Acuerdo de Consejo Regional N.° 226-2025-CR/GOB.REG.TACNA
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 226-2025-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, diez de diciembre de dos mil veinticinco
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15, precisa: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”. Asimismo, el artículo 39 de la referida norma, indica: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”.
Que, mediante Oficio N° 173-2025-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 28 de mayo del 2025, el presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Consejero Regional, Sr. Juan Velasquez Limache presenta la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional, denominada: “CREAR EL REGISTRO DE MOCIONES DE RECONOCIMIENTO Y SALUDO Y APROBAR EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DEL CONSEJO REGIONAL DE TACNA”, el mismo que fue derivado a la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos Regionales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna para su estudio y evaluación correspondiente.
Que, con el Informe N° 113-2025-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de agosto de 2025, emitido por la Subgerencia de Modernización Institucional; la Opinión Legal N° 1681-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de agosto de 2025, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión N* 013- 2025-JJTL-CONRR-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 25 de agosto de 2025; el Informe N° 137-2025-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de setiembre de 2025, emitido por la Subgerencia de Modernización Institucional; el Oficio N° 2124-2025-GRAJGGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de setiembre de 2025, emitido por la Gerencia General Regional que remite la Opinión Legal N° 1958-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 29 de setiembre de 2025, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor N° 016-2025-JJTL-CONRR-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 1 de octubre de 2025; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamento Regionales del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN N° 003-2025- CONRR-CR, de fecha 06 de octubre de 2025, sobre propuesta normativa: “APROBAR EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS Y MOCIONES DE SALUD Y FELICITACIÓN A CARGO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”,
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LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 226-2025-CR/GOB.REG.TACNA
dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en sesión extraordinaria de fecha 10 de diciembre de 2025.
Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y legales favorables, así como el informe del asesor de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente aprobar el Reglamento para el Otorgamiento y il Reconocimiento de Distinciones Honorificas y Mociones de Saludo y Felicitación a Cargo del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna.
Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en sesión extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional;
ACUERDA:
RIMERO: APROBAR el REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE DISTINCIONES HONORÍFICAS Y MOCIONES DE SALUDO Y FELICITACIÓN A CARGO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA que consta de cuatro (04) títulos, diecinueve (19) artículos, cuatro disposiciones complementarias y tres (03) anexos, el mismo que forma parte del integrante del presente acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO: PONER en conocimiento de los Consejeros Regionales, de la Gerencia General Regional y de la Secretaría del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna el presente Acuerdo de Consejo Regional para los fines correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial
El Peruano y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley N° 27867.
POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.
“JULIANA IS pio bsp NIETO
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REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE DISTINCIONES HONORIFICAS Y MOCIONES DE SALUDO Y FELICITACION A CARGO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto
Tiene por objeto definir las mociones de saludo y felicitación, así como las distinciones honoríficas que otorga el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, regula el procedimiento para la presentación, evaluación y aprobación de las mociones de saludo y felicitación, así como de las distinciones honoríficas otorgadas por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna a personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, comunidades organizadas o colectivos ciudadanos que, por su trayectoria, méritos, celebraciones, aportes o acontecimientos relevantes, sean considerados merecedores de un saludo, felicitación o distinción honorifica.
Establece la organización del Registro de Mociones y Distinciones Honorificas del Consejo Regional de Tacna, a fin de asegurar su adecuada documentación y trazabilidad.
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación
El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Tacna, en el ejercicio de sus funciones de representación política, tanto de sus respectivas provincias como del conjunto de la región Tacna.
Artículo 3.- Finalidad
La finalidad del presente Reglamento es uniformizar criterios, asegurar el adecuado uso de estas expresiones simbólicas y brindar un marco formal que permita valorar, desde la institucionalidad regional, a aquellas personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, comunidades organizadas u otras entidades que destacan por sus acciones, trayectoria o contribución a la región Tacna y/o repercusión a nivel nacional.
