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024-2026-CR-GOB-REG-TACNA Regional Agreement Tacna In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 024-2026-CR/GOB.REG.TACNA

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL

LEY N° 27867

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 024-2026-CR/GOB.REG.TACNA

Tacna, veintisiete de febrero de dos mil veintiséis.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 191, indica: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 13 sobre el Consejo Regional, precisa: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. (...)”; por su parte, el artículo 14 literal b. establece: “(...) Para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, organiza su trabajo en Comisiones. (...)”; en tanto que el artículo 39, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”.

Que, la Comisión Ordinaria de Fiscalización, mediante Oficio N° 158-2024-JRACR/GOB.REG.TACNA emitido por el Consejero Regional Juan Ramos Arocutipa, toma conocimiento del Informe N° 001-2024-JRA-CR/GOB.REG.TACNA, sobre presuntas faltas administrativas y civiles vinculadas al accidente de tránsito del vehículo de placa de rodaje EGM-785, marca Nissan, modelo Navara, color blanco, de propiedad del Gobierno Regional de Tacna.

Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna, de fecha 27 de febrero de 2026, se consideró como punto de agenda la APROBACIÓN DEL INFORME FINAL N° 003-2026-COF-CR/GOB.REG.TACNA, DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2026, EMITIDO POR LA COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN, SOBRE: “PRESUNTA ASIGNACIÓN IRREGULAR DE VEHÍCULO A LOCADOR DE SERVICIO EN LA SUB GERENCIA DE EQUIPO MECÁNICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”. Dicho informe final se encuentra sustentado con el Informe de Asesor N° 003-2026-JPM-COF-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de febrero de 2026, y se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional de Tacna para su pronunciamiento respectivo. 7 ~ Que, la Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional de Tacna, en su Informe Final N° 003-2026-COF-CR/GOB.REG.TACNA, llegó a las conclusiones siguientes: “(...) IV. CONCLUSIONES: En atencién a los fundamentos expuestos, asi como la documentación que se adjunta, la Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional de Tacna, OPINA: 4.1 La Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2022- _ GR/GOB.REG.TACNA, Normas y Procedimientos para la Administración, Asignación, Utilización, Control y Custodia de los Vehículos y Maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna, precisa que los vehículos del Gobierno Regional de Tacna, solamente pueden ser asignados a conductores con vínculo laboral con la institución (nombrado, repuesto judicial o contratado). 4.2 La Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, ha sido

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL

LEY N° 27867

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 024-2026-CR/GOB.REG.TACNA

quien le asigna la camioneta de placa de rodaje EGM-785 al señor Miguel Fernando Montura Chambe, aun teniendo pleno conocimiento que este no tenía vínculo laboral con el Gobierno Regional de Tacna, pues en su condición de jefa de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico tenía conocimiento que el señor Miguel Fernando Montura Chambe brindaba el servicio de mantenimiento de maquinarias y vehículos pesados en la Sub Gerencia de Equipo Mecánico. 4.3 La reparación de la camioneta accidentada no ha irrogado gastos a la entidad debido a que mediante acuerdo conciliatorio el señor Miguel Fernando Montura Chambe se ha hecho cargo de la reparación del vehículo, no obstante, desde la fecha del accidente (26 de septiembre del 2024) hasta la fecha en que la Sub Gerencia de Equipo Mecánico da la conformidad a la reparación (22 de septiembre del 2025) el Gobierno Regional de Tacna ha perdido la oportunidad de usufructuar el vehículo”.

Que, asimismo, mediante el referido Informe Final, se efectuaron las recomendaciones siguientes: “(...) V. RECOMENDACIONES: La Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna recomienda lo siguiente: 5.1 REMITIR el presente Informe Final al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con atención a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), con la finalidad de que se adopten las acciones necesarias y se investigue a los que resulten responsables, todo ello en el marco de sus competencias. 5.2 REMITIR el presente Informe Final a la Procuraduría General del Estado, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias. 5.3 REMITIR el presente Informe Final a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Tacna, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias. 5.4 REMITIR el presente Informe Final y sus actuados al Pleno del Consejo Regional de Tacna para su consideración y aprobación.”.

Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en sesión ordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nro. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna; el Pleno del Consejo Regional.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el INFORME FINAL N° 003-2026-COFCR/GOB.REG.TACNA, de fecha 20 de febrero de 2026, emitido por la Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional de Tacna, sobre: “PRESUNTA ASIGNACIÓN IRREGULAR DE VEHÍCULO A LOCADOR DE SERVICIO EN LA SUB GERENCIA DE EQUIPO MECÁNICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA”, el mismo que forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO: REMITIR el presente Acuerdo al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con atención a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), con la finalidad de que se adopten las acciones necesarias y se investigue a los que resulten responsables, todo ello en el marco de sus competencias.

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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL

LEY N° 27867

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 024-2026-CR/GOB.REG.TACNA

ARTÍCULO TERCERO: REMITIR el presente Acuerdo a la Procuraduría General del Estado, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias.

ARTÍCULO CUARTO: REMITIR el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Organo de Control Institucional del Gobierno Regional de Tacna, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias.

ARTÍCULO QUINTO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO SEXTO: DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y ump)

Prof. MIGUEL ANGEL SIERRA CAYO PRESIDENTE CONSEJO REGIONAL DE TACNA

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; í “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

TACNA | COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION INAL N° 003-20: ay A : PROF. MIGUEL ANGEL SIERRA CAYO Presidente del Consejo Regional de Tacna DE : COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN ASUNTO : PRESUNTA ASIGNACIÓN IRREGULAR DE VEHÍCULO A LOCADOR DE SERVICIO EN LA SUB GERENCIA DE EQUIPO MECÁNICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA. FECHA : Tacna, 20 de febrero del 2026. VY L ANTECEDENTES:

wi TICONA APAZA Ado CR/GOB.REG.TACNA emitido por el Consejero Regional Juan Ramos Arocutipa, O par toma conocimiento del Informe N° 001-2024-JRA-CR/GOB.REG.TACNA, sobre documento presuntas faltas administrativas y civiles vinculadas al accidente de transito del

de propiedad del Gobierno Regional de Tacna.

II. BASE LEGAL:

Y 2.1 Constitución Política del Perú.

2.2 Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 2.3 TUO dela Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

YELLEZ PADO Oowake rau 2.4 Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2022-GR/GOBREGTACNA, Normas y sien li Procedimientos para la Administración, Asignación, Utilización, Control y OS Custodia de los Vehículos y Maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna.

Fecha: 2002/2026 14:12:240500 2.5 Ley N° 30057, Ley de Servicio Civil.

TIL ANALISI: 'ALUACIÓN :

3.1 Que, mediante Oficio N° 099-2024-JRA-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de

setiembre del 2024, el Consejero Regional Juan Ramos Arocutipa, solicita informe

SÍ documentado sobre el accidente ocurrido el día 26 de setiembre del 2024 con la camioneta de placa EGM-785, solicitando la siguiente información:

GALISAYA YAPURA Fredd Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente en mi condición de Consejero Paul Martin FAU 20519752515 Regional del Gobiemo Regional de Tacna, y a su vez, se SOLICITO INFORME DOCUMENTADO: hard accidente ocurrido el dia 26 de setiembre del 2024 con la camioneta de placa EGM-785.°- -—-~- WMotivo: Soy el autor del documento El cual debe estar DOCUMENTADO, adjuntando lo siguiente:

*7 + 4, Documentos del vehículo (SOAT, Revisión Técnica y Tarjeta de propiedad)

  1. Documentos del conductor (Brevele, DNI, SCTR)

3, Vinculo laboral del conductor o

  1. Capacitaciones realizadas al conductor (manejo defensivo, reglas de tránsito, entre otras).

  2. Trabajos realizados por el vehículo el día del accidente. :

  3. Propiedad del vehiculo siniestrado

7.: Resultado del dosaje etílico realizado al conductor.

j “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia” | | CONSEJO

| 10 COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION

TICONA APAZA, Aldo Wilfredo FAU 20519752515 hard Motive: Soy el autor del

documento -

TELLEZ PACO Oswaldo FAU 20519752515 hard Ivotiva: Soy el autor del documento

CALISAYA YAPURA Fredd Paul Martin FAU 20519752515 hard Iáotivo: Soy el autor del documento

Que, con Oficio N° 1497-2024-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 9 de octubre del 2024, el Gerente General Regional, Ing. Jaime Carpio Camacho, remite el Oficio N° 312-2024-GRA-SGEM/GOB.REG.TACNA, emitido por la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, con el cual remite el Informe N° 360-2024- GRA-SGEM/GOB.REG.TACNA, el Informe N° 362-2024-GRASGEM/GOB.REG.TACNA y la siguiente información:

