposición Complementaria y Transitoria estipula que las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Entidad Regional, (...), se desarrollarán también en la modalidad virtual, debido al estado de emergencia nacional y sanitaria a nivel nacional, decretadas por el Gobierno Nacional, mediante los decretos supremos correspondientes, para prevenir, controlar y evitar la propagación del COVID-19, (...).

Que, a través del Informe N° 200-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 18 de agosto del 2022, ta Secretaria General Regional del Gobierno Regional Tumbes señala que deberá realizarse las acciones correspondientes para la realización de la II / Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas de! Gobierno Regional Tumbes correspondiente al año fiscal 2022, la misma que deberá realizarse en el mes de setiembre del presente año, sugiriendo que esta se haga de manera virtual en los ambientes de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, siguiendo los mecanismos establecidos en el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 458-2019/GOB.REG.TUMBES-GR; y, actualizado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 254-2020/GOB.REG.TUMBES-GR. dándose asi cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su reciente modificatoria Ley N° 31433. ,

Que. a través del Informe N° 326-2022/GOB. REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 02 de setiembre del 2022. el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Juridica de la Sede

As La Manna N° 200 - Tumbes Telef: 072-524i8áé

EN =} Que, mediante Nota de Coordinación Múltiple 038-2022/GOB. REG. TUMBES-GGR-SGR-

&/ SG, de fecha 05 de setiembre del 2022, se convoca a los titulares de las gerencias

“Año del Fortalecimiento de fa Soberanía Nacional”

DECRETO REGIONAL 2 000002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.

Tumbes, q h SEP 2022

Central del Gobierno Regional Tumbes emite su pronunciamiento legal, concluyendo que se autorice la realización de la li Audiencia Pública Regionai de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año fiscal 2022, en el mes de setiembre del presente año, de manera virtual en los ambientes de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, siguiendo los mecanismos establecidos en el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 458- 2019/GOB.REG.TUMBES-GR, y, actualizado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 254-2020/GOB.REG.TUMBES-GR, en cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias.

regionales a la Sesión Extraordinaria de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, para tratar como único punto de agenda la realización de la II Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año fiscal 2022.

Que, en Sesión Extraordinaria de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes, de fecha 09 de setiembre del 2022, con la participación del Gobernador Regional, Gerente General Regional y Gerentes Regionales, cuya agenda a tratar, fue la realización de la Il Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes correspondiente al año fiscal 2022, en la cual después de la evaluación de los informes precedentemente señalados y un amplio debate y deliberación se acordó por unanimidad CONVOCAR a la ll Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año Fiscal 2022, la misma que deberá realizarse el día 30 de setiembre del 2022, a horas 10:30 am., través de una plataforma virtual vía internet en razón a la continuidad del Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional, conforme a los Decretos Supremos N° 015-2022-SA y N° 108-2022-PCM, emitidos por el Gobierno Central a causa de la pandemia denominada COVID 19, que aún sigue latente en nuestro país. Debiendo el Titular del Pliego expedir el Decreto Regional que asi lo disponga, sin perjuicio de conformar las comisiones que sean pertinentes para la realización de la audiencia en mención.

Que, en este orden de ideas corresponde la emisión del presente Decreto Regional, debiendo ademas conformarse la Comisión Central y la Comisión Operativa encargada * de la organización y desarrollo de la Jl Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año Fiscal 2022, la misma que se efectuará bajo la modalidad virtual.

Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por el Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional Tumbes en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de setiembre del 2022; y, contando con la visación de la Gerericia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y Oficina de Secretaria Genera! Regional

En uso de las atribuciones conferidas al despacho por la Ley 27867 — Ley Orgánica de

Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902

Ay La Marina N 202 -Tumbes Telef. 072-524463

“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”

DECRETO REGIONAL N°. 000002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR.

Tumbes, ff '4 SEP 2027

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. - CONVOCAR a la Il Audiencia Pública Regional de Rendición He Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año Fiscal 2022, la misma que se realizará bajo la modalidad virtual a través de las plataformas digitales y sociales, el dia 30 de setiembre del 2022, a horas 10:30 am., en el Auditorio Raúl Peña ASS Cabrera de la Sede Central del Gobierno Regional Tumbes, cito en la Av. La Marina N° ESOS, 200 del cercado de Tumbes, en razón a la continuidad del Estado de Emergencia

o=ño Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional, conforme a los Decretos Supremos N° 015- 2022-SA y N° 108-2022-PCM, emitidos por el Gobierno Central a causa de la pandemia // denominada COVID 19, que aún sigue latente en nuestro país.

ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR ia conformación de la Comisión Central y la Comisión Operativa encargada de la organización y desarrollo de la Il Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente a! año Fiscal 2022, la misma que se efectuará bajo la modalidad virtual, estando conformadas de la siguiehte manera:

COMISIÓN CENTRAL:

  • Gobernador Regional.

  • Gerente General Regional.

  • Secretaria General Regional. (COORDINADORA).

  • Gerente Regional de Desarrollo Social.

  • Gerente Regional! de Infraestructura.

  • Gerente Regional de Desarrollo Económico.

  • Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión de! Medio Ambiente.

  • Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

  • Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.

  • Jefe de la Oficina de Comunicaciones.

COMISIÓN OPERATIVA:

  • Jefe de la Oficina de Tecnologías de ta Información. (COORDINADOR).

  • Sub Gerente de Programación e inversiones.

  • Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico.

  • Sub Gerente de Obras.

  • Sub Gerente de Estudios y Proyectos.

  • Sub Gerente de Presunotiesto

  • Sub Gerente de Servicios Productivos

  • Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial.

  • Sub Gerente de Promoción e inversiones.

  • Jefe de la Oficina Regional de Administración.

  • Jefe de la Oficina Regional de Gestión de Riesgo y Desastres.

  • Jefe de la Oficina de Logística y Servicios Auxiliares.

Av La Marina N° 200 - Tumbes Telef. 072-524464

GOBIERNO REGIONAL T Mdel 05171:

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“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional” DECRETO REGIONAL ne. 000002 -2022/GOB.REG.TUMBES-GR. Tumbes, 4H 4 SEP 2022

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Gerencia General Regional todas las acciones administrativas para su organización y/o realización de la ll Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Tumbes, correspondiente al año Fiscal 2022

ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER su publicación del presente Decreto Regional, en el "} diario de mayor circulación y su difusión a través del porta! institucional, en cumplimiento

de lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

ARTÍCULO QUINTO. - NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Comisión Central. Comisión Operativa y demás áreas competentes del Gobierno Regional Tumbes para los fines pertinentes.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE Y ARCHIVESE.

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