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223-2025-CR-GOB-REG-TACNA Regional Agreement Tacna In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 223-2025-CR/GOB.REG.TACNA

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL

LEY N* 27867

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 223-2025-CR/GOB.REG.TACNA

Tacna, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 191, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobitrnos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 sobre el Consejo Regional, menciona: “Es el órgano normativo y fiscalizar del gobierno regional. (...)”. Asimismo, en su artículo 39, precisa: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”.

Que, mediante Oficio N° 1283-2025-S-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de noviembre de 2025, el Secretario Técnico del Consejo Regional de Tacna solicita a la Gerencia Regional de Administración la asignación de choferes permanentes de la institución, con vínculo laboral, debido a la necesidad urgente del Consejo Regional de contar con los mismos para la conducción de sus dos unidades vehiculares que son requeridas para el cumplimiento de las actividades programadas por los consejeros regionales.

Que, mediante Oficio N° 1316-2025-S-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de noviembre de 2025, el Secretario Técnico del Consejo Regional de Tacna solicita a la Gerencia Regional de Administración la rotación de choferes permanente por necesidad de servicios, reiterando la necesidad urgente que tiene el Consejo Regional de contar con choferes para las unidades móviles asignadas al Consejo Regional de Tacna.

Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna, de fecha 27 de noviembre de 2025, pasó a la estación de Orden del Día el PEDIDO N° 002-2025-MIMMCR/GOB.REG.TACNA, de fecha 25 de noviembre de 2025, presentado por el Consejero Regional, Mag. Manuel Isaías Mori Mamani, quien pide: “SOLICITAR AL ÓRGANO EJECUTIVO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA QUE A TRAVÉS DE LA GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DISPONGA LA INMEDIATA ASIGNACIÓN DE CHOFERES CON VÍNCULO LABORAL PARA LA CONDUCCIÓN DE LAS DOS UNIDADES VEHICULARES DE LA ENTIDAD QUE SE ENCUENTRAN ASIGNADAS AL CONSEJO REGIONAL DE TACNA, TODA VEZ QUE SON NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES FISCALIZADORAS Y DE REPRESENTACIÓN QUE REALIZAN LOS CONSEJEROS REGIONALES”. En este punto, el referido consejero regional sustentó su pedido señalando que, su persona y su colega el Consejero Regional Sr. Wilver Humire Mamani, además de los consejeros regionales de Candarave y Tarata enfrentan limitaciones para realizar acciones de fiscalización y representación debido a la falta de conductores, pese a que el Consejo Regional cuenta con vehículos y recursos materiales, lo que afecta especialmente a las zonas alejadas como Jorge Basadre, donde se realizan constantes

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL

LEY N° 27867

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 223-2025-CR/GOB.REG.TACNA

reuniones por temas de los límites territoriales entre otros. Por ello, solicitó que el Pleno del Consejo Regional exhorte al Ejecutivo Regional a asignar, por el tiempo necesario, conductores con vínculo laboral formal. Asimismo, el Consejero Regional, Sr. Juan Ramos Arocutipa expresó su total respaldo al pedido efectuado, indicando que también ha realizado el seguimiento de los documentos en referencia, ante la Gerencia Regional de Administración y que existe en el CAP un chofer asignado exclusivamente al Consejo Regional que no se está cumpliendo, y cuestionó que el órgano legislativo dependa del ejecutivo para recursos básicos, exhortando a impulsar en la Macro Región Sur las iniciativas legislativas referidas a la autonomía administrativa y económica de los Consejos Regionales.

Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en sesión ordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna; el Pleno del Consejo Regional.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: SOLICITAR al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna que a través de la Gerencia Regional de Administración disponga la inmediata asignación de choferes con vínculo laboral para la conducción de las dos unidades vehiculares de la entidad que se encuentran asignadas al Consejo Regional de Tacna, toda vez que son necesarias para el cumplimiento de las funciones fiscalizadoras y de representación que ejercen los consejeros regionales.

ARTÍCULO SEGUNDO; PONER en conocimiento del Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna el presente Acuerdo de Consejo Regional.

TICULO CERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO CUARTO: DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla.

(uti)

NGBLUTH NIETO PRESIDENTA

CONSEJO REGIONAL DE TACNA

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontacna/normas-legales/7767317-223-2025-cr-gob-reg-tacna PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9487443/7767317-acuerdo-n-223-2025.pdf