  • Documentos de vehículo en copia simple
  • SOAT vigente
  • Revisión Técnica Vigente
  • Tarjeta de Propiedad
  • Documentos del conductor en copia simple « Brevete = DNI « No cuenta con SCTR.
  • Vínculo laboral en copia simple «Orden de Servicio N° 0010615.
  • Trabajos realizados por el vehículo el dia del accidente: Traslado de personal Estaba programado el mantenimiento de maquinaria pesada institucional: tractores sobre oruga que se encuéntra trabajando en en Sama Inclán anexo Coruca, para la Actividad “Limpieza, Descolmatacién y encauzamiiento ‘en puntos vulnerables del cauce de los ríos Uchusuma Caplina y Sama en la Provincia de Tacna-Tacna 2024.
  • Solicitud de movilidad
  • Propiedad del vehículo siniestrado
  • Consulta vehicular
  • Resultado del dosaje etílico realizado al conductor
  • Certificado de dosaje etílico N° 0005 - N°007701
  • Acta de intervención policial por accidente de tránsito.

3.2.1. Que, del Informe N° 360-2024-GRA-SGEM/GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de setiembre del 2024, emitido por la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, se aprecia lo siguiente:

Mediante el presente me dirijo a usted, para saludarla cordialmente y en atención a la Directiva Ejecutiva Regional N* 002 -2022-GR/GOB.REG.TACNA “Normas y Procedimientos para la administración, asignación, utilización, control y custodia de los vehículos y maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna” informo lo siguiente:

= El día de hoy, Jueves 26 de Setiembre del 2024, personal técnico mecánico de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico, tenía programado, el mantenimiento de maquinaria pesada institucional: tractores sobre oruga que se encuentra trabajando en en Sama Inclán anexo Coruca, para la Actividad “Limpieza, Descolmatación y encauzamiento en puntos vulnerables del cauce de los rios Uchusuma Caplina y Sama en la Provincia de

Tacna-Tacna 2024.

  • Aproximadamente a las 5:45 am, se me informa elejiniameses que sehasusclado un accidente vehicular con la unidad en la que 4x4

Nissan Navara de placa EGM-785 año 2012 d ‘ler ‘propiedad $ institucional conducida por el Sr. Miguel Montura Chambe, en la carretera Panamericana, estando la camioneta ‘institucional con dirección sur a Norte, pasando el.campo de la Alianza. otra unidad vehicular, de placa 29Y-968 ‘que se desplazaba de Norte a sur, irivadió el carril contrario, e impactó a la camioneta de placa EGM 785, en la parte lateral posterior al vehículo institucional, causándole daños materiales de consideración.

  • La autoridad poli ial, se apcrsono at tiga de los hechos, así como! una ambulancia pora . auxiliar a los heridos. :

  • El conductor de la unidad institucional de placa EGM-785, fue trasladado por la embulancia del SAMU at hospital Regional Hipólito Unanue, y al momento se encuentra

en observación.

  • Launidad vehicular de placa EGM-785, contaba con SOAT y Revisión Técnica vigente. Y ha sido tr da por personal policial a la ia PNP Vigil, en donde se ubica en estos momentos.
  • Se ha requerido copia del parte policial, pero hasta el momento continúan las diligencias por parte de la policia nacional.

Se adjunta al presente, copia simple de SOAT vigente, Revisión técnica vigente, consulta vehicular, DNI del conductor, y licencia de conducir del conductor del vehículo institucional, y solicitud de movilidad.

Se recomienda dirigir copia de los actuados al despacho de la Procuraduría Regional a efectos de que en salvaguarda de los intereses de la institución proceda al inicio de las acciones legales que correspondan para recuperación del vehículo institucional, y/o lo que corresponda,

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| CONSEJO | REGIONAL

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TICONA APAZA Aldo Wilfredo FAU 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del documento

TELLEZ PALO Oswaldo FAU 20519752515 hard Ivotivo: Soy el autor del documento

CALISAYA YAPURA Fredd Paul Martin FAU 20519752515 hard Mbtivo: Soy el autor del documento

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3.2.2. Que, por medio del Informe N° 362-2024-GRA-SGEM/GOB.REG.TACNA, de fecha 27 de setiembre del 2024, la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, remite el informe técnico de la camioneta de placa EGM-785 de propiedad del Gobierno Regional de Tacna. Dicho informe técnico sefiala lo siguiente:

‘CD 4.3 Daños específicos en la unidad vehicular:

  • SISTEMA DE TRANSMISIÓN: Se requiere el cambio de 02 crucetas del eje cardánico posterior (...) Se requiere el cambio del diferencial posterior con sus respectivos ejes (palieres) por presentar desviación lineal hacia atrás en el eje del lado izquierdo (...)