Artículo 4.- Definiciones
4.1. Moción de saludo y/o felicitación: Expresión institucional del Consejo Regional de Tacna dirigida a personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, comunidades organizadas u otras entidades, con motivo de fechas conmemorativas, celebraciones, aniversarios, logros o actos considerados de relevancia para la región de Tacna. Estas mociones pueden adoptar la forma de saludo protocolar o felicitación formal, según la naturaleza del hecho que las motiva, sin constituir un reconocimiento honorífico en sentido estricto.
4.2. Distinción honorífica: Reconocimiento solemne y excepcional otorgado por el Consejo Regional de Tacna mediante Acuerdo de Consejo Regional, dirigido a personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas, comunidades organizadas o colectivos ciudadanos que, por su trayectoria, aportes o acciones extraordinarias, han contribuido al desarrollo o prestigio de la región Tacna y/o cuya transcendencia tenga repercusión nacional.
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4.3. Registro de Mociones: Instrumento documental físico y/o digital, a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, en el cual se inscriben de manera ordenada, correlativa y actualizada todas las mociones de saludo y felicitación aprobadas por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, a fin de garantizar su sistematización, trazabilidad y acceso público.
TÍTULO H MOCIONES DE SALUDO Y FELICITACIÓN
Artículo 5.- Naturaleza de la moción de saludo y felicitación
Estas mociones tienen por finalidad destacar, acompañar o resaltar hechos, fechas o logros considerados de interés público, cultural, social o institucional dentro del ámbito de la región Tacna, contribuyendo al fortalecimiento de los vínculos entre la representación política y la comunidad Tacneña.
Artículo 6.- Requisitos de procedencia
6.1. Que el hecho o motivo que da lugar a la moción sea de interés regional, cultural, educativo, social, histórico o institucional.
6.2. Que el motivo de la moción esté vinculado a acontecimientos relevantes tales como: aniversarios institucionales, efemérides regionales o nacionales, onomásticos destacados, entre otros similares.
6.3. Que la moción sea presentada de manera individual o en conjunto por los consejeros regionales en ejercicio, con documento motivado que sustente su solicitud.
Artículo 7.- Presentación y evaluación formal
Las mociones de saludo y felicitación deberán ser presentadas de manera individual o en conjunto por los consejeros regionales en ejercicio, adjuntando el formato oficial debidamente llenado y firmado, conforme al Anexo I del presente Reglamento.
La propuesta deberá contener una exposición de motivos, el nombre del destinatario, la fecha o hecho relevante y demás elementos que permitan verificar su procedencia, según lo establecido en el artículo 7 del presente Reglamento.
Una vez ingresada la moción a través de la Secretaría del Consejo Regional, esta verificará el cumplimiento formal de los requisitos, asignará número correlativo y la incorporará en la estación de correspondencia de la próxima sesión ordinaria.
En caso de observaciones, se devolverá al proponente para su subsanación en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles.
Artículo 8.- Aprobación, registro y entrega Las mociones de saludo y felicitación serán aprobadas por el Pleno del Consejo Regional por mayoría simple, en el marco de una sesión ordinaria o extraordinaria.
Una vez aprobada, la moción será suscrita por el Presidente del Consejo Regional de Tacna y el consejero proponente, y se procederá a su inscripción en el Registro de Mociones de Saludo y Felicitación a cargo de la Secretaría del Consejo Regional de Tacna.
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La entrega de la moción podrá efectuarse en acto público, sesión del Consejo Regional o mediante remisión formal, según lo disponga el consejero proponente o el presidente del Consejo Regional. Una copia firmada se archivará en el expediente institucional correspondiente.
TÍTULO HI REGISTRO DE MOCIONES DE SALUDO Y FELICITACIÓN
Artículo 9.- Registro de mociones
Este registro tendrá por finalidad asegurar el orden, sistematización y trazabilidad de las mociones aprobadas por el Pleno del Consejo Regional. La Secretaría será responsable de llevar el registro en formato físico y digital, de manera actualizada, conforme al procedimiento establecido por el presente Reglamento.
