Acuerdo de Consejo Regional N.° 034-2026-CR/GOB.REG.TACNA
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 034-2026-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 13 y 15 prescriben: “El Consejo Regional. Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional”, teniendo como atribuciones: “a. Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos o materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) e. Aprobar su Reglamento Interno (...)”. De igual manera, el artículo 39 señala: “Los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o
declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 016-2019-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 25 de noviembre de 2019 y publicada en el Diario Oficial “ se acordó: “ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la modificación del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que consta de doscientos veintiséis (226) Artículos, distribuidos en seis (06) Secciones, una (01) Disposición Transitoria y seis (06) Disposiciones Finales, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional (...) ARTÍCULO TERCERO: DEROGAR la Ordenanza Regional N° 003-2011-CR/GOB.REG y su modificatoria la Ordenanza Regional N° 020-2014- CR/GOB.REG.TACNA, así como todas las demás normas que se opongan o contradigan la presente ordenanza regional, a partir de su entrada en vigencia”
Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2022-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de junio de 2022, se aprueba: “ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA AL AMPARO DE LA LEY N* 31433 RESPECTO A LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE CONSEJOS REGIONALES de los articulos 13, 22, 23, 89, 91 y 99 e INTEGRAR dos Disposiciones Finales del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, (...)”.
Que, mediante Oficio N° 030-2026-JRA-CR/GOB.REG.TACNA, el Consejero Regional, Sr. Juan Ramos Arocutipa, presenta a la Presidencia del Consejo Regional de Tacna una propuesta de iniciativa normativa denominada “MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGÍONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, con dispensa del trámite de comisión, en mérito a lo establecido en el literal a) del artículo 16 de la.Ley N° 27 867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 034-2026-CR/GOB.REG.TACNA
Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna de fecha 27 de febrero de 2026, pasó a la estación del Orden del Día el PEDIDO N° 002-2026-JRACR/GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de febrero de 2026, efectuado por el Consejero Regional Sr. Juan Ramos Arocutipa, quien solicita SE APRUEBE LA PROPUESTA NORMATIVA DE MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, PRESENTADA POR EL CONSEJERO REGIONAL SR. JUAN RAMOS AROCUTIPA MEDIANTE OFICIO N° 030-2026-JRA-CR/GOB.REG.TACNA, DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2026, CON DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIÓN. En este punto, el referido consejero regional procedió a sustentar su pedido conforme obra en el respectivo registro audiovisual, exponiendo el contexto que motiva la solicitud, precisando que la propuesta tiene por objeto optimizar la gestión legislativa y fiscalizadora del Consejo Regional, desarrollada a través de las sesiones del Pleno, así como fortalecer la transparencia y los mecanismos de control político; siendo que el sustento de la modificación de los artículos 13, 22, 35, 97, 139, 177 y 178 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna se encuentra previsto en la exposición de motivos de la propuesta normativa. De igual modo, manifestó que la solicitud de dispensa del trámite de comisión se fundamenta en la necesidad de implementar, a la mayor * brevedad, las modificaciones propuestas, a fin de coadyuvar al adecuado cumplimiento de las funciones institucionales del Consejo Regional. Concluida la sustentación, se procedió a reformular el pedido inicial, respecto de que se apruebe la modificación parcial del Reglamento Interno del Consejo Regional con dispensa de trámite de comisión, planteándose que se encargue a la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna priorice el estudio y evaluación de la citada propuesta normativa exonerándose del informe técnico y legal del ejecutivo regional al tratarse de un documento interno del Consejo Regional. Acto seguido, el Pleno procedió a someter a votación el pedido en los términos reformulados.
Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en Sesión Ordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas'por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR a la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna que priorice el estudio y evaluación de la propuesta normativa de modificación parcial del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, presentada por el Consejero Regional Sr. Juan Ramos Arocutipa mediante Oficio N° 030-2026-JRA-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de febrero de 2026, exonerándose del informe técnico y legal del ejecutivo regional al tratarse de un documento interno del Consejo Regional.
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LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 034-2026-CR/GOB.REG.TACNA
ARTÍCULO SEGUNDO: PONER en conocimiento de la Comisión Ordinaria de Normas y Reglamentos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna el presente Acuerdo de Consejo Regional para su implementación.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO CUARTO: DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
Mando se registre, notifique, difunda y cúmpla,
Prof. MIGUEL ÁNGEY SIE PRESIDENTE CONSEJO REGIONAL DE TACNA
CAYO
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