  • SISTEMA DE SUSPENSION: Se requiere el cambio de 02 paquetes de muelles posterior completo con sus respectivas abrazaderas que se encuentran unidas a los ejes (...) Se requiere el cambio de 02 amortiguadores posteriores.

  • SISTEMA DE RODAMIENTO: Se requiere el cambio de 01 aro de 16” cromado y 01 neumático (...)

  • CARROCERÍA: Se requiere cambio de panel de tolva lado izquierdo en vista que está muy estirado, arrugado y roto en el lado izquierdo. Se requiere cambio de puerta lateral posterior (lado pasajero) completo, con su manija, control de alza lunas eléctricas. Se requiere cambio y/o reparación de puerta lateral delantero izquierdo (conductor) que incluya operatividad de manija, control de cierre centralizado de puertas alza lunas eléctricas. Se requiere cambio y/o reparación de guardafango lado izquierdo. Se requiere reparación de parante delantero (planchado, pintado). Se requiere reparación de parante intermedio (planchado, pintado). Se requiere reparación de parante posterior (planchado, Pintura). Se requiere reparación de pisadera del lado izquierdo.

© SISTEMA ELÉCTRICO: Se requiere cambio de espejo retrovisor eléctrico lado izquierdo (lado conductor).

  • PRESUPUESTO: Se adjunta cotización N°240002608 de la empresa GNECCO CIA S.A, de fecha 27 de setiembre del 2024, por el monto de S/ 81,359.27 soles.”

Que, de la documentación remitida por la Sub Gerencia de Equipo Mecánico, se tiene que el vehículo de placa de rodaje EGM-785 accidentado en fecha 26 de setiembre del 2024, contaba con SOAT y revisión técnica vigente, que el conductor intervenido es la persona de Miguel Fernando Montura Chambe identificado con DNI N* 46281310 y que ante el examen de dosaje etílico dio negativo. -

Sobre el vínculo del chofer asignado.

Se tiene que el señor Miguel Montura Chambe ha sido contratado por el Gobierno Regional de Tacna mediante Orden de Servicio N* 0010615, de fecha 03 de setiembre del 2024, por el plazo de 25 días calendarios, por el concepto de SERVICIO DE AUXILIAR EN MANTENIMIENTO - SUB GERENCIA DE EQUIPO MECÁNICO para que realice actividades de: (1) Soporte en los mantenimientos

correctivos y preventivos en la maquinaria y vehículos pesados, (2) Soporte enel —

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t “Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia | CONSEJO | REGIONAL |

COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION

TIGONA APAZA Aldo Wilfredo FAU 20519752515 hard Motive: Soy el autor del documento

TELLEZ PACO Oswaldo FAU 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del

documento Fecha: 2002/2026 14:13:01-0500

Firrnado digitalmente por: CALISAYA YAPURA Fredd Paul Martin FAU 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del documento

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3.10

3.11

desmontaje y montaje de los componentes de la maquinaria y vehículos pesados, (3) Soporte en las reparaciones en campo de la maquinaria y vehículos pesados, y (4) Ordenamiento y cuidado de las herramientas y demás implementos utilizados para las reparaciones.

Asimismo, se tiene que el requerimiento del servicio lo realizó la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, mediante el pedido de servicio N° 013114, de fecha 27 de agosto del 2024.

Sobre la asignación y salida del vehículo accidentado.

Se tiene que mediante solicitud de movilidad de fecha 25 de setiembre del 2024, la Ing. Betzabe Sosa Ramos en su condición de Sub Gerente de Equipo Mecánico, solicita la movilidad de placa EGM-785 para el 26/09/2024 desde las 4:00 horas indicando como chofer al señor Miguel Montura Chambe, contando con la respectiva autorización suscrita por la misma Jefe de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico. 2

Sobre la reparación del vehículo.

Que, mediante Oficio N° 126-2025-COF-CR/GOB.REG.TACNA, la Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional de Tacna, dirigido al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna, solicita: (1) informe actualizado del accidente vehicular y la determinación de responsabilidades, (2) informe de la reparación del vehículo, e (3) informe sobre acciones legales interpuestas contra el Gobierno Regional de Tacna producto del accidente.