Artículo 10.- Contenido, acceso y archivo El Registro de Mociones de Saludo y Felicitación deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
10.1. Número de moción
10.2. Fecha de aprobación
10.3. Consejero/a proponente
10.4. Nombre del destinatario/a
10.5. Motivo o hecho conmemorado
10.6. Medio de entrega (acto público, sesión, remisión documental, etc.)
El registro será de naturaleza pública y podrá ser consultado por cualquier ciudadano que lo solicite, en aplicación de los principios de transparencia y acceso a la información. La Secretaría del Consejo Regional conservará copia fisica y digital de cada moción aprobada, debidamente foliada y archivada.
TÍTULO IV DISTINCIONES HONORÍFICAS
Artículo 11.- Naturaleza de la distinción honorífica
Estas distinciones tienen naturaleza protocolar, simbólica y declarativa, sin efectos jurídicos vinculantes, solo generará gasto en lo relativo al símbolo o acto protocolar, sujeto a disponibilidad presupuestal.
Artículo 12.- Comisión Especial de Distinciones Honoríficas
La Comisión Especial de Distinciones Honoríficas, será constituida mediante Acuerdo de Consejo Regional, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Interno del Consejo Regional.
La Comisión tendrá carácter temporal y evaluador, y se extinguirá automáticamente al culminar el encargo conferido.
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Articulo 13.- Conformacién y funcionamiento
La Comisión Especial de Distinciones Honorificas estará integrada como mínimo por tres (3) consejeros regionales designados en el mismo Acuerdo que disponga su constitución, procurando garantizar pluralidad en la representación provincial,
El Acuerdo de Consejo determinará expresamente:
13.1. El encargo específico de la Comisión.
13.2. El plazo de funcionamiento, el cual no podrá exceder de treinta (30) días hábiles.
13.3. La obligación de presentar un Informe final motivado al Pleno del Consejo, recomendando la aprobación o rechazo de la propuesta.
Artículo 14.- Requisitos formales y sustanciales La propuesta de distinción honorífica deberá ser presentada individual o conjuntamente por los consejeros regionales en ejercicio, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
14.1. Formulario oficial debidamente llenado, conforme al Anexo II.
14.2. Documento de exposición de motivos debidamente sustentado.
14.3. Pruebas o documentos que acrediten los méritos alegados (certificaciones, publicaciones, constancias, referencias, etc.).
14.4. No haber recibido una distinción similar del Consejo Regional en los últimos tres (3) años, salvo excepciones justificadas.
Artículo 15.- Criterios de evaluación La Comisión Especial del Consejo Regional, al momento de evaluar las propuestas de distinción honorífica, deberá tomar en cuenta, de manera integral, los siguientes criterios:
15.1. Importancia y representatividad de la persona natural o jurídica, institución pública o privada propuesta, considerando su vínculo con la región Tacna y su relevancia en su
campo de acción. 15.2. Comprobación de méritos relevantes en ámbitos como la ciencia, arte, cultura, deporte,
educación, salud, derechos humanos, gestión pública, desarrollo social u otros de interés general, debidamente acreditados mediante documentos o evidencia objetiva.
15.3. Magnitud del impacto de dichos méritos en el ámbito regional, nacional o internacional, valorando especialmente aquellas acciones o trayectorias que hayan generado beneficios sostenibles o transformadores en la región Tacna y/o repercusión a nivel nacional.
15.4. Grado de beneficio colectivo, entendido como el porcentaje o número significativo de personas, comunidades o sectores que han resultado beneficiados directa o indirectamente por las acciones o contribuciones del propuesto.
15.5. Antigiedad y continuidad de la trayectoria, estableciéndose como regla general un mínimo de tres (3) años de labor sostenida o una acción puntual que, por su impacto, justifique la excepción.
15.6. Idoneidad ética y moral, evaluando que la persona propuesta no haya sido sancionada penal o administrativamente por delitos dolosos, corrupción o conductas incompatibles con los valores institucionales del Gobierno Regional Tacna.
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Artículo 16.- Presentación y admisión de la propuesta
Cualquier consejero regional en ejercicio podrá presentar una propuesta de distinción honorífica, dirigida al Presidente del Consejo Regional. La cual deberá cumplir con los requisitos formales y sustanciales establecidos en el artículo 15 del presente Reglamento.
