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012-2024-CR-GOB-REG-TACNA Regional Ordinance Tacna In force

Ordenanza Regional N.° 012-2024-CR/GOB.REG.TACNA

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GOBIERNO REGIONAL TACNA

CONSEJO REGIONAL LEY N° 27867

ORDENANZA REGIONAL N° 012-2024-CR/GOB.REG.TACNA

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha tres de julio del dos mil veinticuatro, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191 preceptúa que: “Los gobiernos fegionales tienen autonomía política, económica y administrátiva en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. (...)”; y el artículo 192 dispone que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades. y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (..) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley. (...)”.

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 10 en el numeral 2 sobre competencias compartidas señala que: “(...). c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente. (...)”. Asimismo, en su artículo 15 sobre las atribuciones del Consejo Regional establece: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...)”; en tanto que en su artículo 38 preceptúa que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (...)”.

Que, mediante Oficio N° 042-2023-YAA-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 11 de octubre de 2023, el Consejero Regional Arq. Yancarlo Acero Arias presenta al Consejo Regional de Tacna la propuesta de Ordenanza Regional sobre “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL EL MEJORAMIENTO DE LOS CAMINOS VECINALES TA-539 (SANTA CRUZ -CALIENTES), TA-541 (CANDARAVE - SANTA CRUZ - TOTORA), TA-547 (TOTORA - LA VICTORIA), TA-551 (EMP. TA-551: JIRATA - LA VICTORIA) Y TA-552 (EMP.TA-103: JIRATA — EMP. TA-551), DE LA REGIÓN TACNA”; propuesta que paso a la Comisión Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional de Tacna para su estudio y evaluación correspondiente.

Que, con el Oficio N° 949-2023-OPMI-GRPPAT-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 26 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, que remite el Informe N° 586-2023-GRPPAT-OPMI/GOB.REG.TACNA, de fecha 20 de octubre de « 2023 emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; el Oficio N°2086-2023-

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GOBIERNO REGIONAL TACNA

CONSEJO REGIONAL LEY N° 27867 ORDENANZA REGIONAL

N° 012-2024-CR/GOB.REG.TACNA

GRDE/GOB.REG.TACNA, de fecha 02 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna, que remite el Informe N* 117-2023- GRDE-JVNR/GOB.REG.TACNA de fecha 02 de noviembre de 2024, emitido por la Abg. Johanna Najarro Rojas; el Oficio N* 277-2024-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de marzo de 2024, emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, que remite la Opinión Legal N*269-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 15 de febrero de 2024, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe N° 975-2024-GRASGABAST/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Subgerencia de Abastecimiento del Gobierno Regional de Tacna; la Opinión Legal N° 848-2024- GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de mayo de 2024, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe de la Asesora de Comisión N° 002- 2024-JZQV-AS-COI-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de” mayo de 2024; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa.

Que, la Comisión Ordinaria de Infraestructura del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN N° 002-2024-COICR, de fecha 28 de mayo de 2024, sobre propuesta normativa: “DECLARAR DE PRIORIDAD PÚBLICA E INTERES REGIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DE LOS CAMINOS VECINALES TA-539 (SANTA CRUZ - CALIENTES), TA-541 (CANDARAVE - SANTA CRUZ - TOTORA), TA-547 (TOTORA - LA VICTORIA), TA-551 (EMP. TA-551: JIRATA - LA VICTORIA) Y TA-552 (EMP.TA- 103: JIRATA — EMP. TA-551), DE LA REGIÓN TACNA”, dictamen con opinión favorable

que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Extraordinaria de fecha 03 de julio de 2024.

Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y la opinión legal favorables; así como el informe de la asesora de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre “Declarar de Prioridad Pública e Interés Regional la Ejecución del Proyecto: Mejoramiento de los Caminos Vecinales TA-539 (Santa Cruz — Calientes), TA-541 (Candarave - Santa Cruz - Totora), TA-547 (Totora — La Victoria), TA-551 (Emp. TA-551: Jirata — La Victoria) y TA -552 (Emp.TA-103: Jirata — Emp. TA-551) de la Región Tacna”.

Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR de prioridad pública e interés regional la ejecución del Proyecto de Inversión: “MEJORAMIENTO DE LOS CAMINOS VECINALES TA-539 (SANTA

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ARTÍCULO SEGUNDO: REQUERIR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, culmine la elaboración de la ficha técnica del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO DE LOS CAMINOS VECINALES TA-539 (SANTA CRUZ - CALIENTES), TA-541 (CANDARAVE — SANTA CRUZ — TOTORA), TA-547 (TOTORA - LA VICTORIA), TA-551 (EMP. TA-551: JIRATA - LA VICTORIA) Y TA-552 (EMP. TA-103: JIRATA — EMP. TA-551) DE LA REGIÓN

TACNA” y“asigne o gestione el presupuesto necesario para la elaboración del Expediente Técnico de la mencionada inversión.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, asigne o gestione el presupuesto necesario para la ejecución del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO DE LOS CAMINOS VECINALES TA-539 (SANTA CRUZ - CALIENTES), TA-541 (CANDARAVE - SANTA CRUZ - TOTORA), TA-547 (TOTORA - LA VICTORIA), TA-551 (EMP. TA-551: JIRATA - LA VICTORIA) Y TA-552 (EMP. TA-103: JIRATA — EMP. TA-551) DE LA REGIÓN TACNA”.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

ARTÍCULO QUINTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO SEXTO: PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; disponiéndose que sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna.

En la ciudad de Tacna, al día tres de julio de dos mil veinticuatro.

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POR TANTO:

Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. ‘Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 22 JUL 20%

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