Que, con Oficio N° 2444-2025-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 7 de noviembre del 2025, el Gerente General Regional (e), Abg. Alfredo Lucio Gámez Coaila, remite el Informe N° 456-2025-GRA/GOB.REG.TACNA, de fecha 4 de noviembre del 2025, emitido por la Gerente Regional de Administración, CPC Elizabeth Zulema Osco Mamani, con el cual se da respuesta a lo solicitado.

Que, de la información remitido, se tiene el Oficio N° 6399-2025- PPR/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de octubre del 2025, emitido por la Procuradora Pública Adjunta del Gobierno Regional, Abg. Maritza Marlene Esther Rospigliosi Vásquez, quien informa que el 22 de agosto del 2025 se llevó a cabo Conciliación Extrajudicial entre el Gobierno Regional de Tacna y el señor Miguel Fernando Montura Chambe, donde se llegó a un acuerdo conciliatorio mediante Acta de Conciliación N° 241-2025-CCR-TACNA, de fecha 22 de agosto del 2025.

Que, del acuerdo conciliatorio se tiene que el señor Miguel Fernando Montura Chambe se compromete a realizar la reparación integra de la camioneta conforme a los daños identificados por la Sub.Gerencia de Equipo Mecánico en su Informe Técnico, y una vez culminada la reparación será sometida a inspección técnica por parte de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico.

Que, en fecha 22 de setiembre del 2025, la Sub Gerenta de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, mediante Informe Técnico - Evaluación y Conformidad Técnica determinó que la camioneta ha sido reparada en forma integral y se encuentra en óptimas condiciones para su uso. .

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COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION

Sobre los hechos irregulares.

3.12 Que, la Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2022-GR/GOB.REG.TACNA, Normas y Procedimientos para la Administración, Asignación, Utilización, Control y Custodia de los Vehículos y Maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna, al

TICONA APAZA Aldo Wilfredo FAU 20519752515 hard Iotivo: Soy el autor del documento

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CALISAYA YAPURA Fredd Paul Martin FAU 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del documento

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respecto señala lo siguiente:

6.1 unidades móviles del Gabiemo Regional de Tacna, solamente son asignados a Tos

Conductores que mantengan un vínculo laboral con la institución (nombrado, repuesto judicial o contratado), a quien la Sub Gerencia de Equipo Mecánico o quién haga sus veces,

| bien baja it ro (Anexo N° 07A y Anexo N* 078) responsabilidades en relación a su uso, mantenimiento y custodia, conforme a lo normado en la presente Directiva.

2 DELA ASIGNACIÓN

reúna los requisitos que se precisan en el inciso f) del literal 7.1 y que mantenga ul laboral con la institución.

le la asignación de las unidades móviles solamente debe efectuarse al nee

+7 \vineuto ds

Que, cuando la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos le asigna la camioneta al sefior Miguel Fernando Montura Chambe, la Sub Gerente de Equipo Mecánico tenía pleno conocimiento de que el sefior Miguel Montura Chambe se encontraba contratado como locador de servicios para el mantenimiento de maquinaria y no como chofer, pues fue la sub gerencia de equipo mecánico el área usuaria que hizo el requerimiento y por tanto tenía pleno conocimiento de las actividades que debía realizar como locador.

Por otra parte, si bien la reparación de la camioneta no irrogado gastos a la entidad, debe tenerse presente que desde la fecha del accidente (26 de setiembre del 2024) hasta la fecha en que la Sub Gerencia de Equipo Mecánico da la conformidad a la reparación (22 de setiembre del 2025) la entidad se ha visto impedida de usar la misma y ello significa un perjuicio a la entidad por la negligencia en que habría incurrido la Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos.

Que, con INFORME DE ASESOR N° 003-2026-JPM-COF-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de febrero del 2026, el Asesor de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Abg. Jorge Perales Musaja, previa revisión y análisis del acervo documentario, OPINA: 4.1 La Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2022-GR/GOB.REG.TACNA, Normas y Proeedimientos para la Administración, Asignación, Utilización,

TACNA

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COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN

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TELLEZ PACO Oswaldo FAL 20519752515 hand Iulotivo: Soy el autor del documento