La Secretaría del Consejo Regional verificará el cumplimiento de dichos requisitos en un plazo máximo de dos (2) días hábiles. Si la documentación está conforme, remitirá el informe correspondiente al Presidente del Consejo Regional. En caso de observarse omisiones o inconsistencias, se devolverá al proponente para su subsanación, otorgándose un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
El Presidente del Consejo Regional pondrá la propuesta a consideración del Pleno en la siguiente sesión, a efectos de que se acuerde la constitución de una Comisión Especial de Distinciones Honoríficas, conforme a lo previsto en el Reglamento Interno del Consejo Regional.
Artículo 17.- Evaluación e Informe Final de la Comisión Especial de Distinciones Honoríficas
Constituida la Comisión Especial de Distinciones Honorificas, esta será la encargada de evaluar el cumplimiento de los requisitos sustanciales y de aplicar los criterios de evaluación establecidos en el artículo 16 del presente Reglamento.
La Comisión podrá solicitar al consejero proponente, la ampliación de información, documentación adicional o realizar acciones de verificación si lo considera necesario.
La Comisión deberá emitir un Informe Final motivado, recomendando la aprobación o rechazo de la propuesta, en el plazo que establezca el Acuerdo de Consejo que la conformó, el cual no podrá exceder de treinta (30) días hábiles. El Informe Final será remitido a la Presidencia del Consejo Regional para su inclusión en la agenda de la próxima sesión ordinaria.
Artículo 18.- Aprobación y entrega de la distinción La distinción honorífica será otorgada mediante Acuerdo del Consejo Regional, aprobado por mayoría simple del Pleno, previa lectura y debate del Informe Final correspondiente.
Una vez aprobado, el Acuerdo será firmado por el Presidente del Consejo Regional de Tacna y se procederá a su publicación y archivo institucional. La entrega de la distinción se realizará en ceremonia pública o sesión solemne del Consejo Regional, en la que se dará lectura al Acuerdo y se destacarán los méritos del homenajeado. A dicho acto se podrá invitar a autoridades regionales, representantes institucionales, familiares del homenajeado y otras personas vinculadas al motivo del reconocimiento, a fin de realzar el carácter simbólico y protocolar de la distinción.
Artículo 19.- Retiro de distinciones honoríficas
La distinción honorífica otorgada por el Consejo Regional de Tacna podrá ser retirada mediante Acuerdo de Consejo Regional, aprobado por mayoría simple, a propuesta de cualquier consejero regional.
El retiro procederá cuando se verifique cualquiera de las siguientes circunstancias:
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19.1. El homenajeado haya proporcionado información falsa, inexacta o adulterada durante el proceso de postulación.
19.2. Se encuentre involucrado en actos contrarios al ordenamiento jurídico, al principio de legalidad, a los valores democráticos o a los fines del reconocimiento institucional.
19.3. Haya incurrido en conductas personales públicas o privadas que sean manifiestamente contrarias a la moral, la ética pública o las buenas costumbres, a juicio del Pleno del Consejo Regional.
En tales casos, el Pleno conformará una Comisión Especial de Distinciones Honorificas para la evaluación de los hechos, siguiendo un procedimiento equivalente al establecido para el otorgamiento de distinciones, debiendo contar con Informe Final previo y motivado. El retiro se hará público con el mismo nivel de difusión que el otorgamiento.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- Aplicación supletoria
En lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, así como, en lo que resulte pertinente, la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley N° 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General.
SEGUNDA.- Interpretación complementaria
Respecto a lo no expresamente establecido en el presente Reglamento, el Pleno del Consejo Regional de Tacna podrá definir los criterios de aplicación o interpretación que correspondan, mediante acuerdo debidamente motivado.
TERCERA.- Entrada en vigencia
El presente Reglamento entra en vigencia al día siguiente de su aprobación mediante Acuerdo del Consejo Regional, y deberá ser publicado en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna.
