Acuerdo de Consejo Regional N.° 045-2026-CR/GOB.REG.TACNA
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 045-2026-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, veinte de marzo de dos mil veintiséis
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 13, prescribe: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. (...)”. A su vez, el artículo 15 sobre atribuciones del Consejo Regional, indica: “(...) k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional (...)”; en tanto que, el artículo 39 de la referida norma, preceptúa: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”.
Que, la Ley N° 31812, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales, establece en el artículo 3 la modificación de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31433, en los siguientes términos: “PRIMERA. Recursos para fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales. Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren el numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera: (...) b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscatización. (...). d) Los consejos regionales y concejos municipales aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados enla normativa vigente. e) Los regidores municipales y consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización qué hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el
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procedimiento que establezca la Contraloría General de la República”.
Que, mediante la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, sobre “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del mento destinado al fortatecimiento de la función de fiscalización”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG, en el punto 6.3 sobre Balance Semestral, prescribe: “Es el
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LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 045-2026-CR/GOB.REG.TACNA
documento con carácter de declaración jurada que contiene las secciones siguientes: Información General, Planificación de la Fiscalización, Ejecución del Gasto de Fiscalización y Resultados de la Fiscalización, a través de los cuales se informa respecto del uso del monto asignado para el ejercicio de la función fiscalizadora realizada de forma individual o como integrante de una comisión del consejo regional (...). El reporte del Balance Semestral es generado por el aplicativo informático en forma automática, con fecha de corte semestral, que contiene información anual acumulada y respecto a todo el periodo en el cual los consejeros regionales o regidores municipales ejercen la función de fiscalización. (...)”. Asimismo, en su Anexo N° 1: Glosario de Términos, señala: “(...) 15. Programa de Acciones de Fiscalización del Consejo Regional o Consejo Municipal (PAF). Es el documento de programación anual, elaborado y aprobado por el consejo regional, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, con base al presupuesto anual asignado para la fiscalización, en el marco de la Ley N° 31812, el cual, contiene las materias a fiscalizar respecto a la gestión pública del gobierno regional (...). El PAF se elabora de acuerdo a la estructura contenida en el Anexo 3 “Programa de Acciones de Fiscalización” de la presente Directiva y se adjunta en el aplicativo informático para el registro del Balance Semestral”.
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 026-2026-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 27 de febrero de 2026, se acordó: “ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, periodo legislativo 2026, que en anexo forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional. (...)”.
Que, mediante Oficio N° 031-2026-FPMCY-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 09 de marzo de 2026, remitido por el Consejero Regional, C.D. Fredd Paul Martín Calisaya Yapura, al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, presenta el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), sobre: “Fiscalización del funcionamiento y tramitación de los procedimientos administrativos disciplinarios a cargo de la comisión permanente de procesos administrativos disciplinarios para docentes de la UGEL Tacna durante el periodo 2023-2024”.
Que, en Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna, de fecha 20 de marzo de 2026, se trató como punto de agenda el OFICIO N° 031-2026-FPMCYCR/GOB.REG.TACNA, DE FECHA 09 DE MARZO DE 2026, PRESENTADO POR EL CONSEJERO REGIONAL, C.D. FREDD PAUL MARTÍN CALISAYA YAPURA CON EL ASUNTO: REMITO PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) “FISCALIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO Y TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS A CARGO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS PARA DOCENTES DE LA UGEL “TACNA DURANTE EL PERIODO 2023-2024”. En este punto, el referido Consejero Regional procedió a sustentar su PTAF, indicando que dicho plan de trabajo se encuentra
- dentre de los alcances del Programa de Acciones de Fiscatización (PAF) — 2026 del. Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna. Asimismo, manifestó que la actividad de fiscalización tiene como finalidad verificar el cumplimiento de la normativa aplicable, los plazos establecidos y las actuaciones de los órganos responsables de los procedimientos
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disciplinarios; en ese sentido, el ejercicio de esta actividad permitirá identificar posibles deficiencias en la gestión de los procedimientos administrativos disciplinarios y contribuirá a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y el correcto funcionamiento de la administración pública, promoviendo una gestión disciplinaria eficiente que garantice la integridad, responsabilidad y buen desempeño de los servidores públicos, en beneficio de la calidad del servicio educativo brindado a la población. A su vez, precisó que el presupuesto de la actividad de fiscalización asciende a S/ 23,500.00 (veintitrés mil quinientos con 00/100 soles) y tendría como fecha de inicio el 01 de abril y de culminación el 31 de mayo del presente año, motivo por el cual, solicita la aprobación de su plan de trabajo.
Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en Sesión Extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF), sobre: “FISCALIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO Y TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS A CARGO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS PARA DOCENTES DE LA UGEL TACNA DURANTE EL PERIODO 2023-2024”, presentado por el Consejero Regional, C.D. Fredd Paul Martín Calisaya Yapura, cuyas especificaciones obran en el anexo que forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER como responsable de la actividad de fiscalización referida en el artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional al Consejero Regional, C.D. Fredd Paul Martín Calisaya Yapura.
ARTÍCULO TERCERO: PONER en conocimiento al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna el presente Acuerdo de Consejo Regional para su conocimiento y atención con los recursos establecidos en el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización conforme a ley. ~
ARTICULO CUARTO: DISPENSAR el presente Acuerdo: del tramite~de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO -QUINTO: DIFUNDIR el contenido del presente Acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de lá Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL _ N° 045-2026-CR/GOB.REG.TACNA
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cunfpla.
:\ Prof. MIGUEL ANGEY/SIERHA CAYO PRE TE CONSEJO REGIONAL DE TACNA
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| CONSEJO »-4 REGIONAL TACNA
PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF)
ENTIDAD: GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
FECHA DE ELABORACIÓN: 09/03/2026
INFORMACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN:
7] FISCALIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO Y TRAMITACIÓN
DE LoS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS A CARGO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS
DISCIPLINARIOS PARA DOCENTES DE LA UGEL TACNA DURANTE EL PERIODO 2023-2024.
N° de Acuerdo: Fecha de Acuerdo:
Firmado digitalm CALISAYA YAP. Paul Martin FAU 20 hard |
Motivo: Soy el document}
acha: 10/03/2026 1
ua presente actividad de fiscalización se justifica en la
necesidad de evaluar el funcionamiento y la adecuada tramitación de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios a cargo de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la UGEL Tacna, durante el periodo 2023-2024, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa aplicable, los plazos establecidos y las actuaciones de los órganos responsables del procedimiento disciplinario, el ejercicio de esta actividad permitirá identificar posibles deficiencias en la gestión de los procedimientos administrativos disciplinarios, la fiscalización contribuirá a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y el correcto funcionamiento de la administración pública, promoviendo una gestión disciplinaria eficiente que garantice la integridad,
| responsabilidad y buen desempeño de los servidores públicos,
en beneficio de la calidad del servicio educativo que se brinda a la población.
Fiscalización en comisión ( ) Fiscalización individual (X)
: $/.23,500.00 (Veintitrés mil quinientos con 00/100 soles).
Fecha de inicio: 01/04/2026 | Fecha de fin: 31/05/2026
la presupuesto aprobado por el Consejo Regional, se
realiza por cada actividad de fiscalización propuesta y es el monto aprobado en
la Sesión de Consejo Regional, para la actividad de fiscalización a realizar ya sea en forma individual o en comisión. Este casillero se llenará con fecha posterior a la aprobación dea actividad de fiscalización.
$ | CONSEJO | REGIONAL
TACNA | 2. CRONOGRAMA DE TRABAJO:
Contratación y 1 | Evaluación del personal que ejercerá el servicio
Fredd Paul Martin Calisaya Yapura
Fredd Paul Martin
2 | Adquisición de bienes Calisaya Yapura
VW Pedido de información y
3 documentación al área Fredd Paul Martin objeto de la actividad de Calisaya Yapura
Firmado digitalmente poj lraniá CALISAYA YAPURA Frag Soalizacion »aul Martin FAU 20919752615 hard Motivo: Soy el alitor di oe Pra docum Evaluación y análisis cha: 10/03/2026 16:03;38 i de la Fredd Paul Martin documentación Calisaya Yapura solicitada Presentación del Fredd Paul Martin 5 |. i informe final Calisaya Yapura
- RECURSOS Y PRESUPUESTO A UTILIZAR: A) Requerimiento de Bienes:
SUB - TOTAL SI.
$ | CONSEJO
| REGIONAL T | ————
B) Requerimiento de Servicios:
Se prevé contratar los servicios de una persona natural o jurídica a todo costo que cuente con un profesional en Derecho, que Servicio de consultoría se encargue de brindar el servicio de análisis y revisión en materia legal, a fin de S/.23,500.00 asistir y asesorar en la elaboración y emisión del informe final de la actividad de fiscalización.
SUB - TOTAL | S/.23,500.00 PRESUPUESTO TOTAL ESTIMADO (4 +B) _: | S/.23,500.00
COMENTARIOS (opcional):
FIRMA DE LOS CONSEJEROS REGIONALES QUE REALIZARÁN LA ACTIVIDAD DE
FISCALIZACIÓN: Si es consejero regional o regidor municipal responsable del registro de información en el paria aplicativo Informática N° completos DNI Firma para el registro del Balance Semestral (Escriba "sr" donde corresponda): Fredd Paul Martin Calisaya Yapura ” 70422520 CALISAYA YAPURA Fredd Paul Martin FAL 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del _ documento _
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