Control y Custodia de los Vehículos y Maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna, precisa que los vehículos del Gobierno Regional de Tacna, solamente pueden ser asignados a conductores con vínculo laboral con la institución (nombrado, repuesto judicial o contratado). 4.2 La Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, ha sido quien le asigna la camioneta de placa de rodaje EGM-785 al señor Miguel Fernando Montura Chambe, aun teniendo pleno conocimiento que este no tenía vínculo laboral con el Gobierno Regional de Tacna, pues en su condición de jefa de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico tenía conocimiento que el señor Miguel Fernando Montura Chambe brindaba el servicio de mantenimiento de maquinarias y vehículos pesados en la Sub Gerencia de Equipo Mecánico. 4.3 La reparación de la camioneta accidentada no ha irrogado gastos a la entidad debido a que mediante acuerdo conciliatorio el señor Miguel Fernando Montura Chambe se ha hecho cargo de la reparación del vehículo, no obstante, desde la fecha del accidente (26 de setiembre del 2024) hasta la fecha en que la Sub Gerencia de Equipo Mecánico da la conformidad a la reparación (22 de setiembre del 2025) el Gobierno Regional de Tacna ha perdido la oportunidad de usufructuar el «vehículo. Asimismo, RECOMIENDA: 5.1 REMITIR el presente Informe Final al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con atención a la secretaria técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), con la finalidad de que se adopten las acciones necesarias y se investigue a los que resulten responsables, todo ello en el marco de sus competencias. 5.2 REMITIR el presente Informe Final a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Tacna, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias. 5.3 REMITIR el presente Informe y sus actuados al Pleno del Consejo Regional para su consideración y aprobación.

Sd IV. CONCLUSIONES:

En atención a los fundamentos expuestos, así como la documentación que se adjunta, la Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional de Tacna, OPINA:

CALISAYA YAPURA Fredd Paul futartin FAU 20519752515 hard Motivo: Soy el autor del documento

4.1

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4.3

La Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2022-GR/GOB.REG.TACNA, Normas y Procedimientos para la Administración, Asignación, Utilización, Control y Custodia de los Vehículos y Maquinarias en el Gobierno Regional de Tacna, precisa que los vehículos del Gobierno Regional de Tacna, solamente pueden ser asignados a conductores con vínculo laboral con la institución (nombrado, repuesto judicial o contratado).

La Sub Gerente de Equipo Mecánico, Ing. Betzabe Sosa Ramos, ha sido quien le asigna la camioneta de placa de rodaje EGM-785 al señor Miguel Fernando Montura Chambe, aun teniendo pleno conocimiento que este no tenía vínculo laboral con el Gobierno Regional de Tacna, pues en su condición de jefa de la Sub Gerencia de Equipo Mecánico tenía conocimiento que el señor Miguel Fernando Montura Chambe brindaba el servicio de mantenimiento de maquinarias y vehículos pesados en la Sub Gerencia de Equipo Mecánico.

La reparación de la camioneta accidentada no ha irrogado gastos a la entidad debido a que mediante acuerdo conciliatorio el señor Miguel Fernando Montura Chambe se ha hecho cargo de la reparación del vehículo, no obstante, desde la fecha del accidente (26 de setiembre del 2024) hasta la fecha en que la Sub Gerencia de Equipo Mecánico da la conformidad a la reparación (22 de setiembre

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“Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia”

REGION i i COMISION ORDINARIA DE FISCALIZACION TACNA

del 2025) el Gobierno Regional de Tacna ha perdido la oportunidad de usufructuar el vehículo,

La Comisión Ordinaria de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna recomienda lo siguiente:

5.1 REMITIR el presente Informe Final al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con atención a la secretaria técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), con la finalidad de que se adopten las acciones necesarias y se investigue a los que resulten responsables, todo ello en el marco de sus competencias. .

5.2 REMITIR el presente Informe Final a la Procuraduría General del Estado, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias. . ;

5.3. REMITIR el presente Informe Final a la Contraloría General de la República y al Organo de Control Institucional del Gobierno Regional de Tacna, para que conforme a sus atribuciones tome las acciones necesarias.

5.4 REMITIR, el presente Informe Final y sus actuados al Pleno del Consejo Regional para su consideración y aprobación.

Sin otro particular, es cuanto informo a Usted, para su conocimiento, tramite y fines pertinentes.

Atentamente,

TICONA APAZA Aldo Wilfredo FAU 20519752515 hard Motive: Soy el autor del documento ‘este Lic Aldo Wilfredo Ticona Apaza PRESIDENTE COMISIÓN ORDINARIA DE FISCALIZACIÓN

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