CUARTA.- Reconocimientos extraordinarios del Ejecutivo Regional
De manera excepcional, el Gobernador Regional de Tacna podrá otorgar reconocimientos honoríficos de carácter extraordinario, en mérito a circunstancias de especial relevancia, sin necesidad de sujetarse al procedimiento previsto en el presente Reglamento. Esta facultad deberá ejercerse de manera motivada y bajo responsabilidad, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y tendrá como finalidad destacar méritos, logros o aportes de personas e instituciones que, por su trascendencia, requieran un reconocimiento institucional inmediato.
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ANEXO I
FORMATO PARA LA PRESENTACION DE MOCIONES DE SALUDO Y FELICITACION
CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA RES MOCIÓN DE SALUDO Y/O FELICITACIÓN SY vB
Consejero/s Regional/es Proponente/s: o Nombres completos: ............ o Provincia que representa/n: .
Destinatario: Nombre de la persona natural o jurídica / institución:
Motivo de la moción: (Describir brevemente el hecho, aniversario, conmemoración u otro acto relevante)
Observaciones adicionales (si las hubiera):
Nota: Esta moción será evaluada por el Pleno del Consejo Regional en la estación de correspondencia. Su aprobación requiere mayoría simple.
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ANEXO If MODELO DE MOCION DE SALUDO Y FELICITACIONES
E a
CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA MOCIÓN N° [__ ]-CR/GOB.REG.TACNA
MOCIÓN DE SALUDO Y FELICITACIÓN
EVla Consejero/a Regional del Gobierno Regional de Tacna, representante por la provincia de [ __ ), [nombre completo del consejero], en uso de las facultades conferidas por el artículo [ __ | del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, presenta la siguiente Moción de Saludo y Felicitación:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
CONSIDERANDO:
Que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna expresa su más cordial saludo y felicitación a [nombre completo del homenajeado o institución], con ocasión de [indicar motivo: aniversario, onomástico, reconocimiento institucional, etc.].
Que, es deber del Consejo Regional, como órgano representativo de la población tacneña, emitir expresiones institucionales que promuevan la valoración pública de las fechas y acontecimientos significativos que fortalecen el sentido de identidad y pertenencia regional.
Por las consideraciones expuestas, y conforme a lo establecido en el artículo 164 del Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Tacna ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente:
MOCIÓN DE SALUDO Y FELICITACIÓN PRIMERO. Expresar el más ferviente saludo y felicitación a [nombre del homenajeado], con motivo de [motivo], deseándole el mayor de los éxitos en el ámbito personal y profesional, y reconociendo públicamente su valiosa contribución al desarrollo y prestigio de la región Tacna. SEGUNDO. Hacer entrega de la presente Moción a [nombre del destinatario o representante), en acto protocolar, dejando constancia en el Registro de Mociones de Reconocimiento y Saludo del Consejo Regional de Tacna.
TERCERO. Difundir, la presente moción de Saludo y Felicitación a través del Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna.
Tacna, [_] de[ ] de [ ]
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ANEXO III FORMATO PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS DE DISTINCIONES HONORÍFICAS
CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA PROPUESTA DE DISTINCIÓN HONORÍFICA
Consejero Regional Proponente: o ‘Nombre completo: ............. o Provincia que representa: ..
Tipo de Distinción propuesta: O Diploma de Honor del Consejo Regional O Medalla de la Región Tacna O Reconocimiento Póstumo CTO tro (ospocificar): s...occiocnioniccióonineeriioccidóns
Datos del postulado/a: o Nombres completos (persona natural o jurídica) o denominación (institución):
o Nacionalidad o RUC (si corresponde): tee AMA o Teléfono / contacto: ......cmomo..
Resumen de trayectoria / aportes: (Breve descripción del mérito, acción o trayectoria destacada del postulado)
Documentación adjunta (marcar lo que corresponda): O Hoja de vida o reseña institucional O Documentación probatoria (certificados, publicaciones, constancias) O Declaración jurada de no haber recibido distinción similar en los últimos tres años CCI RI O e o DAA
Nota: Esta propuesta será evaluada por la Comisión Ordinaria de Ética, que emitirá dictamen técnico conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento. El Pleno del Consejo decidirá su aprobación mediante Acuerdo Regional.
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